La Abogacía pide a la Generalitat acotar la apertura de compuertas de l'Albufera por la dana
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Las tres 'goles' de l'Albufera, las compuertas que controlan el caudal del lago, podrán abrirse a cualquier hora a partir del próximo lunes. El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana recoge ya el decreto de urgencia aprobado por la Conselleria de Medio Ambiente para garantizar la calidad de las aguas de la laguna, fuertemente afectada por la dana y por los efectos del calor. El lago ha alcanzado los 32 grados de temperatura en algunas jornadas de un verano que no tiene visos de dar tregua, y puede provocar serios problemas al ecosistema.
El objetivo de la norma, que permite la apertura sin marco temporal durante el verano, es favorecer la renovación y mejorar la calidad de las aguas del Parque Natural de l'Albufera para evitar un riesgo ecológico. La Junta de Desague podrá abrir las compuertas, que van a parar al mar, de lunes a viernes a cualquier hora. La medida se ha introducido como disposición adicional en un decreto sobre los puertos de la Generalitat Valenciana, y establece la suspensión temporal de la orden sobre la regulación del nivel y la comunicación con el mar del Parque Natural de la Albufera.
El departamento que dirige Vicente Martínez Mus indica en el texto: “A lo largo del periodo estival del año 2025, como medida excepcional y urgente para minimizar los efectos de la contaminación del agua del lago de la Albufera provocada por los efectos de la depresión aislada en los niveles altos (DANA), ocurrida el 29 de octubre de 2024, tendrán que mantenerse, si así lo requiere el control de niveles del lago, abiertas las compuertas de las gargantas de desagüe durante las 24 horas del día, de lunes a viernes (los dos inclusivamente)”.
El resto de días de la semana, prosigue el decreto, “se mantendrá el régimen de desagüe que indica la Orden 5/2018, de 1 de febrero, de la Consellería de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, relativa a la regulación del nivel y la comunicación con el mar del Parque Natural de la Albufera”; es decir, desaguar a partir de las 19 horas y preferiblemente por la noche, cuando las playas están más despejadas. El decreto también prevé que pueda prorrogarse esta medida: “ Mediante la resolución del órgano competente en materia de gestión de espacios naturales protegidos y Red Natura 2000 se podrá prorrogar el cambio propuesto a futuras campañas, atendidos los informes técnicos relativos a la calidad del agua”, concluye.
La Abogacía de la Generalitat Valenciana ha emitido un informe respecto a la modificación, donde reclama a la Generalitat que acote la apertura de compuertas. El análisis jurídico indica que la medida excepcional se establece a lo largo del período estival del año 2025 y apunta: “Sería recomendable determinar las fechas concretas que comprende este período estival”. Asimismo, recalca que “la redacción no coincide con la propuesta en el informe de necesidad del expediente que no se refiere al período estival, sino 'A lo largo de la campaña arrocera del 2025'”. Los abogados de la Generalitat piden que se matice esta medida, que ha generado cierta controversia.
Cuestiona la urgencia
Los letrados de la Generalitat también cuestionan la fórmula adoptada, el decreto de medidas urgentes, algo ya habitual en la Abogacía: “Más que introducir medidas urgentes, el objeto de la norma es modificar la Ley 2/2014, de Puertos de la Generalitat”. “La extraordinaria y urgente necesidad debe afectar a todo el articulado del decreto-ley y debe interpretarse necesariamente de manera restrictiva”, recuerdan los abogados de la Generalitat, que inisten: “No puede simplemente identificarse con la existencia de un interés público en regular, prever o aprobar determinadas instituciones jurídicas o medidas públicas, ya que dicho interés público concurre en la elaboración de cualquier norma e instrumento que contenga medidas jurídicas de carácter público o simplemente administrativas. De los argumentos expuestos debemos concluir que por el Consell de la Generalitat se debe llevar a cabo el debido juicio político o de oportunidad que constitucional y estatutariamente le compete, debiendo identificar los presupuestos de hecho habilitantes para la aprobación de tan excepcional instrumento normativo”.
En el caso de las compuertas, apuntan los letrados, “para esta modificación de la Orden sí estaría justificada la necesidad y posiblemente también la urgencia, pero no el recurso a la aprobación de un decreto-ley para modificar una norma reglamentaria, en la que bastaría una orden dictada por el órgano competente, es decir, el Conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio. Que haya una necesidad urgente no exige acudir a la figura del Decreto-ley en los casos en que sea necesario porque no haya una reserva de ley
Los letrados recuerdan al Consell la denominación de los órganos de autogobierno: “En el título, debería utilizarse la denominación correcta del conjunto de instituciones de autogobierno, que no es la de Generalitat Valenciana, sino simplemente la Generalitat, tras su modificación por Ley Orgánica”, dice el informe.
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