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El Gobierno andaluz eludió consultar a sus servicios jurídicos sobre la “urgente necesidad” de subir el sueldo a Moreno

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, interviene durante un foro 'Generación de Oportunidades', en el Auditorio ‘El Beatriz Madrid’.

Daniel Cela

Sevilla —
12 de febrero de 2024 22:36 h

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El Gobierno andaluz decidió no consultar a sus servicios jurídicos la subida salarial del presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno, aprobada en plenas fiestas navideñas a través de un decreto ley, una figura legislativa para situaciones de “extraordinaria y urgente necesidad”.

La Consejería de Presidencia argumenta que hay un vacío legal en la norma que regula los decretos leyes –Ley de Gobierno de Andalucía– y defiende que el informe jurídico “no es preceptivo”.

Sin embargo, el decreto ley con la subida salarial de Moreno es uno de los cinco que ha llegado al Parlamento andaluz para su convalidación en esta legislatura sin un informe previo del gabinete jurídico de la Junta, de los 23 que se han tramitado hasta hoy.

El Consejo de Gobierno andaluz aprobó el pasado 27 de diciembre un decreto ley con una subida salarial del 18,9% para el presidente de la Junta y un incremento del 15% de media en el sueldo de 269 altos cargos de confianza en su Ejecutivo, incluido todos los consejeros. La norma se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el 4 de enero y fue convalidado el 10 de enero en el Parlamento, con el voto en solitario del PP (que ostenta mayoría absoluta) y el rechazo de toda la oposición.

El importe total en nóminas ascendió a 2,5 millones de euros y obligó a corregir los Presupuestos Autonómicos para 2024, que se habían aprobado sólo cinco días antes en la Cámara. Moreno pasó a cobrar 87.333 euros al año, de los 71.166 euros que percibía hasta el pasado 1 de enero.

La Junta aprobó ese decreto ley por la vía de urgencia pero, en este caso, decidió no consultar a su gabinete jurídico para que valorase la “extraordinaria y urgente necesidad” de subir el sueldo al presidente, como argumentaba la memoria justificativa del decreto. “No existe informe emitido del Gabinete Jurídico así como ningún tipo de comunicación emitida por los servicios jurídicos de la Junta de Andalucía en relación con el decreto ley” de subida salarial del presidente andaluz, confirman a este periódico fuentes de la Consejería de Presidencia.

“Urgencias, excepciones e imprevistos”

El decreto ley es una “medida legislativa provisional” del Ejecutivo, regulada en el artículo 110 del Estatuto de Autonomía, para casos excepcionales, urgentes o imprevistos, siempre que no afecte a derechos estatutarios, al régimen electoral o a las propias instituciones andaluzas. La Junta tampoco puede aprobar unos presupuestos por decreto ley.

El PP ha cuestionado duramente al Gobierno de Pedro Sánchez el “abuso” de esta figura durante su mandato, también para subir los emolumentos de sus ministros.

Cuando el Gobierno andaluz decidió usar un decreto ley para subir los sueldos de todos sus altos cargos, la oposición de izquierdas denunció que en el expediente aprobado en el Consejo de Gobierno del 27 de diciembre no aparecía el informe de los servicios jurídicos justificando “la urgente necesidad”. Ese mismo día se aprobó otro decreto ley, que sí iba acompañado de un informe favorable de los letrados.

Desde entonces, y a preguntas de este periódico, la Consejería de Presidencia ha mantenido hasta hoy la duda de si el informe jurídico no existía porque nunca lo solicitaron, o si había informe pero lo “estaban ocultando porque era desfavorable”, como sugería el PSOE–A y la coalición Por Andalucía. Una vez convalidado el decreto ley por el Parlamento andaluz, ambos partidos de izquierdas reclamaron el informe a la Junta, apelando al artículo 7 del reglamento de la Cámara, sin obtener una respuesta oficial hasta hoy.

