El varapalo del Tribunal de la UE a la discriminación de la prioridad nacional en las ayudas sociales agita la política extremeña
El PSOE de Extremadura ha preguntado a María Guardiola “qué tiene que decir” tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que señala que “el Derecho de la UE no contempla la duración de la estancia en el territorio de un Estado miembro como un criterio para la concesión de las prestaciones” para los beneficiarios de protección internacional.
La corte, con sede en Luxemburgo, se expresó así sobre un litigio iniciado en Italia por el que se le retiró una ayuda social y de inserción laboral a una persona beneficiaria de protección subsidiaria por no cumplir el requisito de diez años de residencia en el Estado miembro.
El portavoz del PSOE de Extremadura, Manuel González Andrade, ha asegurado en un comunicado que esta resolución europea “confirma las serias dudas de legalidad” que ya advirtieron desde el primer día sobre el pacto firmado entre PP y Vox“.
“Ya dijimos que ese acuerdo incluía planteamientos incompatibles con el derecho europeo y hoy la justicia europea nos da la razón. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea deja claro que exigir años de arraigo para acceder a ayudas sociales es discriminatorio e ilegal”, ha afirmado González Andrade.
El portavoz socialista ha señalado que ahora la presidenta de la Junta “debe explicar si piensa seguir aplicando y defendiendo medidas inspiradas por Vox que chocan frontalmente con los principios de igualdad y no discriminación que protege la Unión Europea”.
En ese sentido, González Andrade ha avisado de que el PSOE de Extremadura va a mantenerse “muy pendiente” de cada decisión que adopte el Gobierno autonómico porque “el principal problema que tiene esta legislatura es que la señora Guardiola está obligada a cumplir un pacto impuesto por Vox”.
“Algunos decían que exagerábamos cuando alertábamos de las consecuencias de ese pacto, pero hoy vemos que no era así”, ha añadido el portavoz socialista, quien ha anunciado además que el comité jurídico del PSOE de Extremadura “ya está estudiando todas las implicaciones que puede tener esta sentencia sobre las iniciativas y compromisos asumidos por la Junta de Extremadura de Guardiola”.
Para el PSOE de Extremadura, esta región no puede gobernarse desde la discriminación ni desde políticas que vulneren derechos fundamentales o entren en conflicto con el derecho europeo, por lo que el portavoz socialista ha reclamado a Guardiola que “abandone cualquier planteamiento inspirado por la extrema derecha que ponga en riesgo la igualdad de acceso a los servicios y ayudas públicas”.
El litigo en Europa
Los jueces del Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideraron que el umbral mínimo de diez años de residencia para tener acceso a ayudas sociales constituye una “discriminación indirecta” hacia los beneficiarios de protección internacional porque “aunque se aplica por igual a todas las personas (sean beneficiarios de ese estatus o nacionales del propio Estado), afecta principalmente a los no nacionales”. Para la Justicia europea, esa “diferencia de trato no está justificada” y “constituye una discriminación indirecta prohibida por el Derecho de la Unión”.
La prestación que le fue retirada al beneficiario de protección internacional en Italia, llamada “renta garantizada de ciudadanía”, combinaba tanto prestaciones sociales como un programa de inserción profesional. Los jueces europeos sentenciaron que tanto la medida de acceso al empleo como la prestación social básica están sujetas al “principio de igualdad” entre los beneficiarios de protección internacional y los nacionales.
La Justicia europea consideró, además, que ese requisito de diez años de residencia “no está objetivamente justificado” por el hecho de que esa concesión suponga, según el Gobierno italiano, “una carga administrativa y económica considerable, lo que a su entender justifica reservar esta concesión únicamente a las personas bien integradas en la comunidad nacional”.
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