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Reflexiones sobre la eutanasia

Jose F. Solsona

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Es posible que en la próxima legislatura, se apruebe la regulación de la eutanasia. Debido a ello, quisiera hacer algunas consideraciones sobre el tema:

Primera consideración. Para aprobar una norma moral, es claro que debemos conocer con exactitud de qué estamos hablando (los hechos). Vamos a poner a prueba a los lectores, con los siguientes escenarios clínicos, para conocer si sabe distinguir los casos que se refieren a la eutanasia y los que no, ya que un reciente estudio en nuestro hospital nos mostró un gran desconocimiento del tema.

Primer escenario. Un paciente está conectado a una máquina de respirar. Pide que se le desconecte después de pensárselo mucho. Se obedecen sus instrucciones, con lo que el paciente fallece.

Segundo escenario. Un paciente en estado terminal pide al médico que no le deje sufrir cuando se inicie el proceso de fallecer. El médico evita los sufrimientos del paciente con una sedación adecuada para paliar los síntomas.

Tercer escenario. Una familia pide para su familiar que esta inconsciente y en estado terminal, que le de algún medicamento con la finalidad de acabar con su vida. El profesional sanitario accede y debido a este medicamento fallece.

Cuarto escenario. Un paciente en estado terminal, pide a su médico algún medicamento para acabar con su vida para ingerirlo el mismo. El paciente toma el medicamento y fallece.

Pues bien. Esto son los cuatro escenarios. La respuesta puede ser todos, ninguno, y alguno o varios escenarios clínicos. Es de esperar que si el lector sabe con seguridad que es la eutanasia lo conteste fácilmente. Vamos a ver las posibles respuestas.

Ninguno de los escenarios es eutanasia. No se extrañe el lector que no lo haya acertado. Ninguno de mis estudiantes de medicina y enfermería lo hacen, y sólo una pequeña proporción de médicos y enfermeras en activo lo aciertan. Y esto es debido a que se confunde el término con la limitación de tratamiento (legal, escenario 1), sedación en paciente terminal (legal, escenario 2), acortar el proceso de morir (ilegal, escenario 3), y suicidio asistido (ilegal, escenario 4).

Segunda consideración. Llamamos eutanasia a un proceso activo, directo y voluntario. Es decir, un paciente competente (o sea en buen uso de sus facultades mentales) y que de manera reiterada, pide al profesional sanitario que por una acción directa y activa acabe con su vida. Es decir, la familia no puede pedir la eutanasia para una paciente con demencia, por poner un ejemplo. Debe ser el propio paciente quien lo pida.

Tercera consideración. Y quizá una de las más importantes. ¿Sólo lo puede pedir un paciente en situación de una grave enfermedad, o también está abierto a seres humanos que ya no quieren vivir en este mundo pero que no padecen ninguna enfermedad grave e incurable (cansancio vital)? Según un estudio encargado por el Gobierno de los Países Bajos publicado recientemente en El País, existen unas 10.000 personas en este país en la situación que hemos descrito previamente. Es decir, ¿debemos entender a los pacientes que ya han llegado a una situación de baja calidad de vida y piden que se les ayude a morir?; o si no entendemos la causa por la que piden la eutanasia, ¿debemos negarnos a ello?

Cuarta consideración. La distinción con el suicidio asistido. Hasta ahora la ley, y para algunas personas la moral, penaliza las acciones sobre otra persona con la finalidad de acabar con su vida (acciones transitivas), pero no las acciones realizadas sobre la misma persona (suicidio) (acción intransitiva). En el suicidio asistido, la transitividad del acto queda reducida a su mínima expresión, es decir, es el paciente el que realiza el acto final, no es el profesional sanitario. En mi opinión creo que es más defendible el suicidio asistido que la eutanasia. Es el caso de Ramón Sampredo, inmortalizada en la película Mar Adentro, que ingirió el veneno que acabó con su vida. Eso sí, esta última acción no debería provocar sufrimientos innecesarios al paciente.

Quinta consideración. Hasta ahora los pacientes que dependen de un tratamiento vital están discriminados en positivo sobre los que no dependen de este tratamiento. Es decir, los pacientes que dependen de una máquina de diálisis pueden, en el momento que decidan, no acudir a las sesiones y acabar con su vida. No sucede lo mismo en pacientes que tienen una enfermedad grave, incurable, y que les supone unos graves padecimientos, pero que no dependen de algún tratamiento que ellos puedan interrumpir.

Y la última consideración. Un país que legaliza la eutanasia debe asegurar que existen unos buenos cuidados paliativos y de atención del dolor y del final de la vida. Es decir, que los pacientes no pidan la eutanasia por la falta de estos cuidados. Y creo que en nuestro país existe un nivel adecuado de atención en el final de la vida. Así pues, esto no creo que pueda ser una causa de demanda de eutanasia.

Si preguntamos a los ciudadanos en general si desean una buena muerte, la mayoría por no decir todos contestaran afirmativamente. Es lo que significa la palabra eutanasia (eu-buena, tanatos-muerte). Nuestro parlamento puede aprobar que en determinadas enfermedades crueles e incurables el paciente pueda decidir acabar con su vida. Y el profesional sanitario que no haga objeción de conciencia, acceda a acabar con ella. Solo teniendo claro cuales son los hechos, podemos adoptar una posición moral al respecto.

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