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El juicio a José Ramón Blanco por acoso a Verónica Ordóñez se repetirá en febrero

José Ramón Blanco y Verónica Ordóñez.

elDiario.es Cantabria

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El juicio a José Ramón Blanco, exlíder de Podemos en Cantabria, por supuesto acoso a su entonces compañera de partido y en el grupo parlamentario, la diputada Verónica Ordóñez, se repetirá el próximo año, en concreto el 17 de febrero, en el salón de actos del complejo judicial de Las Salesas, en Santander.

Será juzgado por la magistrada titular del Juzgado de lo Penal número cinco de la ciudad, Adela Morales, aunque el asunto es del órgano número dos, a cago del juez José Hoya Coromina, que en febrero de 2020 absolvió a Blanco de los delitos de lesiones y contra la integridad moral -por autoridad o funcionario- de los que le acusaba Ordóñez y la Fiscalía, así como otras dos integrantes del partido.

Sin embargo, la Audiencia Provincial declaró esta pasada primavera la nulidad del plenario y del fallo al estimar un recurso de la acusación particular -ejercida por la exdiputada de Podemos, que entre otros motivos alegó “arbitrariedad” en la resolución-, recurso al que se adhirió el ministerio fiscal.

La Sala de la Sección Primera de la AP, que ordenó así la repetición del juicio con un magistrado distinto, admitió en la sentencia dictada entonces las “dudas” de la recurrente acerca de la “imparcialidad” del juez.

El tribunal entendió que el titular del Juzgado dos adoptó “un papel activo y no de mero árbitro en el desarrollo de la pericial, tanto por la extensión como por el contenido de las preguntas efectuadas a los peritos, contraponiendo incluso su propia posición frente a la etiología ratificada por aquellos, con patente reiteración, insistencia e interrupción en sus explicaciones”.

Con ello, y según la sentencia de la AP, a la que tuvo acceso esta agencia, el magistrado de lo Penal acabó “perdiendo la posición de obligada neutralidad y de ser ajeno al litigio”, lo que supone que “no puede asumir procesalmente funciones de parte” ni tampoco “realizar actos ni mantener con las partes relaciones jurídicas o conexiones de hecho que puedan poner de manifiesto o exteriorizar una previa toma de posición anímica a su favor o en contra”.

La Sala concluyó así que Hoya Coromina terminó “excediendo” las posibilidades que concede la Ley de Enjuiciamiento Criminal y “la imparcialidad que debe mostrar en la dirección del juicio”, ya que los magistrados “deben permanecer durante la discusión retraídos, neutrales, a semejanza de los jueces de los antiguos torneos, limitándose a dirigir con ánimo sereno los debates”, explica la sentencia de apelación.

Añade al respecto que las precisiones legales contempladas en la exposición de motivo de la citada norma han sido “desbordadas” en este supuesto, en el que el juez ha acabado “tomando partido, descendiendo a la arena del combate contradictorio y situándose en las antípodas del modelo exigido en la misma, infringiendo la garantía esencial y fundamental de la apariencia de imparcialidad” sobre la que pivota el proceso penal.

Por eso, la Sala de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria decidió anular el juicio y la posterior sentencia absolutoria de Blanco y ordenó repetir la vista por la denuncia de acoso de Ordóñez y que, según han informado a Ep fuentes judiciales, se volverá a celebrar el 17 de febrero de 2023.

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