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Montoro provoca la última división en el Poder Judicial por la publicación de las condenas a defraudadores

El Senado aprueba las modificaciones a la Ley Concursal

Pedro Águeda

La intención del Gobierno de disuadir a los que planeen engañar al fisco, a través de la publicación de las sentencias de los que ya lo han hecho, provoca dudas legales y constitucionales en un sector del Consejo General del Poder Judicial. El próximo lunes, el pleno del CGPJ debatirá y votará el informe del ponente, el conservador Gerardo Martínez Tristán, que avala el Anteproyecto de Ley Orgánica aprobada el 17 de abril por el Consejo de Ministros. Frente a este, una minoría de cinco vocales intentará recabar más apoyos con otro informe que duda de la legalidad de la reforma y la tacha de oportunista y electoralista.

La publicación de una sentencia puede afectar a derechos individuales como el honor, la intimidad y la protección de datos. Sin embargo, el ponente del informe considera que estos derechos individuales “no son absolutos” y que, en este caso, prima el “interés general”, esto es, el “elemento preventivo y educativo” contra el fraude fiscal.

Es más, con la medida se está defendiendo la Constitución, viene a decir Martínez Tristán al citar el artículo de la norma fundamental que establece que “todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica”. Según el ponente, la publicación de una condena no supone una “pena añadida” para el defraudador. Martínez Tristán está considerado uno de los vocales más próximos al Partido Popular. De hecho, está casado con una consejera del Gobierno castellano-manchego de María Dolores de Cospedal.

Una de las vocales del sector progresista, Roser Bach, y otro elegido a propuesta del PNV, Enrique Lucas, han redactado conjuntamente otro informe que critica la reforma de Montoro. Lleva también la firma de las vocales progresistas María Victoria Cinto, Clara Martínez de Careaga y Concepción Sáez. Los informes se votarán en el pleno del CGPJ, presidido por Carlos Lesmes, y con mayoría conservadora

Estos vocales recuerdan que cualquier reforma legal que afecte a derechos fundamentales debe “superar un exigente test que acredite que el sacrificio que se impongan a los mismos tiene un mayor valor que justifica la restricción de que se trate”. ¿Lo hace la reforma de Montoro? Para estos vocales, no. “El Anteproyecto no supera esa ineludible prueba sino que se mueve en un terreno extremadamente vago y difuso”, escriben. La reforma no justifica debidamente su necesidad, ni es proporcinal, ni cita jurisprudencia que la avale, critican.

Los vocales progresistas admiten que los delitos que se pretenden prevenir tienen “un rechazo social indiscutible”. “Ahora bien –añaden-, la política legislativa, cuando afecta directamente a los derechos fundamentales, como aquí ocurre, no puede guiarse por el oportunismo ni por las exigencias del clima electoral”.

La reforma de Montoro fue anunciada a tan solo cinco semanas de las elecciones autonómicas y municipales del próximo 24 de mayo. Junto a la publicación de las sentencias a los defraudadores en el BOE, el Gobierno anunció que haría pública una lista en el último trimestre del año con los nombres de aquellas personas que deban más de 1 millón de euros a Hacienda a 31 de julio.

El anuncio se realizó al día siguiente de la detención de Rodrigo Rato por los presuntos delitos de fraude fiscal, blanqueo de capitales y alzamiento de bienes. El exvicepresidente del Gobierno integra una lista de 705 investigados de los que se detectaron posibles irregularidades tras acogerse a la amnistía fiscal del Ejecutivo, de la que se beneficiaron más de 40.000 personas.

¿Por qué para el delito fiscal y no para los asesinatos, los secuestros o las violaciones?, se preguntan en este punto los vocales discrepantes. Y se responden con el oportunismo que detectan en la medida: “tal asimetría carece, a nuestro juicio, de justificación y solo se explica en el contexto, más bien la circunstancia política, en la que nos encontramos en la que lo que lo peor que se puede hacer es abdicar de la recta aplicación de los principios y reglas que definen a un Estado de Derecho por odiosas y reprobables que sean las conductas contra las que se dirige el anteproyecto”.

En cuanto a la proporcionalidad de la medida, los vocales progresistas exponen que más bien, la reforma, evita la reinserción y resocialización que establece la Constitución, al marcar públicamente al condenado. También es un obstáculo, exponen, para alcanzar acuerdos de conformidad en los procesos, impulsados en muchos casos por la Fiscalía en orden a recuperar el dinero defraudado. Además, una sentencia condenatoria puede lastrar la reputación de una empresa y su “viabilidad”.

El ponente considera que el hecho de que la reforma legal, como no puede ser de otra forma, tenga carácter retroactivo avala su contenido. Sin embargo, los vocales del sector progresista dudan de esa supuesta retroactividad. Las condenas podrán ser publicadas en el BOE mientras hayan sido ratificadas en firme después de la entrada en vigor de la ley. Los vocales discrepantes denuncian que, de esa forma, el condenado puede ver publicado su fallo a pesar de que los hechos por los que ha sido juzgado se cometieron antes de entrar en vigor la reforma.

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