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La Jefatura de Policía Local de Santander entrega manuales de informática y documentos sin fecha como prueba judicial en el caso de El Bocal

Imagen de archivo de un encuentro de la alcaldesa de Santander, Gema Igual (PP), con mandos de la Policía Local.

Elsa Cabria

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El Ayuntamiento de Santander, con Gema Igual (PP) al frente, entregó como prueba judicial en la fase de instrucción del caso de El Bocal, un informe denominado “protocolo de sala”, con pantallazos de la aplicación informática de registro policial, emitido tras la fecha del suceso. Junto al informe, adjuntó como anexos tres documentos anexos denominados “protocolos” y otro llamado “instrucción”.

Por un lado, un “protocolo de sala” que responde al documento de descripción del software para llamadas al 092, en su versión original, del año 2002 y otro “protocolo de sala”, con modificaciones de la aplicación de escritorio, del año 2022. Además, envió un “protocolo de actuación”, que es un listado de tipos de hechos en una tabla, fechado posteriormente al suceso y una “instrucción interna de actuación policial”, que es un documento sin fecha, firma ni sello, según ha podido constatar elDiario.es.

El inspector jefe envió el informe con los cuatro documentos anexos que, tras ser revisados, funcionan como manual de uso del programa, pero no responden a un protocolo de actuación o reglamento interno que desglose los pasos a seguir para la gestión de avisos, como el del 2 de marzo de 2026.

El desplome de la pasarela de El Bocal, el pasado 3 de marzo, en la franja norte de la ciudad, por el que fallecieron seis personas y una resultó herida, vino precedido el 2 de marzo por una llamada de aviso al 112: un vecino alertó sobre el mal estado de la pasarela y el 112 comunicó la información de la llamada a una agente del Centro Coordinador de Servicios de la Policía Local, que pasó a ser investigada en la actual fase de instrucción. Tras el suceso, la alcaldesa de Santander, Gema Igual (PP) defendió la existencia de un “software” de gestión de llamadas y de un protocolo operativo en la Policía Local, aunque los sindicatos policiales lo desmintieron.

Después, la jueza pidió al Ayuntamiento “copia del protocolo de actuación para la atención de avisos de ciudadanos vigente en fecha de los hechos (3 de marzo de 2026), en particular en lo relativo a la recepción, clasificación, traslado y seguimiento de incidencias reportadas por ciudadanos, tanto con carácter general como en lo relativo a riesgos en infraestructuras públicas”. Además, pidió “copia de cualquier instrucción interna, circular o manual complementario que establezca criterios de actuación para los operadores del servicio”.

La alcaldesa, en una comparecencia en la que habló sin compartir la documentación enviada a la jueza, informó de que iba a enviar esos protocolos, pero en ningún caso los compartió. El 23 de marzo, el inspector jefe de la Policía Local envió al concejal de Seguridad Ciudadana un informe firmado ese mismo día como “protocolo de sala” del CCS, aseverando que “se procede a emitir el presente informe” sobre el “procedimiento operativo” que, según ratifica el documento, es una aplicación informática llamada Oracle en la que los agentes del CCS anotan, cuando procede, el detalle de las llamadas “desde 2002”.

Pese a que la jueza instructora solicitó una copia del protocolo, en el mismo documento el inspector jefe dice “el presente informe describe la actuación a seguir por el operador de sala 092 mediante el citado software durante las fases de recepción, clasificación, traslado y seguimiento de incidencias reportadas”. En el informe, ilustra con pantallazos de la aplicación Oracle los seguimientos de actuación.

Por un lado, el anexo I, el llamado “protocolo de actuación”, firmado y sellado por el inspector jefe, es una tabla de 97 páginas, con el “listado de tipos de hechos asociados”. Fechada el 17 de marzo de 2026, con tres categorías: hecho, protocolo e implicación, en el cual hace falta conocer el programa, para determinar la actuación, a diferencia de un protocolo operativo de funcionamiento.

Por otro lado, el anexo II es la instrucción interna: va sin firma, ni fecha ni sello (aunque en el informe del inspector jefe se afirma que es de 2010), y con distinta tipografía. Describe en dos páginas la “actuación policial en situaciones de accidente grave, incendios, derrumbes, explosión de gas, etcétera”. A esto, agrega el documento enviado por el inspector jefe, se agrega que para el conocimiento del hecho y la recogida de información, “lo habitual es que se reciba la información en el CCS, y sea mediante llamada telefónica” y que “al recibir el aviso de los anteriores casos o de ”emergencia, etcétera, se recabará cuanta información sea posible“.

El anexo III es el llamado “Protocolo sala 092 gestión llamadas”: es el manual original entregado por la empresa al Ayuntamiento en 2002 sobre el programa de escritorio del CCS. Y el anexo IV, está nombrado como “protocolo sala 092 manual recepción de llamadas” y es la actualización del manual, 20 años después, ya con sello único de la Policía, del mismo programa, en cinco páginas.

Las dudas de la jueza con el “protocolo”

El 27 de marzo, la agente del 112 que recibió el aviso del vecino el día 2 de marzo, también pasó a ser investigada. El 1 de abril, la jueza instructora requirió al Ayuntamiento que emitiese un informe “aclarando si el protocolo de actuación y documentación del que fue requerida Policía Local y aportada a las actuaciones mediante escrito presentado por Ayuntamiento de Santander de 23 de marzo de 2026 se activa o aplica solo para llamadas o avisos procedentes de ciudadanos, quedando excluidas las procedentes del Servicio de Emergencias 112, o es el único protocolo aplicable o, en su caso, si existe el propio para avisos procedentes de otros Servicios de Emergencias, como el del 112”.

El 3 de abril, un sindicalista y agente del Centro Coordinador afirmó de que la Policía Local carece de un software informático especializado y sostuvo que toman notas con bolígrafo y luego, si fuera el caso, movilizan efectivos y registran el aviso en la aplicación de escritorio. El 7 de abril, la jueza instructora pidió conocer el protocolo de llamadas para avisos de la Policía Local y al día siguiente el Ayuntamiento remitió a la jueza un informe firmado por el inspector jefe.

La respuesta llegó en otro informe de tres páginas del inspector jefe, firmado el 8 de abril, también con pantallazos que contradecía al sindicalista que trabaja también con la policía local investigada en el CCS: el inspector jefe aseguró que “todas las incidencias registradas” por el Centro de Coordinación de Servicios, “con independencia de su origen, se documentan” en la herramienta Oracle. A lo que agregó “por tanto, todas las incidencias generadas a partir de las comunicaciones de los servicios de emergencias, incluidas las del 112, se encontrarían plenamente integradas dentro de la aplicación”, “no existiendo procedimiento diferenciado alguno en función del origen de los avisos”. Una versión que choca con fuentes policiales y fuentes del caso.

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