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El Gobierno se niega a cumplir el Estatuto andaluz alegando la sentencia del Estatut

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristobal Montoro / EFE

Javier Ramajo / Olga Granado

El ministro Montoro equipara el Estatuto de Autonomía de Andalucía al Estatut catalán para justificar su incumplimiento. Al menos es lo que se desprende de la carta enviada por la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos al consejero de Economía de la Junta, Antonio Ávila. En ella afirma que el planteamiento de la norma autonómica andaluza, “en términos equiparables” a la sentencia dictada por el TC en junio de 2010 respecto al Estatut, “no puede tener en modo alguno (...) efectos directamente vinculantes para el Estado y, por tanto debe, pues, interpretarse en el sentido de que no vincula al Estado en la definición de su política de inversiones”.

La Junta había reclamado una reunión de la Comisión Bilateral para analizar las inversiones realizadas en 2010 y 2011 por el Estado en la comunidad autónoma que, según recoge el Estatuto andaluz, deben ser proporcionales a su población. Desde la Junta de Andalucía sostienen que no es de recibo aplicar la inconstitucionalidad del Estatut catalán al Estatuto andaluz, que no ha sido recurrido sino, al contrario, aceptado en su integridad como constitucional en su día por todos los grupos parlamentarios, includo el PP. “Lo que invalida la sentencia del TC es la norma recurrida, no afecta al resto”, apuntan desde la Junta.

La respuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, enviada el 10 de junio y con registro de entrada en la Junta el día 20, a la que ha tenido acceso eldiario.es/andalucia, llega en plena escalada de enfrentamiento verbal entre la Junta de Andalucía y el Gobierno de Madrid en las últimas horas. Hoy mismo, Jiménez ha dicho que el Gobierno de la Nación se ha convertido en un “moroso” con Andalucía, “pasándose por el forro sus obligaciones”, y “el PSOE va a emplear todos sus medios para que los andaluces lo sepan”. Jiménez no ha descartado recurso de inconstitucionalidad, y ha dicho que pone los presupuestos autonómicos en una difícil situación si se le suma lo del déficit “que se ha apropiado también Madrid”.

“Estamos evaluando el impacto de lo que esto significa, pero no nos vamos a cruzar de brazos”, ha dicho en referencia a la posibilidad de recurrir al TC o del que esta decisión suponga efectivamente esa “presión externa” o “contingencias” de las que habló el otro día en relación a un posible adelanto electoral en Andalucía. Jiménez ha añadido que “Andalucía va a tener que afrontar un calendario muy complicado” y “la elaboración de los presupuestos autonómicos va a ser muy difícil”, dado que hay que sumarle el tema del déficit impuesto a las comunidades autónomas.

El Gobierno “está jugando con la asfixia económica y política”, ha añadido, y “va a cortar las posibilidades de recuperación económica de Andalucía” al suponer un freno “a la inversión pública y a la generación de empleo”.

Finalmente, ha anunciado que el PSOE “va a desplegar toda su capacidad para exigirle a Madrid su responsabilidad y para que los andaluces se enteren de lo que está ocurriendo”. Que no le quepa duda de que lo reclamaremos donde haga falta“, ha anunciado.

La carta: los estatutos “no es un sistema de financiación adicional”

El Gobierno alude en la carta a la Sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010, que resolvió los recursos de inconstitucionalidad del Estatut, en concreto a un fundamento jurídico (el 181), un fundamento inexistente ya que la Sentencia del Estatut tiene 147 fundamentos jurídicos. Entienden fuentes de la Administración consultadas que se ha producido un error y al que se alude en concreto es al fundamento jurídico 138, relativo a la disposición adicional tercera del Estatut. En cualquier caso, según añaden las mismas fuentes, “la Disposición Adicional Tercera del Estatuto andaluz no está recurrida”.

