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El Gobierno de Cantabria relajará la normativa para permitir construcciones turísticas en zonas costeras protegidas

Playas y zona litoral en la costa de Liencres.

Olga Agüero

Santander —
24 de enero de 2026 22:20 h

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El futuro Plan Regional de Ordenación del Territorio (PROT) que impulsa el Gobierno del PP en Cantabria podrá autorizar la edificación con fines turísticos en el litoral, donde también podrán construirse edificios de utilidad pública e interés social. También permitirá transformar en viviendas todas las edificaciones ya existentes en primera línea de costa en terrenos que ahora están protegidos. Por contra, prohíbe los campings y aparcamientos de autocaravanas.

El borrador, que en estos momentos analizan las instituciones implicadas en el urbanismo de Cantabria, abre la puerta a construir en zonas costeras protegidas hasta ahora “por algún instrumento de protección del litoral”, describe exactamente el documento al que ha tenido acceso elDiario.es.

Durante su presentación, el consejero de Fomento, Roberto Media (PP), ya advirtió que el PROT tendrá “carácter prevalente” sobre el resto de instrumentos territoriales, como el Plan de Ordenación del Litoral (POL) y otras legislaciones sectoriales, que pasarán a considerarse Planes Territoriales Parciales en áreas como carreteras, suelo o energía, por ejemplo.

En este sentido, el Plan redactado por el Gobierno de Cantabria establece nueve categorías de suelo rústico para definir, a su vez, los usos que se pueden dar a cada uno de los tipos.

Uno de ellos es el suelo calificado como 'especial protección litoral', que engloba a la zona de costa -playas y estuarios-, las rías, marismas, zonas de matorral y bosque litoral (brezales, encinares, etcétera), incluidos los que forman parte de un paisaje relevante o los que están protegidos.

En estas zonas catalogadas como litoral se pueden autorizar construcciones para usos turísticos rurales, edificios de utilidad pública e interés social además de actividades cinegéticas y piscícolas, usos forestales y actividades de comercialización de productos artesanos. Asimismo, podrán atravesar el suelo del litoral carreteras y caminos, líneas de tendido aéreo y subterráneas.

Cuatro niveles de uso del suelo rústico

El documento establece cuatro niveles de uso del suelo rústico. Respecto al suelo del litoral, el primer nivel es que permite la conservación, mejora ambiental y actividades científico‐culturales.

El segundo nivel, en la nomenclatura utilizada por el PROT, es la categoría de 'autorizable con construcción' para usos de turismo rural, edificios de utilidad pública o interés social y transformación en viviendas de edificaciones ya existentes.

Vista aérea de Costa Quebrada.

El tercer nivel se corresponde con las usos que se permiten sin construcciones ni instalaciones. Es decir, actividades de recreo sin estructuras fijas y usos agrícolas o ganaderos.

Por último, la cuarta categoría prohíbe en primera línea de costa los campings, las áreas de servicio de autocaravanas, las actividades extractivas, la ganadería intensiva y las industrias agroalimentarias, escombreras, infraestructuras energéticas o de telecomunicaciones. En el litoral cántabro tampoco se podrán edificar viviendas, ni unifamiliares ni vinculadas a explotaciones. También queda protegido de la instalación de equipamientos públicos o privados.

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