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La justicia europea avala el impuesto al carbón

La central térmica de As Pontes en una imagen de archivo.

Irene Castro

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El impuesto al carbón para la generación eléctrica es legal. Es la conclusión del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), a donde ha llegado el litigio de Endesa contra esa medida fiscal. Los jueces de Luxemburgo avalan la legalidad de esa tasa frente a la compañía energética al considerar que cumple con los requisitos establecidos en las normas europeas al tratarse de una iniciativa medioambiental.

El caso se remonta al año 2013, cuando a raíz de una inspección tributaria en la central térmica de Almería, propiedad de empresa, las autoridades fiscales consideraron que el carbón que había adquirido la compañía para generar electricidad debía ser gravado y le exigió un aumento en la liquidación así como los intereses. El argumento de los inspectores es que la base imposible sobre el carbón debía determinarse de acuerdo con el poder calorífico superior del carbón independientemente de que la energía aprovechada para la producción de electricidad.

Endesa ha combatido esa decisión en los tribunales y la Audiencia Nacional planteó una cuestión prejudicial a Luxemburgo ante las dudas existentes sobre las condiciones en las que se puede establecer ese gravamen.

El TJUE sentencia que el impuesto al carbón con el que se produce electricidad cumple con el requisito de mejorar la protección del medio ambiente y considera que los motivos de política medioambiental justifican la doble imposición. “La facultad de someter a gravamen por motivos de política medioambiental los productos energéticos utilizados para producir electricidad constituye una excepción al principio de imposición única de la energía eléctrica”, recuerda en tribunal de Luxemburgo.

“En la medida en que lo recaudado mediante dicho gravamen se destine a fines relacionados con la mejora de ese sistema para poder alcanzar los objetivos medioambientales que la Unión se ha marcado, incluida la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y la neutralidad climática, esos elementos pueden confirmar que el gravamen persigue efectivamente un objetivo de protección del medioambiente”, agrega el TJUE, que deja ahora el asunto en manos de la Audiencia Nacional.

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