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Ley de Paisaje de Castilla-La Mancha: seis propuestas de los arquitectos para su protección, gestión y ordenación

Paisaje de Castilla-La Mancha

Alicia Avilés Pozo

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Castilla-La Mancha está planificando una normativa propia sobre paisaje con la que quiere aumentar la preservación de sus espacios naturales y su combinación con las zonas urbanas. Será la primera región de interior española que contará con una legislación de este tipo, según ha destacado en varias ocasiones el consejero de Fomento, Nacho Hernando: el objetivo principal será proteger el patrimonio paisajístico y a la vez convertirlo en útil.

Para ello, este departamento quiere contar con la asistencia técnica del Colegio de Arquitectos de Castilla-La Mancha (COACM), y en la consulta pública previa a la redacción del anteproyecto, destacan precisamente las aportaciones realizadas por el Grupo de Paisaje de de este colectivo profesional, centradas en la protección, gestión y ordenación de ese patrimonio paisajístico de la región.

1. Corregir efectos territoriales “desproporcionados”

Según el informe de la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo, estos profesionales aconsejan que la Administración formule sus objetivos respecto al territorio para corregir los “desproporcionados efectos territoriales” provocados por “los intereses particulares o el mercado”. Consideran que una correcta definición y valoración del concepto puede ayudar a la hora de planificar el territorio.

2. Objetivos del Convenio Europeo del Paisaje

En el horizonte a conseguir, nombran de forma especial los Objetivos del Convenio Europeo del Paisaje (CEP): la búsqueda de la calidad paisajística; procedimientos para la participación de la ciudadanía; sensibilización de la sociedad civil; identificación de los paisajes propios; y creación de centros específicos dedicados a dotar a los entes públicos de las herramientas adecuadas “para que la gestión y ordenación del paisaje siga las vías correctas”.

Los arquitectos hacen referencia también a algunos ejemplos de políticas de paisaje en otras comunidades autónomas como Catalunya y Galicia. De ellas destacan tanto la existencia de normas de ordenación desde hace varios años como los instrumentos principales de dicha legislación. Destacan en este punto la elaboración de las denominadas ‘Carta del Paisaje’, además de la existencia de observatorios específicos como entidades de apoyo y colaboración con la Administración regional.

3. Cartas del Paisaje

En concreto, sobre las ‘Cartas del Paisaje', subrayan que es un tipo de herramienta que ha demostrado su utilidad en otros países, y sirve de referencia en los procesos de planificación territorial y urbanística llevados a cabo por las administraciones, “basándose en el reconocimiento de su carácter como bien de interés colectivo y en su valor dinamizador de las economías y del desarrollo local.”

4. Participación ciudadana

Igualmente, otorgan especial relevancia a los procesos de participación ciudadana, sobre todo si cuentan con la máxima diversidad de opiniones (edad, género, cultura…). En esta línea se exponen los objetivos generales del Grupo de Paisaje del COACM, que ha visto la necesidad de que los arquitectos castellanomanchegos formen parte del proceso de puesta en valor y conservación del paisaje de Castilla­La Mancha.

En este sentido inciden en que desarrollar un proceso participativo “profundo y riguroso” previo a la redacción de la Ley de Paisaje puede ser “la oportunidad de diferenciar a nuestra región y de que la Ley tenga una buena acogida por parte de la ciudadanía al percibirla como algo consensuado y no como algo impuesto.”

5. Despoblación rural y paisaje

Sobre esta cuestión, el COACM propone establecer mecanismos para la integración paisajística de construcciones dispersas (nuevas y existentes) en el medio rural; así como poner en valor y recuperar elementos arquitectónicos tradicionales que por sí solos o aislados pueden carecer de valor, pero articulados de forma conjunta pueden entenderse como elementos característicos de determinados paisajes.

6. Atlas de Paisajes de Castilla-La Mancha

Por otro lado, considera “muy acertado” vincular la Ley de Paisaje al Atlas de Paisajes de Castilla la Mancha como base para establecer los diferentes tipos de paisaje que, a grandes rasgos, existen en la comunidad autónoma.

No obstante, añaden que en este caso serán necesarios mecanismos capaces de resolver los “saltos de escala” desde esta clasificación a nivel regional hasta un estudio muy localizado para una hipotética actuación puntual, “pasando por todos los niveles intermedios.”

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