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El Síndic rebate al Defensor del Pueblo sobre los lazos amarillos y le reprocha que no se coordinaran

Rafael Ribó, Síndic de Greuges

elDiario.es Catalunya

El Síndic de Greuges ha reprochado al Defensor del Pueblo que no le consultara antes de pronunciarse sobre los lazos amarillos y le ha rebatido al valorar que los edificios públicos sí pueden difundir mensajes ideológicos en determinadas condiciones. En un comunicado emitido este lunes, Rafael Ribó, que ocupa el cargo equivalente al defensor del pueblo, ha recordado a su homólogo que la ley que regula esta institución establece un deber de coordinación entre ambos.

Ribó ha salido al paso así a la petición efectuada a la Generalitat por parte del Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugan, que ha instado a retirar los símbolos amarillos de los edificios públicos para respetar el “principio de neutralidad ideológica” de la Administración. El Síndic considera, por contra, que la Generalitat y los Ayuntamientos sí pueden usar fachadas y balcones “como altavoces para exponer distintos símbolos que se identifican con el apoyo o el compromiso para la defensa de los derechos fundamentales o de las minorías vulnerables”.

Aunque no cita explícitamente los lazos amarillos, insiste que la Administración también puede “difundir mensajes con carga ideológica ampliamente aceptados por las mayorías políticas” en sus edificios, “siempre que esto se lleve a cabo en un momento y contexto determinado y siemore en el marco de la garantía de los derechos de las personas”. Con todo, Ribó concluye afirmando que sería recomendable que se regulara este uso para disipar dudas.

Por lo que respecta al espacio público, el Síndic constata que las Administraciones deben hacer compatible las necesidades de uso de la vía pública con el interés general de garantizar que todo el mundo pueda disfrutar de ella, siempre “en favor del ejercicio de la libertad de expresión”.

En el caso del personal de servicio de la Administración, también considera que les ampara este derecho aunque con el “límite” de no poner en juego su “neutralidad e imparcialidad”. De nuevo, constata que la Administración puede regular este ámbito para, si es necesario, limitar la expresión de las ideas de su personal en “ciertos espacios, como por ejemplo los tableros informativos”.

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