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ENTREVISTA

Olga Tubau: “Decir que con las mismas pruebas se ha condenado a los exconsellers y absuelto a Trapero no es cierto”

Tubau, en su despacho de Barcelona

Oriol Solé Altimira

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Hay una abogada de moda en Barcelona y se llama Olga Tubau (París, 1961). Sin apenas tiempo para disfrutar de la absolución firme del major de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero y la intendente Teresa Laplana después de que la Fiscalía decidiera no recurrir la sentencia, Tubau ha tenido que asistir esta semana al expolítico de Convergència David Madí, detenido el miércoles en una macrooperación con varias ramas ordenada por un juez de Barcelona. La penalista recibe a elDiario.es el jueves por la tarde, a pocas horas de que Madí fuera puesto en libertad.

Absolución firme de Trapero, tres años después. ¿Se esperaba que la Fiscalía no recurriera?

Sí me lo esperaba, lo que no quiere decir que también tuviera el temor de un recurso. Me inquietaba más la posibilidad de un recurso en tanto que hubiera alargado la agonía a la espera de sentencia firme que no la posibilidad de que se revocara la absolución. Era muy difícil que la Fiscalía planteara un recurso de apelación que tuviera alguna viabilidad.

¿Había pensado que obtendría una sentencia absolutoria de tanta rotundidad?

La sentencia es magnífica en cuanto a motivación, minuciosidad en el relato de los hechos y en el trayecto intelectual hasta llegar a su conclusión, y por esto resultaba prácticamente imposible que fuera revocada. No conocía al magistrado ponente, Ramón Sáez, aunque sí había leído algunas de sus sentencias y muchos compañeros, magistrados y profesores me habían dicho que era un magistrado extraordinario. Por eso no me ha sorprendido la sentencia. Todo el mundo me había dicho que fuera cual fuera la sentencia estaría muy bien motivada.

A los profanos en derecho nos cuesta entender cómo el Supremo concluye que el dispositivo del 1-O de Mossos fue insuficiente y estuvo orientado a permitir la votación mientras que la Audiencia Nacional afirma que fue proporcional y obediente con lo que había ordenado la jueza. ¿Cómo se explica esto?

Pues se explica porque son hechos distintos y además los hechos que se juzgan están vinculados a conductas concretas de cada acusado. Y yo lo que digo es que las conductas que se juzgaron en el Supremo –poner en marcha un proceso hacia la independencia– no son las mismas que las que se juzgaron en la Audiencia Nacional –el supuesto acuerdo de los Mossos con el procés y no haber impedido el referéndum–. Impedir el referéndum era un mandato del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) a los tres cuerpos policiales, lo que tenían los políticos era un requerimiento del Tribunal Constitucional para no hacer nada en favor del referéndum. Son conductas distintas.

Pero hay una cierta contradicción entre la valoración del dispositivo del 1-O de los Mossos por parte de ambos tribunales.

Es cierto. No seguí toda la prueba del Supremo, pero recuerdo mucho desfile de agentes de Policía Nacional y Guardia Civil para explicar por parte de la Fiscalía una supuesta conducta violenta de los votantes y la inactividad de Mossos. Estoy convencida de que la prueba practicada en la Audiencia Nacional fue distinta: intentamos demostrar el porqué de las pautas de actuación de Mossos el 1 de octubre, basadas en la mediación y en un mandato general que venía del Parlament sobre un cambio en el modelo de orden público en 2014 tras graves altercados y el caso Ester Quintana. Explicamos cómo se diseñaron y distribuyeron las pautas de actuación y sus resultados, vinieron a declarar todos los jefes de regiones policiales... El esfuerzo que hicimos en la Audiencia Nacional para explicar el operativo, que no era cierto que de 17.000 mossos solo se hubieran destinado 7.000 al dispositivo, todo esto creo que en el Tribunal Supremo no pasó. Hicimos otro juicio, es normal.

Xavier Melero, letrado del exconseller de Interior, ha dicho que la sentencia de Trapero “es la que correspondía al juicio de Joaquim Forn” y que si al major lo hubieran juzgado en el Supremo no lo habrían absuelto. ¿Está de acuerdo?

