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EMPLEO PÚBLICO

Los funcionarios andaluces podrán recurrir ante un órgano independiente si consideran que su jefe les niega incentivos

Funcionarios en el edificio Torretriana, sede de varias consejerías andaluzas.

Antonio Morente

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El palo ya está más o menos regulado, la cuestión ahora es hacer lo mismo con la zanahoria. La Ley de Función Pública de Andalucía, que ya ha iniciado su tramitación en el Parlamento andaluz tras superar el debate de totalidad sin ningún voto en contra, establece las sanciones que pueden recibir los funcionarios pero también introduce incentivos por el buen rendimiento. La evaluación recaerá en los jefes directos de estos trabajadores, que determinarán así el acceso o no a los incentivos que se fijen, aunque los empleados públicos podrán recurrir ante un órgano independiente si consideran que sus superiores no han hecho una valoración correcta de su trabajo.

Para hacer posible esto primero hay que construir todo un edificio regulador, ya que por lo pronto hay que precisar las funciones de cada puesto y qué objetivos se fijan, además de formar a los propios jefes para que sepan qué y cómo evaluar. Y sobre todo construir un proceso que “aporte seguridad jurídica y garantías” sobre los momentos clave en la vida laboral de un funcionario: el proceso de selección, la promoción y la retribución.

“Esto hay que hacerlo bien para que no haya resquemores”, reconoce el secretario general para la Administración Pública de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, Arturo Domínguez Fernández, que de partida admite que “el mayor problema que detectan los propios funcionarios es que no pasa nada por hacerlo bien o mal”. El objetivo sobre todo es regular las consecuencias en positivo (es decir, los incentivos por hacerlo bien), ya que lo que se deriva del mal desempeño ya se prevé en el propio Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) pese a que “no desarrolla ni el método ni las repercusiones” de un bajo rendimiento.

La sombra de la subjetividad

El principal problema es el de la subjetividad al hacer estas evaluaciones, tal y como ha denunciado repetidas veces el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF). La música de lo que se quiere hacer viene en la ley, pero la letra específica la pondrán los reglamentos que se tienen que desarrollar una vez se apruebe la norma allá por el primer trimestre del año que viene, algo para lo que el propio texto prevé hasta dos años. Estos reglamentos se negociarán con los sindicatos en las mesas sectoriales de turno, aunque se tiene claro que deben incluir “garantías de cómo se hace el proceso y órganos de control independientes y administrativos que emitan sus propias resoluciones”.

El movimiento se demuestra andando, reconoce Domínguez Fernández, que ante los temores del funcionariado sobre cómo serán las evaluaciones y si los jefes lo harán de manera correcta apela a que “los desarrollos reglamentarios serán rigurosos y garantistas con el servicio público y los derechos de los trabajadores”. E insiste en que la prioridad es desplegar “recompensas para los que hacen las cosas correctamente”, lo que debe premiarse por tres vías: económica, reconocimiento profesional y promoción interna.

Estas tres puertas se le cerrarán a los que tengan bajo rendimiento, incluyendo la posibilidad de traslado forzoso a otro puesto en el mismo municipio. “Eso ya lo prevé el EBEP cuando se produce un contumaz desempeño negativo”, la cuestión es cuándo se considera que se da esa situación. Pues eso está por ver, pero Domínguez Fernández apunta a una mala praxis durante tres años, aunque las primeras medidas para intentar reconducir al trabajador serán de carácter formativo. A partir de ahí, no percibirá un complemento de productividad que hoy es poco menos que lineal y se limitará la evaluación de sus méritos en los concursos de traslado, paso previo a resolver la cuestión por vía reglamentaria. Para ello, con la nueva ley “se objetiva la movilidad forzosa”.

Un sistema “transparente, reglado y garantista”

Así que el reto está claro: “Montar un modelo que garantice que se fijan objetivos con garantías y que se evalúa correctamente”. De hecho, el secretario general andaluz de Administración Pública apunta que no le preocupan tanto “los premios” como articular un modelo “que sea muy transparente, reglado y garantista”, y que “prime el compromiso”. El actual sistema de incentivos no consigue esto último, ya que ha quedado “antiguo” al medir la puntualidad (“eso es un deber, no un buen desempeño”) para abonar el complemento de productividad.

De partida, el buen trabajo se valorará teniendo en cuenta el grado de interés, la iniciativa o la participación del funcionario. Aquí entran en juego lo que ahora se conocen como “competencias blandas”, un concepto algo difuso y amplio pero que se insiste en que “hay formas de evaluarlas”. Eso sí, esta evaluación tiene que estar “motivada” y tener en cuenta “comportamientos observables”. Por eso se introduce como “garantía de derecho” la posibilidad del trabajador de alegar ante un órgano independiente si considera que ha sido mal evaluado, y es que en un intento de transmitir confianza en el sistema se admite la posibilidad de recurrir con el argumento de que “mi jefe me tiene manía”. El desafío, en definitiva, está en conseguir un sistema que genere confianza y permita superar la paradoja de que “todos los funcionarios se quejan de que no se reconoce su trabajo, pero cuando se introducen reformas todos tienen el resquemor de que sea algo subjetivo”.

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