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El caso que usó la derecha para tumbar a Mónica Oltra queda en nada

Mónica Oltra, acompañada por sus abogados, en una imagen de archivo.

Lucas Marco

València —
2 de abril de 2024 22:13 h

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El juez Vicente Ríos, titular del Juzgado de Instrucción número 15 de València, dictó este martes un auto que decretó el sobreseimiento provisional de la causa que investigaba a Mónica Oltra por la gestión de su departamento en relación a los abusos de su exmarido, el educador Luis R. I., a una menor tutelada. La larga resolución del magistrado, de 96 páginas, supone una suerte de enmienda al conjunto de su instrucción y a la tesis iniciática que había mantenido desde hace casi dos años. Los tiempos judiciales en ningún caso coinciden con las fases políticas ni mucho menos con la temperatura mediática. Se trata de coordenadas distintas con caminos paralelos y consecuencias imprevisibles.

El magistrado, un respetado instructor que estuvo a cargo de la investigación del 'caso Emarsa', viene a sostener en su auto que, si bien la actuación del departamento de Oltra pudo no ser correcta, ello no implica que tenga relevancia penal. Sin embargo, la imputación de la dirigente de Compromís tuvo unas tremendas consecuencias políticas en el panorama valenciano: Compromís perdió por el camino a su principal activo y el Pacte del Botànic quedó debilitado ante una cita electoral que perdió y que propició la alianza del PP 'zaplanista', representado por Carlos Mazón, y de la extrema derecha de Vox, formación que ejerce la acusación popular en la causa.

La resolución no pretende tirar la piedra y esconder la mano. En el primer párrafo de los fundamentos jurídicos el instructor se sincera sin matices: “Este Magistrado Juez ha cuestionado múltiples aspectos del proceder de los investigados en los hechos objeto de la presente causa (...). No obstante, todos y cada uno de los indicios que fundamentaron las imputaciones judiciales provisionales [estas cuatro últimas palabras en negrita] contra las personas investigadas en estas diligencias previas se han desvanecido por completo una vez practicadas todas las diligencias necesarias encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos investigados (...)”.

El gozo de la extrema derecha, que con diferentes marcas y tendencias ejerce las acusaciones populares en esta causa, se ha quedado en un pozo. Si bien la compleja instrucción se cobró la cabeza de Oltra, tras su sonada dimisión el 21 de junio del 2022, la tormenta judicial ha quedado en nada. Aunque se trata de un sobreseimiento provisional, en una resolución que no es firme, el argumentario es de tal contundencia que no hay duda de que la causa ha llegado a su fin. Se trata de un proceso judicial que tuvo unas consecuencias políticas de primer orden, singularmente en el seno de la izquierda valenciana que gobernó en el Palau de la Generalitat durante dos legislaturas.

Oltra fue imputada hace dos años a consecuencia de los indicios de criminalidad, que “han decaído por completo”, indica el juez en el auto. La extensa investigación trataba de dilucidar si la dirigente de Compromís maniobró, mediante un expediente interno, para beneficiar la situación procesal de su exmarido, un educador acusado en 2017 por Maite T., entonces menor de edad, de abusos sexuales. El hombre fue condenado a cinco años de prisión por el Tribunal Supremo.

El uso de la negrita en el auto aporta relevantes pistas sobre la inopinada decisión de un juez, que a diferencia de la gran mayoría del gremio togado, escribe una prosa razonablemente correcta. “Finalizada la instrucción, oídos todos [esta última palabra en negrita] los investigados, tomando en consideración las declaraciones de todos [en negrita] los testigos (y muy en particular de la propia Maite), examinada la copiosa documental obrante en autos y examinado el tráfico de correos electrónicos entre los investigados y otros, no subsiste indicio racional de criminalidad alguno contra los imputados ni, en consecuencia, fundamento alguno para dictar una resolución de imputación judicial definitiva contra los mismos y para habilitar a las partes acusadoras a fin de que formulen escritos de acusación, pues las meras sospechas, conjeturas o elucubraciones sobre lo acaecido, no sustentadas en indicios racionales, no autorizan a ello”.

El juez subraya el carácter provisional de la imputación de Oltra y del resto de investigados (“como no podía de otra manera al inicio del proceso”) de los presuntos delitos de prevaricación administrativa, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos. 

