Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El PSOE convierte su Comité Federal en un acto de aclamación a Pedro Sánchez
Las generaciones sin 'colchón' inmobiliario ni ahorros
Opinión - El extraño regreso de unas manos muy sucias. Por Pere Rusiñol

Castilla-La Mancha podría albergar fotovoltaicas flotantes en 14 embalses para las que España prepara normativa

Planta solar fotovoltaica flotante de Acciona en Zorita (Cáceres)

Carmen Bachiller

0

El Gobierno de España está ultimando las primeras normas destinadas a regular la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes sobre la superficie de los embalses.

La idea es instalarlas en 107 embalses - en España hay alrededor de un centenar de titularidad estatal sobre los que podrían ubicarse- para “impulsar” las energías renovables, según el  Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). 

Pero SEO-BirdLife advierte: “El 60% están en la red de protección ambiental europea”, según informa eldiario.es



En Castilla-La Mancha hay un total de 14 embalses susceptibles de albergar placas solares fotovoltaicas. La mayoría en la provincia de Ciudad Real: Torre de Abraham, El Vicario, Gasset, Vega del Jabalón, Puerto de Vallehermoso, La Cabezuela y Montoro.

También hay unos cuantos en la provincia de Toledo: Navalcán, Cazalegas, Picadas, Rosarito (a caballo con la vecina Ávila) o Finisterre. Mientras en Albacete el embalse de Camarillas podría contar con una planta flotante y en Guadalajara el embalse de Pálmaces.

¿Por qué estos y no otros? La elección la detalla el Ministerio para la Transición Ecológica: “Cuanto peor sea la calidad de sus aguas, mayor podrá ser su cobertura”. O sea, cuanto peor sea su agua, más placas solares flotantes podrán ponerse, aunque la normativa contempla un máximo de tres plantas por embalse y una cobertura parcial, según el estado trófico de cada uno de ellos.

Se limitará el porcentaje máximo de superficie total cubierta a un 5% si el embalse está catalogado como mesotrófico, es decir, si tiene un nivel moderado de productividad biológica; a un 15% si es eutrófico, que tiene una productividad biológica alta, y a un 20% si es hipereutrófico.

En cambio, no se instalarán plantas en embalses oligrotróficos, es decir, en los que tengan poca productividad biológica y por tanto buena calidad del agua, ni en lagos o lagunas de origen natural. Se descartarían por tanto grandes acuíferos que son abundantes en Castilla-La Mancha.

La puesta en marcha de esta normativa forma parte del paquete de medidas aprobadas en el Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. La idea es “aumentar la capacidad de generación eléctrica de origen renovable en España, acelerando así la transición energética y la descarbonización de nuestra economía”, señala el MITECO.

¿Por qué apostar por este tipo de infraestructuras? “Estas plantas serán beneficiosas para el medio ambiente: reducirán la evaporación de las masas de agua y la presencia de algas, y también producirán más energía por el enfriamiento que proporciona el agua y la disminución del polvo”.

El borrador del Real Decreto que elabora el Gobierno central habla de “la posibilidad de agregar capacidad solar flotante a las centrales hidroeléctricas existentes” y se considera de “particular interés”.

La idea de plataformas flotantes ya la sugería el presidente de la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), José Donoso. En una entrevista con elDiarioclm.es, apuntaba la posibilidad de destinar parte de los fondos europeos de recuperación, los Next Generation-EU a las instalaciones flotantes en embalses, menos atractivas para las empresas por su alto coste. “Además es una forma de reducir la evaporación del agua”, decía en diciembre de 2020. Ahora parece que las intenciones del ministerio toman ese derrotero.

El Gobierno español cree que supondrían “un impulso” a la capacidad de generación eléctrica de origen renovable, algo “fundamental” para acelerar la transición energética pero también para “reducir la vulnerabilidad de nuestro país a situaciones excepcionales como la que vivimos hoy”.



El boom fotovoltaico se extendería así a superficies acuáticas y se considera que “facilitará la consecución de los objetivos recogidos en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética”, que prevé alcanzar un 42% de penetración de energías renovables en el consumo final y un sistema eléctrico con un 74% de generación renovable para 2030.

El Real Decreto que prepara el Ejecutivo central quiere determinar las condiciones para autorizar las fotovoltaicas flotantes permitiendo “un uso más sostenible del dominio público hidráulico y una mejor protección del estado de las masas de agua”, señala el MITECO.

Concesiones temporales de 25 años

En todo caso, las instalaciones de generación eléctrica solar fotovoltaica flotante en el dominio público hidráulico tendrán concesiones temporales con una duración máxima de 25 años y como ocurre con las plantas ‘terrestres’, los interesados deberán tener permiso de conexión a un punto de la red de transporte o distribución de energía eléctrica y presentar estudios sobre el posible impacto de estas placas en la masa de agua.

Además, los organismos de cuenca podrán reclamar al concesionario informes técnicos para valorar los efectos de la instalación sobre la gestión del dominio público hidráulico, la seguridad y explotación de infraestructuras, la compatibilidad del aprovechamiento con el respeto del medio ambiente y la garantía de los caudales ecológicos o las demandas ambientales previstas en la planificación hidrológica. 

síguenos en Telegram

Etiquetas
stats