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Un juzgado insta al Ayuntamiento de València a sacar los festivales de música de la Ciudad de las Artes y las Ciencias

Vista general del Festival de les Artsen la Ciudad de las Artes y las Ciencias. EFE/Kai Försterling/Archivo

Laura Martínez / EFE

25 de marzo de 2026 19:23 h

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Un juzgado de València recomienda al Ayuntamiento que cambie de ubicación los festivales de música que se celebran en la Ciudad de las Artes y las Ciencias. El Contencioso número 8 ha dado la razón a los vecinos del entorno e insta al Ayuntamiento a adoptar medidas contra las molestias por ruido que generan los eventos, incluida la revocación de autorizaciones o su reubicación. Aunque la titularidad de CACSA es de la Generalitat, los vecinos denunciaron a la administración local por no tomar medidas sobre las molestias que genera el ruido.

La explanada de la Ciudad de las Artes y las Ciencias lleva años siendo uno de los espacios de moda para grandes eventos: solo en los próximos meses, en la temporada primavera-verano, están previstos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias festivales como el de Les Arts, Big Sound, Love the 90's y FAR.

El fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8, al que ha tenido acceso EFE, considera que el Ayuntamiento de València “ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad familiar e integridad personal” de los demandantes y fija una indemnización por daños morales a cada uno de los demandantes de 3.000 euros más intereses y al pago de las costas. Son, en total, 138.000 euros. El consistorio ha indicado que los servicios jurídicos municipales van a estudiar la sentencia, pero han recordado que los hechos denunciados se remontan a 2018 y la demanda a mayo de 2023, cuando la actual corporación municipal no había tomado posesión.

En su fallo, el juzgado considera que el Ayuntamiento “no ha probado que después de la reclamación objeto del proceso haya hecho algo eficaz para proteger o garantizar los derechos fundamentales de los demandantes, o para proteger y garantizar su medioambiente de dichas actividades al aire libre”. Tampoco, añade el escrito, “ha probado que haya medido los niveles de recepción en viviendas causados por tales actividades, incumpliendo así la Ley de Bases de Régimen Local, que establece que el Ayuntamiento es la Administración competente para impedir la existencia de contaminación acústica e inmisiones de ruidos no tolerables en su municipio, así como para proteger a sus ciudadanos frente a la misma”. Un tirón de orejas claro a la administración local.

Los vecinos, según el escrito judicial, denunciaron que tanto con la discoteca Umbracle, ubicada en la azotea, como con festivales musicales y conciertos en directo se producen transmisiones acústicas por vía aérea que “causan inmisiones de ruidos insoportables y no tolerables para el ámbito privado de las viviendas”. Aportaron informes que señalan que los niveles acústicos de recepción por vía aérea peritados alcanzan los 80 dBA, “no respetando los umbrales máximos tolerables de 45 dBA nocturnos y 55 dBA diurnos establecidos para transmisiones por vía aérea al ambiente interior domiciliario, exigidos en la Ordenanza municipal de Valencia contra la Contaminación acústica”.

El 11 de agosto de 2023 más de 200 vecinos de la zona denunciaron al Ayuntamiento las molestias por ruido, instando a la administración local a cumplimiento de su deber de vigilancia y la búsqueda de un emplazamiento alternativo para estas actividades.

“La exigencia normativa es clara”, apunta el fallo, pues “la inspección de una actividad que causa o es denunciada por ruidos debe realizarse directamente por el Ayuntamiento mediante su servicio de inspección o personal técnico inspector que tiene la condición de autoridad para ello y, única y necesariamente, mediante mediciones acústicas”. El fallo no es firme y cabe interponer recurso de apelación.

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