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Pase lo que pase, el Gordo nos toca a todos: a repartir más de 150 millones de euros

El poder de los macrodatos para predecir, ajeno a la lotería y juegos de azar

Marina Estévez Torreblanca

Hay varias maneras de afrontar el fenómeno de la Lotería de Navidad: con la esperanza “cierta” de hacerse millonario (las colas de más de una hora durante todo el año ante la administración madrileña de Doña Manolita así lo indican); con disgusto por el pago de impuestos correspondiente (los memes con la foto de Montoro y la frase “participo gratis en tu décimo y lo sabes” son un clásico); o con el consuelo de que, por el contrario, y pase lo que pase, la recaudación que se obtenga revertirá en el beneficio de todos, ya que con nuestros impuestos se sufragan, entre otras cosas, servicios públicos esenciales.

En todo 2016 se recaudaron en España por el gravamen de loterías 437,8 millones de euros. Más de lo que se destina en los Presupuestos Generales del Estado a las ayudas a la rehabilitación y acceso a la vivienda (328 millones); o a la lucha contra la pobreza infantil (342 millones). Solo gracias al Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad que se celebra este viernes 22 de diciembre y al del Niño (el 6 de enero), Hacienda recibirá más de 200 millones de euros (cálculos de los Técnicos de Hacienda). Con datos oficiales, el año pasado se recaudaron 143 millones en enero por lotería (atribuibles en gran parte al sorteo de Navidad, aunque el dato de la Agencia Tributaria incluye otros sorteos como la Primitiva) y 73 en febrero (que se pueden achacar a los premios del Niño). El resto de los meses del año la recaudación es de unos 20 millones.

Si nos toca...

En el caso de ser uno de los afortunados agraciados, solo pagaremos impuestos si el premio excede los 2.500 euros. El porcentaje de retención o ingreso a cuenta será del 20% sobre la cantidad adicional a la exenta. Así, por ejemplo un premio de 100.000 euros, tributaría al 20% sobre 97.500 (100.000 - 2.500) , por lo que se practicaría una retención de 19.500 euros y se percibirían 80.500 euros. Del mismo modo, si llevamos un décimo del “gordo”, premiado con 400.000 euros, pagaremos al departamento que dirige Cristóbal Montoro 79.500 euros (para el bien común) y nos embolsaremos 320.500 euros limpios.

Del mismo modo, los agraciados con el segundo premio –de 125.000 euros por décimo– cederán 24.500 euros al fisco, y a los ganadores del tercer premio –50.000 euros por décimo–, se les retendrán 9.500 euros.

¿Y si llevo un décimo compartido?

La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado deberá proceder a identificar a los ganadores de los premios sometidos a gravamen, es decir, los que sean superiores a 2.500 euros por décimo, independientemente de que el premio haya sido obtenido por uno solo o bien conjuntamente por varias personas o entidades.

En el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías...)  se deben distribuir los 2.500 euros que está exentos entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación. Además, quien figure como beneficiario único (o como gestor de cobro) por haberlo manifestado así en el momento de cobrar el premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones. Deberá identificar a cada ganador así como su porcentaje de participación.

¿Y si me compré el boleto en vacaciones y luego volví a casa en otro país?

Los contribuyentes no residentes sin establecimiento permanente que resulten agraciados y hayan soportado la retención en el momento del abono del premio podrán solicitar la devolución que pudiera corresponderles por aplicación de un convenio para evitar la doble imposición internacional.

Esto sería así porque la retención se hace al cobrar los premios. De esta manera, los agraciados recibirán el importe con el impuesto ya descontado con un gravamen especial. De este modo, el premio no tendrá ningún impacto en el IRPF, salvo añadir en la declaración de la renta posibles rendimientos que pueda generar, como los bancarios.

¿Y si un familiar o amigo gana un premio y decide compartirlo conmigo?

Quien no gane directamente un premio, pero tenga la suerte de que otras persona le dé parte del suyo, deberá también tributar por esta ganancia patrimonial a través del impuesto de Sucesiones y Donaciones.

¿Es buena idea vender mi décimo premiado a Carlos Fabra?

El expresidente de la Diputación de Castellón, en libertad provisional por varios delitos de fraude fiscal, es célebre entre otras cosas por su suerte en los juegos de azar: entre el año 2000 y 2011 se embolsó más de 2,2 millones en premios y le tocó la lotería en, al menos, cuatro ocasiones. En realidad, y aunque no se llegó a demostrar en el juicio, se sospecha que el expolítico del PP, al igual que otros corruptos, blanqueaba dinero comprando números premiados.

Los Técnicos de Hacienda, informa Europa Press, han advertido al respecto: “Los agraciados que lo hagan no podrán acreditar ante Hacienda el origen de estos fondos, lo que puede acabar con una inspección que exija, entre la deuda y la sanción, hasta el 70% del importe ganado, sin perjuicio de las responsabilidades penales en las que pudiera incurrir por cooperar en un delito de blanqueo de capitales”.

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