La sentencia de Trapero es la que correspondía a Forn en un punto, cuando la Audiencia Nacional dice que Trapero no está en connivencia con el Govern. En el resto, no lo sé. La defensa de Joaquim Forn no pasaba por defender el operativo, porque el operativo no fue suyo, sino por defender que no influyó en el operativo. La afirmación de que si a Trapero lo hubiera juzgado el Supremo no lo habrían absuelto, no estoy dispuesta a aceptarla. Se ha insistido por parte de alguna defensa del Supremo en decir que la prueba ha sido la misma y se ha condenado a los exconsellers y absuelto a Trapero, y esto no es cierto. Es un ejercicio que no haré porque no tengo tiempo, pero podría comparar los interrogatorios a Baena y Pérez de los Cobos en el Supremo y la Audiencia Nacional. Yo no hice ninguna pregunta sobre la actuación de Policía Nacional y Guardia Civil el 1-O porque no era mi guerra, mi guerra era desmontar la connivencia entre Trapero y el Govern. 

Los condenados por el Supremo han dicho que en su caso había las mismas pruebas y que por ello su condena muestra “sesgo ideológico” del Supremo.

No estoy de acuerdo. Es que además lo del sesgo ideológico... esta idea de que si eres conservador tendrás más tendencia a proteger la unidad de España y una tendencia apriorística a la condena y si eres progresista no... No puedo estar de acuerdo. La Sala Segunda del Tribunal Supremo tiene cierta pluralidad ideológica y hay algún gran magistrado. No se es un gran magistrado por estar en la Sala Segunda del Tribunal Supremo, pero dentro de la Sala Segunda del Tribunal Supremo hay magistrados excepcionales. Hablar de sesgo ideológico... pues con perdón, pero el magistrado Vieria, al que no conozco pero dicen que es conservador, se unió al ponente progresista para absolver a Trapero.

Las dos sentencias también muestran concepciones opuestas sobre la relación entre el derecho de reunión y la intervención policial. ¿Cómo lo valora?

Lo que pasa es que la sentencia del Supremo no nos explica muchas cosas. Yo un año después todavía no tengo muy claro el porqué se dice que el procés fue una sedición. Sobre todo el 20 de septiembre. Respecto al 1 de octubre el Supremo menciona alguna imagen puntual y se justifica la contundencia policial por unas resistencias activas a la policía. El Supremo ahorró a la Audiencia Nacional decir si hubo tumultos o no. Cuando la Audiencia Nacional habla del ejercicio de derechos fundamentales lo hace no tanto respecto al caso concreto del 1-O sino en relación a cómo tiene que ser la intervención policial. Y lo que dice, que es brutal, es que si tenemos ciudadanos ejerciendo derechos fundamentales la policía no puede actuar violentamente, el recurso a la fuerza policial hay que hacerlo cuando el diálogo no es posible. Si no, cómo se expresan estos derechos, ¿haciendo un Zoom desde casa?

Usted también fue defensa en otro caso que terminó en absolución de los mossos acusados, el de Ester Quintana, que fue clave para el cambio en el modelo de orden público. En ese caso sin embargo se acusaba a los agentes por desproporción, y ahora por inacción.

Cuando oía algunas preguntas del fiscal de la Audiencia Nacional insistiendo sobre el uso de la fuerza física a los mossos que explicaban cómo la gente les había entregado las urnas pacíficamente, cuántos centros de votación habían cerrado y de qué forma, yo, en mi fuero interno, pensaba 'pero si los Mossos de utilizar la fuerza saben, ¡y saben mucho!'. Hemos tenido ejemplos judicializados porque durante un tiempo un porcentaje enorme del orden público de los Mossos estuvo investigado y cuestionado por su contundencia innecesaria. ¿Cómo puede ser que durante tanto tiempo el orden público de un cuerpo esté judicializado por activar la fuerza policial de forma irracional y luego después de años de cambio de modelo se cuestione la intervención negociada y el diálogo? Es una situación contradictoria.

¿Las "percepciones personales" de Pérez de los Cobos y el hecho de que datos clave aportados por el teniente coronel Baena “no se correspondan”, según la sentencia, con la realidad denotan una animadversión de la Guardia Civil hacia Trapero y los Mossos como cuerpo?

No creo que la cuestión esté focalizada sobre Trapero y los Mossos. Baena se siente llamado a investigar unos actos que él personalmente vive e interpreta como extraordinariamente graves. Lo que pasa es que, como el 1 de octubre fue un fracaso de todos, de alguna forma la Guardia Civil y la Policía Nacional, los cuerpos llamados a investigarlo, tienden a culpabilizar a un solo cuerpo, que son los Mossos. Sobre simpatías y antipatías, nada se ocultó. Trapero explicó que en la primera reunión se tiraron los platos a la cabeza con Pérez de los Cobos y que por eso a las siguientes va Ferran López.