El Estatuto de Autonomía de Andalucía, que no está recurrido ante el Constitucional, fue apoyado por el PP en el Parlamento regional y en las Cortes Generales. En esta carta, el Ministerio señala exactamente que, “tal y como expone la Sentencia del Tribunal Constitucional de 31/2010 en su fundamento jurídico 181 y, en términos equiparables, a lo previsto en la Disposición Adicional Tercera de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, no puede tener en modo alguno (...) efectos directamente vinculantes para el Estado y, por tanto debe, pues, interpretarse en el sentido de que no vincula al Estado en la definición de su política de inversiones, ni menoscaba la plena libertad de la Cortes Generales para decidir sobre la existencia y cuantía de dichas inversiones”.

La carta ministerial es la respuesta a la misiva remitida el pasado 31 de mayo por la Junta en la que formulaba requerimiento previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la inactividad del Estado al no convocar la citada Comisión Bilateral prevista en la Disposición Adicional Tercera del Estatuto y reclamaba la remisión de información sobre el importe de la inversión total realmente ejecutada por el Estado en la Comunidad en los ejercicios 2010 y 2011.

El Ministerio advierte además al consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Antonio Ávila, de que “las Comunidades Autónomas no pueden pretender construir en sus Estatutos un sistema de financiación adicional que se distribuya territorialmente según el criterio o variable que sea más favorable en cada momento a los intereses de cada Comunidad”.

Comisiones competentes

El Gobierno, en su respuesta, remite a una carta anterior, de 30 de mayo de 2012, en la que señalaba que la citada Comisión Bilateral de Cooperación Junta-Estado “carece de competencias en materia de inversiones”, quedando asignadas a la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma. El Ministerio indica además, “sin perjuicio” de la “falta de competencia de la Comisión Bilateral”, que “no consta la aprobación por tal comisión de ninguna metodología específica de cálculo sin perjuicio de las actuaciones realizadas por un grupo de trabajo en el seno de la misma cuyo resultado no consta que fuera elevado y aprobado por tal comisión”.

Sobre este punto, fuentes de la Junta consultadas por eldiario.es/andalucia indicna que, según el artículo 184, la Comisión Mixta tiene competencia para el estudio de las inversiones, “pero es la Comisión Bilateral Junta de Andalucía-Estado del artículo 220 la que tiene la competencia para deliberar, hacer propuestas y, si procede, adoptar acuerdos en los casos establecidos expresamente en el Estatuto y, en general, con relación a ámbitos como por ejemplo ”la programación de la política económica general del Gobierno del Estado en todo aquello que afecte singularmente a los intereses y las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sobre la aplicación y el desarrollo de esta política“.

La Administración regional entiende que una comisión de carácter general como es la Comisión Bilateral de Cooperación puede tratar cualquier asunto sin incurrir en el vicio de incompetencia, en tanto que sí se incurriría en dicho vicio si una comisión de carácter específico abordara asuntos fuera del ámbito para el que fue pensada. Añade en este punto que la Comisión de Colaboración tiene competencias similares a la del artículo 183 del Estatuto catalán y que la metodología aprobada por ésta sí ha sido admitida como válida por el Estado.

En la carta, el Ministerio remite por último a la Junta a “una información incompleta” incluida en el Informe de Distribución Territorial de la Inversión del Estado y sus organismos autónomos, según añaden fuentes de la Junta. Dicho informe, como dijo el consejero, deja fuera al sector público empresarial que ejecuta más de la mitad de las inversiones estatales (puertos, aeropuertos, Adif, entre otras) y sólo computa el 46,9% de las inversiones territorializables del Estado en Andalucía, comentan las mismas fuentes.

Según la Junta, dicho informe solo hace referencia a la ejecución del presupuesto de carácter limitativo del sector público estatal sin contener ninguna información respecto a los presupuestos del sector público que tienen carácter estimativo, es decir, los del sector público empresarial, y que vienen a representar más del 60% del gasto regionalizable. La información solicitada es la referente a la totalidad del sector público estatal, luego la Junta no entiende la remisión a un informe de ejecución que no contempla parte de la información solicitada.

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