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Fracasa el último recurso judicial del exlíder de Vox en Andalucía acusado de fraude de subvenciones y estafa

Francisco Serrano, en 2020 en el Parlamento de Andalucía

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La Audiencia de Sevilla ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Francisco Serrano, quien fuera cara visible de Vox en Andalucía y candidato a la Junta en las elecciones de finales de 2018, quien se sentará en el banquillo de los acusados por una ayuda de 2,5 millones del Ministerio de Industria solicitada por la empresa Bio Wood Niebla S.L, creada en marzo de 2016. El juez Juan Gutiérrez dictó hace un año el auto de procedimiento abreviado al haber dado por concluida la instrucción de esta causa contra Serrano y a sus dos antiguos socios, Enrique Pelegrín y Francisco Javier López Ballesteros, habiendo “indicios racionales” para los tres de delitos de fraude de subvenciones y de estafa. “Se evidencian que existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a los investigados”, dice el auto. El procedimiento se abrió como consecuencia de la denuncia ante la UDEF del secretario general de FACUA, Rubén Sánchez.

En un auto emitido el pasado 29 de febrero, la Sección Séptima de la Audiencia aborda el recurso de apelación de Francisco Serrano, contra el auto emitido el 18 de enero de 2023 por el Juzgado de Instrucción número 16 continuando por el procedimiento abreviado las diligencias incoadas en su contra y también contra Enrique Pelegrín y Francisco Javier López Ballesteros, impugnación en la que el exdirigente de Vox alegaba que fue “víctima de las estrategias delictivas” de los dos últimos inculpados y que tenía “confianza ciega” en López Ballesteros.

Al respecto, la Sección Séptima de la Audiencia reconoce que a comienzos de octubre de 2017, Serrano dimitió de sus cargos en la sociedad Proyectos e Inversiones Serralba, beneficiaria de parte del dinero público presuntamente defraudado, y que por las mismas fechas “Pelegrín manifiesta eximir de toda responsabilidad” a Serrano respecto a la administración del citado préstamo, pero avisa de que “ya en esa fecha se había dispuesto del dinero procedente del préstamo y se había destinado a fines distintos a la construcción de la fábrica (objeto de la ayuda estatal), por lo que el presunto delito ya estaría presuntamente consumado”.

Por eso, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla resuelve desestimar por completo el recurso de apelación de Serrano y confirmar el auto de continuación de las actuaciones por el trámite del procedimiento abreviado.

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