Pero fijémonos en una cosa: lo que se hace en los atestados del procés se hace en el 70% de todos los atestados. La policía, como pieza del engranaje judicial, si parte de una hipótesis de trabajo que puede encarrilar su tendencia es intentar confirmarla, aunque sea forzando las cosas. Y esto ha pasado con el procés pero para que se vea que no solo hablo de Policía y Guardia Civil: atestados de Mossos en los altercados de Can Vies, que todo apunta contra determinadas personas y al final un juez dice 'pues no, porque todo esto usted no me lo ha demostrado'.

¿Hemos visto ejercer demasiado a la Guardia Civil de policía de la acusación en el procés?

Sí, ha hecho de policía de la acusación, ¿pero alguien cree que en fase de instrucción los funcionarios que participan en el proceso penal recogen tanto elementos que favorecen como que desfavorecen, tal y como dice la ley de enjuiciamiento criminal? ¿Cuántas veces hemos visto en un atestado policial abrir una vía de investigación para aportar elementos de descargo de los investigados? Esto no pasa casi nunca.

¿Esto explica por qué hasta el juicio nadie se creyó la versión de Trapero?

Ahora se la creen porque no está solo la versión de Trapero. El Supremo cogió la versión de Trapero para lo que le interesó y para lo que no le interesó no la cogió. Como las reuniones en el Palau podían permitir decir que el Govern estaba advertido por Trapero de que podían haber incidentes el 1-O, lo da por probado. Esto como elemento de descargo para Trapero es extraordinario. Además Trapero ha dado siempre la misma versión de los hechos, lo que como abogada me ha ido bien. Pero es que luego están los elementos de descargo de la Audiencia Nacional que no tuvo el Supremo porque no se juzgaba a Trapero. Entre ellos, testigos que venían de sindicatos de Mossos, que alguno de ellos le aseguro que no tenía ninguna simpatía por Trapero, y que si hubiera existido la más mínima contraorden a lo ordenado por la jueza, hubieran crujido a Trapero. Y está el secretario del TJSC, que corrobora que la orden era impedir el referéndum con paciencia y contención.

¿Se ha devuelto el honor a los Mossos?

La sentencia devuelve el buen nombre y el honor profesional del cuerpo. La verdad formal de la sentencia, en este caso, coincide con la verdad material de los hechos. La sentencia de Trapero no solo hay que respetarla sino interiorizarla y acabar concluyendo lo mismo que los magistrados. Todos los que trabajamos en los juzgados hemos sabido que después del 1-O hubo desconfianza de algunos jueces hacia los Mossos, y que quizás se dejaron de hacer designaciones como policía judicial. Esto el cuerpo lo vivió con mucha pena y espero que con esta sentencia se vuelvan a normalizar las relaciones.

No sé si algunos políticos como Pablo Casado han interiorizado la sentencia.

Pues no, no la ha interiorizado mucho, y el señor Millo tampoco, pero de determinados políticos yo ya no me espero nada más. Lo que dijo el señor Millo en televisión, reconociendo que no se había leído la sentencia pero que los magistrados estaban equivocados porque él sí sabía lo que había pasado, me parece de una frivolidad y una irresponsabilidad como político, y muestra que es alguien que no cree en el poder judicial constitucional.

¿Le ha consultado Trapero sobre si debe volver a ser jefe de los Mossos?

No.

¿Si se lo consultara, qué le diría?

Le diría que yo no le puedo dar una opinión. Ahora Trapero puede hacer lo que quiera, el procedimiento se ha acabado pero yo no me atrevería a aconsejarle porque es una decisión personal y profesional.

Este miércoles la Guardia Civil detuvo a otro de sus clientes, el expolítico de CiU David Madí [que ya quedó en libertad el viernes]. ¿Exageran el juez y los investigadores cuando le sitúan en una supuesta trama rusa en favor del procés? A ello añaden sospechas de corrupción.

No quiero hacer ninguna manifestación sobre el fondo del asunto, el contenido de las diligencias y a declaraciones o no declaraciones que se hagan. Y aunque quisiera hacerlas no podría porque todavía no he tenido acceso a la causa. Los elementos que se vuelcan en los autos de entrada y registro del miércoles no puedo decir a día de hoy si se sustentan o no en elementos que puedan ser razonables o no en la causa.

¿Cree que se trata de una operación para ‘reprimir’ al independentismo, como dice el Govern?

En principio ninguna operación es para reprimir un movimiento ideológico o un proyecto político, sino que pasa porque hay indicios de una conducta delictiva. Como en cualquier otra investigación, también las que no afectan a políticos, nos podemos preguntar si hay elementos suficientes para atribuir determinadas conductas o no. Pero yo no me atrevería a decir que es una operación para reprimir al independentismo.

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