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Castilla-La Mancha quiere reconocer por ley el derecho de los niños a desarrollar su identidad sexual

Foto: Europa Press

Carmen Bachiller

A poco más de una semana de las Elecciones Autonómicas del 26 de mayo, el Gobierno de Castilla-La Mancha da a conocer el anteproyecto de Ley de Infancia y Familia abriendo un periodo de información pública, hasta el 13 de junio, para posibles alegaciones.

Se trata de actualizar esta norma, para sustituir la vigente Ley 5/2014 de Protección social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de la etapa de Gobierno de Dolores de Cospedal y consolidar en la legislación regional las novedades de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio.

Ya era un reto social en 2016. Ahora en el filo del cierre de la legislatura contempla entre las principales novedades el reconocimiento al menor de su identidad y expresión de género “como parte integrante del derecho de los niños a desarrollar su propia identidad personal y sexual” y,  en este sentido, la norma obliga al Gobierno de Castilla-La Mancha a “prestar la asistencia y protección apropiadas cuando la persona menor de edad sea privada ilegalmente de alguno o de todos los elementos de su identidad”.

De hecho, en esta legislatura se aprobó un  Protocolo de Actuación sobre Identidad y Expresión de Género de los menores, implementado por el Instituto de la Mujer de la región, en colaboración con las consejerías de Sanidad, Bienestar Social y Educacion. 

Ahora,  explica la directora general de Familias y Menores, María Ger, la nueva ley viene a “consolidar derechos” que deberán desarrollarse reglamentariamente a través de distintas medidas que pongan en marcha las administraciones públicas. Es una apuesta, dice, por “la tolerancia”, que apoyan los profesionales, frente a las voces que ahora surgen cuestionando este tipo de iniciativas. 

“Lo importante es que por primera vez recogemos en una norma autonómica ese derecho: que se respete la identidad de género sentida por el menor” que servirá para resolver “conflictos” por ejemplo en el ámbito educativo. “Si un  niño o niña siente una identidad distinta a la de su nacimiento, se trata de mediar y proteger ese derecho. De alguna manera, tenerlo reconocido por ley, da sustento a las administraciones a la hora de apoyar a las familias en el reconocimiento de ese derecho de sus hijas o hijos”.

Hasta la fecha, la única comunidad autónoma que había regulado esta cuestión es la valenciana que recoge en una ley reciente, explica María Ger, “el libre desarrollo de la personalidad acorde con la identidad personal y expresión de género”.

El abuso sexual infantil, el acoso o las adicciones

La nueva ley también reconoce la condición de víctimas de violencia de género a los niños inmersos en estas situaciones implementando a la legislación regional lo que ya contempla la normativa estatal. 

Después otra de las novedades importantes es la incorporación a la normativa de un título específico sobre la prevención y apoyo especializado en cuestiones de infancia y familia, subraya la directora general. 

La nueva ley trata de actualizar y redefinir el marco global de atención a la infancia y a las familias en Castilla-La Mancha contemplando nuevas realidades relacionadas con las tecnologías, aquellas que, dice la norma, “pueden alterar el normal desarrollo de la infancia”, como el abuso sexual infantil o, ya en la adolescencia, el acoso y ciberacoso o las adicciones con y sin sustancia.

“Es una de las grandes novedades porque da respaldo a programas preventivos de cara a que el desarrollo de los niños y niñas en el seno de su familia sea lo más armónico posible”. 

Programa Referentes, el más amplio de España

Otra de las cuestiones novedosas es la puesta en marcha del ‘Programa de Referentes’, constituido por personas y familias debidamente formadas para prestar su apoyo. No es precisa una convivencia continuada y se dirige a niños y niñas y sus familias que se encuentren en situaciones de riesgo, en acogimiento residencial o familiar, o tras la tutela en el caso de jóvenes mayores de edad.

“El programa está por hacer y aunque hay experiencias en algunas comunidades autónomas, no es nada tan amplio como lo que recoge el borrador de la ley”. 

Por otra parte, la  norma regula las adopciones y en particular la modalidad de ‘Adopción Abierta’. Es decir, en algunos casos, se podrá mantener relación o contacto entre la persona menor de edad, los miembros de la familia de origen y la familia adoptiva “favoreciéndose siempre que sea posible la relación entre los hermanos y hermanas biológicas”.

Se regulan los sistemas de acogida y, en este sentido, se recoge la limitación temporal de las guardas voluntarias a dos años y se incorporan los derechos y deberes de las familias acogedoras. 

También se garantiza el llamado ‘Programa de Preparación para la Vida Independiente’, antes denominado Programa de Autonomía Personal, de largo recorrido en Castilla-La Mancha, que cambia para evitar la confusión con lo relacionado con la Dependencia. El Gobierno regional se compromete a establecer medidas de apoyo a los jóvenes que, siendo menores de edad, hayan sido objeto de una medida de protección o judicial.

Se abandona el concepto de ‘menor con conducta inadaptada’

La norma asume la regulación estatal acerca de los centros de protección específicos de menores con problemas de conducta. Y se conciben como “última opción” cuando la atención en recursos ordinarios se haya revelado insuficiente y contraria al interés de la persona menor de edad.

En todo caso, el texto abandona el concepto de ‘menor con conducta inadaptada’ al considerar que tiene “escaso soporte teórico”, además de una “limitada aplicación en la práctica”, huyendo así de una “etiqueta” para los menores que no viene siendo aceptada por los profesionales del sector. 

Por otro lado, se recoge expresamente el concepto de ‘Justicia Restaurativa’ referida a las medidas (educativas y de reparación a la víctima) que deberán cumplir los menores de edad que hayan cometido infracciones.

La ley se estructura en doce títulos, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales e incluye un catálogo de derechos y deberes de las personas menores de edad además de incorporar la figura de la mediación familiar para solucionar y prevenir conflictos entre partes, de manera especial cuando hay menores involucrados.

Además, se crea la Comisión Regional de Protección de la Infancia entre cuyas competencias destaca la de autorizar los traslados entre provincias de niños y niñas que se encuentren en acogimiento residencial o la de acordar la idoneidad de las personas que se ofrecen para adoptar.

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