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La acusación popular arremete contra la petición de archivar la presunta ‘mordida’ para Cospedal

María Dolores de Cospedal

Alicia Avilés Pozo

La petición del fiscal para archivar la causa que investiga la concesión de un contrato a cambio de una mordida del 3% para una campaña electoral de María Dolores de Cospedal, ha levantado ampollas entre la acusación particular. La Asociación Observatori de Drets Humans (DESC) ha remitido un escrito al Juzgado de Instrucción número 3 de Toledo, que instruye este caso,  donde califica de “extemporánea, improcedente y extravagante” esta petición de la Fiscalía y donde incorpora una serie de alegaciones.

En primer lugar, la acusación popular establece que la petición del Ministerio Fiscal se produce en momento “curioso” debido a que actualmente se está celebrando el juicio de la pieza principal del caso y a que aún queda pendiente de juicio el correspondiente a los denominados ‘Papeles de Bárcenas’ que es de donde surge el procedimiento ‘toledano’. También argumenta que la instrucción no finaliza hasta el mes de junio, un plazo que se ha introducido por medio de una reforma legal “más que criticable” y cuya principal consecuencia está siendo “la impunidad para muchas conductas que son típicas, antijurídicas y culpables”, pero cuya investigación requiere tiempo. 

De cualquier forma, la asociación considera que resulta “improcedente” dictar el sobreseimiento solicitado por el Ministerio Fiscal ya que tendría unos efectos jurídicos que trascenderían al propio procedimiento de la pieza principal. “Podría condicionar” el resultado tanto del juicio que se está celebrando como del que habrá de celebrarse por la pieza correspondiente a los ‘Papeles de Bárcenas’. La pieza separada tendría la consideración de “cosa juzgada”, lo que entraría en contradicción con aquellas manifestaciones y reconocimientos de “hechos, dinámicas y responsabilidades” que ya se han producido en el plenario del juicio de la pieza principal.

“No se puede pretender ir buscando el sobreseimiento de algo que, sin duda y así se encuentra ratificado, es presuntamente constitutivo de delito”, establece la asociación en el escrito, recordando que el ex tesorereo del PP Luis Bárcenas “reconoció, documentó y explicó esos pagos, lo cual es una realidad que no puede ser modificada por la voluntad de la Fiscalía”.

El contrato con Sufi

La acusación popular pasa posteriormente a desgranar algunos de los hechos. Alega que de acuerdo con los informes de los autos, la empresa Sufi habría realizado una oferta que incumplía en varios aspectos esenciales los términos del pliego de contratación, “lo que no es un hecho menor a los efectos de lo que aquí se investiga”: un presunto caso de corrupción que “requiere de una serie de actuaciones, encadenadas y que terminan generando, de una parte, el acto ilícito y, de otra el pago ilegal por parte de unos particulares a unas determinadas autoridades y/o funcionarios”.

Resalta que pese a ello, la empresa resultó adjudicataria “cuando ha quedado patente que su oferta no era la mejor en términos objetivos”. Estas consideraciones, unidas a las declaraciones del propio Bárcenas ante el Juzgado Central de Instrucción, “dan fuerza a la tesis acusatoria” según la cual, la concesión del Ayuntamiento de Toledo fue “recompensada” con la donación efectuada por la matriz de Sufi para la campaña electoral de Cospedal. Y agrega que existe además un soporte documental que acredita el “traslado” del dinero de una parte a otra.

La declaración de Correa

Asimismo, el Observatori DESC establece en su escrito que todos los indicios que existen sobre el funcionamiento de la financiación irregular del Partido Popular en los años investigados “se ven refrendados” por lo que está pasando en el seno de otros procedimientos, tal y como es el caso de la declaración de Francisco Correa en el juicio oral que se está celebrando en la Audiencia Nacional. De hecho, insiste en su solicitud de que se remita copia testimoniada de las declaraciones de Correa por ser “de gran relevancia” para la pieza separada y se le cite en calidad de testigo en este caso. 

“Creemos que estamos en una fase incipiente del presente procedimiento y que, por tanto, ante la solidez de los indicios racionales de criminalidad que obran en las actuaciones, resulta improcedente admitir y acordar la medida solicitada por el Ministerio Fiscal que nos parece extemporánea y extravagante”, agrega.

Por todo ello, la acusación considera  que no procede acordar el sobreseimiento, teniendo en cuenta asimismo que el plazo de instrucción no ha finalizado y que la investigación no ha concluido, motivo por el cual, el órgano instructor acordó tomar declaración a José Manuel Molina García (ex alcalde de Toledo), Lamberto García Pineda (ex concejal de Hacienda y antiguo tesorero del PP castellano-manchego); así como a los ex ediles toledanos Fernando Sanz Domínguez, María José Rivas Rivas, Fernando Fernández Gaitán, Mª Paz González y Fernando Cirujano Gutiérrez en calidad de investigados, “declaraciones que han de practicarse tal cual han sido acordadas”.

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