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El juez pide al TSJ que se investigue al diputado autonómico Miguel Domínguez

Miguel Domínguez, diputado autonómico y exconcejal del Ayuntamiento de Valencia

Moisés Pérez

Como ya hiciera con el Tribunal Supremo a propósito del blanqueo de dinero negro que afecta a la exalcaldesa de Valencia, Rita Barberá, el juez del 'caso Taula' ha trasladado la investigación sobre el mismo supuesto que atañe al exconcejal del Ayuntamiento de Valencia y actual diputado autonómico, Miguel Domínguez, al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Según el escrito razonado del magistrado, toma esta decisión al ser el Alto Tribunal autonómico el único competente para juzgarle.

En la pieza separada en la que se encontraba la investigación sobre Domínguez, se rastrea el presunto lavado de dinero negro de concejales, exconcejales, asesores y exasesores del PP. Este se hacía a través de un burdo sistema en el que los cargos municipales de los 'populares' daban 1.000 euros para financiar la campaña y a los pocos días se les devolvía la misma cantidad en dos billetes de 500. Un dinero que tendría un supuesto origen ilícito.

El magistrado considera que habiendo reconocido el exconcejal el donativo de 1.000 euros (por el que están imputados y han sido interrogados todos los concejales, exconcejales, asesores y exasesores que también efectuaron el pago en vísperas de las elecciones de 2015) sería “incoherente” no elevar exposición al TSJCV, por ser el único tribunal competente para investigar y, en su caso, juzgar al parlamentario autonómico.

A imitación de lo que hizo su anterior jefa, Rita Barberá, Domínguez rechazó la invitación del juzgado que investiga el 'caso Taula' para declarar voluntariamente. En lugar de eso, envió un escrito de alegaciones en el que admitía la aportación. Pero negaba cualquier reintegro y se desvinculaba de la organización de la campaña.

El juez aprecia en su escrito que las explicaciones ofrecidas por el diputado autonómico “pueden ser ciertas” y reconoce que “tienen sentido”. Aunque, precisa, que sus alegaciones “son insuficientes para excluir su posible implicación en los hechos investigados”. Para el juez, sus exculpaciones “no introducen en su relato hechos que, en relación y contraste con el resultado de lo instruido, permitan atribuir a los mismos una relevancia excluyente de su posible implicación”.

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