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España tendrá que pagar la multa de 24 millones por la estiba a pesar de la aprobación del decreto

La CE ve posible que se "congele" el expediente a España por la estiba

EFE

La Comisión Europea (CE) celebró este viernes la aprobación de la reforma del sector de la estiba y abrió la puerta a “congelar” el procedimiento de infracción abierto contra España en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). España se arriesgaba a una segunda sentencia comunitaria de 134.000 euros diarios que parece que se ahorrará finalmente, aunque sí tendrá que pagar la primera multa de más de 24 millones de euros.

“En última instancia, corresponde al Tribunal decidir los tiempos. Pero en lo que concierne a la Comisión, informaremos al TJUE de que esta reforma cumple con la sentencia. Así que hay una posibilidad de que congelemos la situación y que no haya una nueva sentencia”, declaró el portavoz comunitario Enrico Brivio.

España acumula una multa superior a 24 millones de euros, resultantes de una sanción de más de 27.500 euros diarios desde que se dictó una primera sentencia en diciembre de 2014 por no adaptar su legislación sobre el sector de la estiba, y se esperaba una segunda sanción de más de 134.000 euros diarios de no producirse la reforma.

Con 174 votos a favor y 165 en contra ayer en el Parlamento, el Gobierno logró así sacar adelante la reforma exigida por la Unión Europea (UE), en un segundo intento, después de que el primer real decreto ley por el que se liberalizaba el sector fuera rechazado por la misma Cámara hace dos meses.

Votaron a favor PP, Cs, PNV, Foro Asturias y UPN, se pronunciaron en contra PSOE, Unidos Podemos, ERC y Compromís y se abstuvo PDeCAT.

“Esta medida cumple con la sentencia (...). Nuestro objetivo es que los Estados miembros cumplan. Informaremos al TJUE y le corresponderá al tribunal la decisión”, agregó el portavoz comunitario.

Según la Comisión Europea, y basándose “en la información transmitida por las autoridades españolas, parece que la reforma se ocupa de las restricciones a la libertad de establecimiento de los operadores de los puertos identificadas por el Tribunal de Justicia de la UE en 2014”.

“Así que saludamos esta reforma que mejorará la competitividad del sector de puertos en España al tiempo que ofrece un adecuado nivel de protección a los trabajadores”, agregó el portavoz de la CE.

La Comisión dio en septiembre de 2012 un ultimátum a España para modificar el régimen de contratación de estibadores al considerar que la normativa incumple el principio de libre establecimiento de las empresas.

Al no hacerlo, trasladó el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que condenó a España en diciembre de 2014 por no hacerlo.

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