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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

La transfobia como argumento jurídico: el nombre de las personas trans no es un pseudónimo

La tuitera Cassandra, en el banquillo de la Audiencia Nacional acusada de enaltecimiento del terrorismo

Marta Borraz

Cassandra Vera se llama Cassandra Vera aunque aún no lo diga su DNI. Eso a pesar de que el Ministerio Fiscal aseguró en un escrito adelantado por la Cadena Ser que la joven “se escondía bajo el pseudónimo de Cassandra” para cometer el delito por el que le ha condenado la Audiencia Nacional. Este es uno de los elementos que utiliza la Fiscalía, al pedir al Tribunal Supremo que confirme la pena de un año de cárcel, para argumentar que la joven sabía que cometía “hechos patentemente ilícitos” al tuitear varios chistes sobre la muerte de Carrero Blanco.

“Además de ser un argumento sin fundamento porque yo jamás he ocultado mi identidad en redes sociales, es una falta de respeto más por parte de la justicia”, explica Cassandra a eldiario.es. Y es que a pesar de ser una mujer –mujer transgénero, según especifica en su biografía de Twitter–, las alusiones de la Fiscalía se unen a que fue tratada en masculino durante todo el procedimiento judicial, en el que no se respetó su género sentido. Ocurrió durante el juicio y también en la sentencia que se ha hecho pública y que contiene hasta medio centenar de referencias a “el acusado”, “el autor” o “el declarante”.

Los colectivos trans y LGTBI suman ahora sus quejas a la indignación que ya mostraron en su momento y aseguran que estos hechos “chocan contra los avances que se vienen produciendo en los últimos años en esta materia”, explica Mané Fernández, portavoz de Políticas Trans de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB). “Es un argumento que denota la transfobia institucional con la que muchas veces nos encontramos”.

“¿Quién está humillando a quién?”, se planteaba la jurista especializada en derechos LGTBI Violeta Assiego en un artículo en el que llamaba la atención sobre lo que estaba ocurriendo con el tratamiento judicial a Cassandra, que ha sido condenada por humillación a las víctimas. “Se estaba juzgando que yo podía haber atacado el honor de alguien y a la vez se estaba faltando al mío”, dice la joven. Eso a pesar de que su abogado pidió que fuera tratada por su nombre y en femenino. “En principio no pusieron ninguna pega, pero en el momento del juicio no se respetó”, dice Cristóbal Gázquez, portavoz de BGD Abogados.

Un principio que ya está en las leyes

Cassandra, como muchas otras personas trans, se encuentra ahora tramitando la modificación de la mención registral de los documentos oficiales. Un proceso que sigue necesitando de varios requisitos a la espera de que el Congreso prosiga el trámite de la proposición de ley que los elimina y que fue aprobada por la cámara, con la abstención del PP, el pasado 30 de noviembre. La iniciativa se basa en el principio de la libre autodeterminación del género y establece que las leyes deben reconocer el derecho a la identidad de género “sin condicionamientos ni dependencias de asignación o acreditación por parte de terceros”.

Es también este mismo principio el que ha inspirado la redacción de muchas de las leyes autonómicas contra la LGTBIfobia aprobadas en los últimos años y que establecen el derecho de las personas trans al respeto a su identidad sentida. La norma madrileña, por ejemplo, lo hace en su artículo 4.1: “Toda persona tiene derecho a construir para sí una autodefinición con respecto a su cuerpo, sexo, género y su orientación sexual. La orientación, sexualidad e identidad de género que cada persona defina para sí es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de autodeterminación, dignidad y libertad”.

Cassandra Vera debería haber sido tratada como Cassandra si la primera ley estatal LGTBI, cuya toma en consideración fue aprobada por el pleno del Congreso el pasado mes de septiembre, hubiera estado en vigor en el momento del juicio. Y es que la norma reserva un artículo específico para instaurar que las personas trans tienen derecho a la identidad de género “en los diferentes ámbitos de la vida social” y en particular en el acceso a los servicios públicos. De esta manera, prosigue la ley, “el personal de cualquier administración deberá respetar la expresión e identidad de género de la persona en el trato que le dispense, con independencia de haber obtenido o no el reconocimiento legal del mismo”.

El TEDH se pronunció en 2002

El tratamiento de las personas trans en base a su sexo sentido también ha atravesado las puertas de las aulas y muchas comunidades han comenzado a enviar circulares a los centros educativos para que el alumnado sea llamado por su nombre elegido y utilicen los baños y vestuarios acordes. En este escenario, las referencias de la Fiscalía a Cassandra como un pseudónimo son, para la Plataforma por los Derechos Trans, “un retroceso” y algo “vejatorio, trasnochado y una agresión al derecho de la libre determinación de la identidad y expresión del género”, afirma el colectivo en un comunicado hecho público este miércoles.

“La identidad de género no es un disfraz, es un derecho humano. Nuestra intención no es inmiscuirnos en el procedimiento judicial, pero denominar pseudónimo al nombre con el que Cassandra se socializa y reconoce es un retroceso y una burla que afecta a todas las personas trans”, asegura la presidenta de la plataforma Mar Cambrollé. “Si yo digo que soy María, ¿quién me lo puede negar? Yo desde mi madurez, mi voluntad y el reconocimiento de mi identidad, ¿por qué no voy a estar capacitado para ser quién soy? ¿Qué otra persona en España debe pasar por un filtro de terceros para ser reconocida?”, se pregunta Mané Fernández.

No solo hablan de ello los colectivos LGTBI, también el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha pronunciado al respecto. En una sentencia histórica de 2002, resultado de la demanda que Christine Goodwin interpuso contra el Reino Unido, estimó que identificar a una persona como hombre o mujer “atendiendo únicamente al sexo biológico/cromosómico” puede suponer una vulneración de los derechos humanos del individuo. Desde entonces y según varias letrados consultados, cuando el tribunal conoce casos de personas trans, usa el nombre y el género tal y como se identifica él o la demandante y sin atenerse al nombre que consta en los documentos oficiales.

Carmen, una mujer trans miembro del colectivo LGTBI Cogam, hace hincapié en que las referencias de la Fiscalía a Cassandra “son un ataque a su dignidad y algo vejatorio”, explica poniendo como ejemplo su situación actual: “A mí mis compañeros y compañeras de trabajo me llaman Carmen, pero cuando abro el correo electrónico aparece el nombre masculino porque todavía no ha sido cambiado a pesar de que lo he pedido. Además de obligarte constantemente a dar explicaciones sobre tu vida privada, es algo humillante”, concluye.

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