Tras la tormenta política, la declaración de Oltra, en condición de investigada y asistida por un abogado, cambió las tornas en el terreno judicial. “Ello no solo ha supuesto poder conocer su posición respecto a los hechos investigados, en el ejercicio de su derecho de defensa, así como las de otros investigados, sino que ha permitido investigar decenas de miles de documentos, en particular correos [electrónicos] en ocasiones cruzados entre ellos, en relación con los referidos hechos”, explica el auto.

La insistencia de las acusaciones de la extrema derecha en que se investigaran los correos electrónicos, en una pieza separada secreta que no arrojó indicios de supuestas maniobras de Oltra, supuso un —paradójico— balón de oxígeno para la defensa de la dirigente de Compromís.

“Meras sospechas, especulaciones o conjeturas”

La clave, al final de la película, es que “todas y cada una de las personas investigadas” en la causa “niegan haber recibido orden, directriz, consigna o indicación alguna” de Mónica Oltra en relación a la investigación a su exmarido por los abusos a la menor tutelada. O “dicho de otro modo”, apostilla el juez: las “sospechas” de la denuncia inicial sobre supuestas maniobras de Oltra, de su gabinete o de los funcionarios investigados, “finalmente no han alcanzado la categoría de indicios de criminalidad y quedan como meras sospechas, especulaciones o conjeturas sobre los que no puede basarse una imputación judicial definitiva”.

En conclusión: no hay caso. Aunque, tal como deslizó la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de València que condenó a cinco años de prisión al educador, el expediente interno tramitado por la Conselleria de Igualdad, en paralelo a las diligencias abiertas por la Fiscalía de Menores, “parece emular una suerte de instrucción parajudicial”. “Y difícilmente cabe negar que lo fue”, apostilla el juez Vicente Ríos.

Aunque pudiera parecer que el polémico expediente reservado tenía como objetivo desacreditar a la menor denunciante de los abusos, “lo ocurrido no fue eso”, asegura el instructor. El expediente no se dirigió “con destino” a las diligencias previas que tenía abiertas el Ministerio Fiscal, destaca el auto.

“Ello refuerza la consideración de que en ningún caso existió directriz o consigna”, de Oltra o de los otros cargos investigados, “orientada a desacreditar a la menor o a favorecer” a su exmarido “en el proceso en el que figuraba como encausado, al que en ningún caso fue llamada la conselleria y que no tuvo intervención alguna en el proceso, ni en su fase de instrucción, ni en su fase intermedia”. 

Una decisión “desacertada” pero no delictiva

El juez no oculta que la decisión de abrir un expediente informativo “fue desacertada” e incluso “redundante, al existir un proceso penal en curso” y que el departamento de Oltra incurrió en “actuaciones ciertamente mejorables”. “Pero asimismo entiendo que todo ello en modo alguno convierte en delictivo el proceder de quienes ordenaron la formación del expediente, ni de quienes intervinieron en su instrucción”, agrega.

En definitiva, “la menor nunca estuvo indefensa en el proceso”, concluye el juez en una concisa aseveración que tumba de plano el principal delito imputado a Oltra. “La menor fue atendida en todo momento”, indica en otro apartado del auto.

El instructor deniega las diligencias suplementarias solicitadas por la acusación popular que ejerce Vox sobre el “tráfico telefónico” entre Oltra y su equipo. También rehúsa otras diligencias pedidas por la acusación particular.

“Tales diligencias tampoco contribuirían en nada al esclarecimiento de los hechos”, escribe el magistrado, quien insiste hacia el final del auto: “Se ha reiterado hasta la saciedad que no existe un solo indicio de que se dictara orden o instrucción alguna emanada de los cargos directivos de la Conselleria dirigidas a ocultar los hechos ni a desacreditar a la menor”.

Oltra, jurista de izquierdas

Mónica Oltra volvió a ejercer de abogada, especializada en mediación, tras su dimisión hace casi dos años. La dirigente de Compromís se crió en la cultura política de la izquierda comunista, en el ambiente de la emigración española en Alemania; una etapa vital que marcó su trayectoria posterior. Sin embargo, Oltra también es jurista.

Ambos componentes de su figura pública y de su biografía académica son complementarios. Tras declarar durante casi ocho horas ante el juez, el 19 de septiembre de 2022, afirmó que era el “tiempo de la Administración de Justicia” en la que, a pesar de la delicada situación, depositó su confianza. También dijo que era el “momento de tener paciencia”.

Dos años después, el auto del juez abre la puerta a un posible retorno de Oltra a la primera línea política como figura sobresaliente de la izquierda valenciana.

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