Ecologistas en Acción califica de “arbitraria” la nueva Ley del Paisaje de La Rioja

Varios molinos de viento al amanecer en un parque eólico, en una imagen de archivo. EFE/Jens Buettner

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El pasado 2 de julio de 2025 se publicó en el B.O.R la Ley 4/2025, de 1 de julio, del Paisaje de La Rioja. Ecologistas en Acción de La Rioja ha manifestado que comparte la necesidad de la existencia de una Ley del Paisaje pero oponiéndose a la que ha sido aprobada por el Parlamento de La Rioja. La consideran “insuficiente, sectaria y arbitraria” y creen que “no aborda las amenazas paisajísticas más importantes que afectan a La Rioja”.

Consideran que es una ley, que bajo el paraguas de lo “verde” está hecha “con el único y exclusivo propósito de impedir el desarrollo de las energías renovables en zonas agrícolas”.

Denuncian que califican como “proyectos de elevado impacto paisajístico” proyectos de escasa relevancia, relacionados con la implantación de energías renovables, tanto eólicas como solares, así como proyectos de distribución de energía eléctrica. Un parque eólico de más de 3 molinos de 5 MW o un parque solar superior a los 5 MW ya se consideran de elevado impacto paisajístico.

Insisten en que “el propósito está claro, impedir el desarrollo de éstas energías limpias y renovables en La Rioja, al apostar el Gobierno por energías sucias y liberadoras de CO2, contribuyendo con ello al cambio climático”.

Se definen como “zonas excluidas” para proyectos de elevado impacto paisajístico, zonas agrícolas que carecen de valores paisajísticos reseñables, como las concentraciones parcelarias o los regadíos, siendo más bien ellos mismos altamente impactantes en el paisaje agrícola, destruyendo elementos de alto valor como setos, ribazos y linderos arbolados, e implantando infraestructuras que destruyen el paisaje agrícola.

“Que no se venda como paisaje destacable algo que no lo es y no tiene ningún valor como tal. El propósito es puramente económico y no ambiental”, continúan, “hay una manifiesta inseguridad jurídica en los procedimientos administrativos para los promotores de proyectos al poder revocar el Consejo de Gobierno las resoluciones desestimatorias de órganos inferiores”.

Es decir el Consejo de Gobierno tiene la última palabra para autorizar o no un proyecto, independientemente de si es un proyecto de elevado impacto o se realiza en una zona excluida.

“Es una Ley difícilmente aplicable en la protección real del Paisaje, al no disponer en la actualidad del Catálogo de Paisajes -documento identificativo de los principales paisajes de La Rioja- y de la Directriz de Paisaje -instrumento normativo donde se definen los objetivos de planificación y gestión- documentos imprescindibles para su aplicabilidad”, señala el colectivo ecologista.

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