El consejero Antonio Sanz remitía a la memoria justificativa elaborada por su propio departamento, que subraya “la necesidad de que las retribuciones estén adaptadas desde el inicio del ejercicio presupuestario”. Aunque eso no explica por qué la Junta no incluyó la subida salarial en los Presupuestos andaluces –aprobados cinco días antes– como hicieron los otros diez presidentes autonómicos que se subieron el salario antes que Moreno.

En una reciente respuesta a través del Portal de Transparencia, el Gobierno andaluz aclara finalmente que no hay informe. Nunca se pidió al gabinete jurídico que estudiase el contenido del decreto ley con la subida salarial de Moreno porque, según la Junta, “no existe [en la Ley de Gobierno de Andalucía] ninguna disposición específica en lo relativo al procedimiento para la tramitación de los decretos–leyes” ni que “obligue a solicitar” dicho informe.

La respuesta por escrito que ha obtenido este periódico es tajante: “A este respecto hay que señalar que no se regula en la normativa autonómica procedimiento alguno para la elaboración de los decretos–leyes, no siendo por tanto preceptiva la solicitud de ningún informe, incluido el expresamente requerido”.

A preguntas de los periodistas, el portavoz parlamentario del PP andaluz, Toni Martín, ya dio a entender que la Junta había considerado en este caso que el informe jurídico “no era preceptivo”.

23 decretos ley, todos con informe jurídico menos cinco

Todos los grupos de la oposición han cuestionado este razonamiento. A falta de dilucidar este dilema desde el punto de vista del ordenamiento jurídico, sí se puede concluir que un decreto ley del Gobierno andaluz sin un informe de los letrados de la Junta es una rareza. Sólo hay cinco en este mandato.

El decreto ley de la subida salarial del presidente Moreno es uno de esos casos excepcionales que han llegado al Parlamento andaluz para su convalidación sin un informe jurídico previo de la Junta, de los 23 que se han tramitado en esta legislatura, según consta en los expedientes de todos los consejos de gobierno celebrados hasta la fecha.

Fuentes de la Cámara autonómica explican que “no es habitual” que la normativa que el Ejecutivo envía al Parlamento carezca de informe jurídico, pero también advierten de que su reglamento interno no obliga a que los decretos lleguen con un aval jurídico cuando aterrizan para su debate y aprobación.

La Diputación Permanente de la Cámara, con el voto en solitario del PP, convalidó el pasado 10 de enero el polémico decreto con la subida salarial de Moreno, que modifica la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos.

Toda la oposición votó en contra, excepto el PSOE, que defendió una posición muy crítica, pero luego se abstuvo. La decisión de abstenerse se tomó a última hora y vino directamente desde la dirección del partido que pilota su secretario general, Juan Espadas.

En su discurso, el diputado socialista Josele Aguilar trató de buscar el equilibrio entre una posición comprensiva con la necesidad de subir el salario al presidente andaluz –el segundo que menos cobraba de España, por detrás del de Cantabria– con un severo cuestionamiento del procedimiento.

Aguilar afeó al Gobierno andaluz que hubiera aprobado este decreto ley en plenas navidades, por la vía de urgencia, sólo cinco días después de que el Parlamento aprobase los Presupuestos Autonómicos para 2024, y sin informe jurídico que argumentase dónde estaba esa “extraordinaria y urgente necesidad” que recogía la norma. Los socialistas creen que el informe “sí es preceptivo” y estudian las vías jurídicas y parlamentarias para atacar por ese flanco a Moreno.

El decreto ley, que tiene efectos desde el 1 de enero de 2024, representa un gasto total de 2,5 millones de euros en nóminas de los altos cargos de la Junta, incluido los consejeros, viceconsejeros, secretarios generales, directores generales y delegados territoriales en las ocho provincias. La norma obligó a modificar el capítulo uno del Presupuesto andaluz del presente ejercicio, aprobado sólo cinco días antes.

Otros diez presidentes autonómicos se han subido el sueldo estos últimos meses, pero siempre dentro de la ley de Presupuestos de sus comunidades.

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