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No habrá depósitos en el Puerto de Alicante: triunfa la prohibición de instalaciones peligrosas a menos de un kilómetro de núcleos urbanos

Proyección del radio de afección del proyecto de macrodepósitos de combustible en el puerto de Alicante.

Miguel Giménez

València —

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La mercantil XC Business 90 es la promotora de un controvertido proyecto para la construcción de una planta de almacenamiento de combustible en la confluencia de los muelles 19 y 21 del Puerto de Alicante. Concretamente, la empresa tenía previsto poner en marcha hasta dieciocho depósitos -en dos fases- para el almacenamiento de gasóleo y biocarburantes, y que también podría incluir depósitos de gas licuado del petróleo, con una capacidad total para albergar más de 700.000 metros cúbicos para ser distribuidos en gasolineras, mientras que la promotora espera mover hasta un millón de toneladas a partir del quinto año de actividad.. Este proyecto se encontró con el rechazo frontal de la sociedad y el Ayuntamiento de Alicante, así como de la Generalitat Valenciana.

Este rechazo se tradujo en una modificación de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (Lotup), un cambio impulsado por Compromís, que impide la ubicación de depósitos con capacidad para almacenar más de 5.000 hectómetros cúbicos de productos petrolíferos a menos de un kilómetro de distancia de los núcleos de población, dotaciones educativas o sanitarias.

El Gobierno decidió recurrir ante el Tribunal Constitucional este cambio, aprobado en diciembre de 2021 en el marco de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos autonómicos de 2022, al considerar que la Generalitat no tiene competencias sobre suelo estatal, como es el caso de los puertos, lo que provocó una suspensión cautelar del artículo en cuestión. Ahora, tal y como ha avanzado el diario Información, el Constitucional, que admitió a trámite el recurso del Ejecutivo el pasado mes de octubre, ha levantado esta suspensión cautelar, de forma que se mantiene la prohibición de instalar actividades peligrosas a menos de un kilómetro de distancia de los núcleos de población.

El Alto Tribunal descarta que se contravenga la competencia estatal, hace prevalecer la presunción de legitimidad constitucional de la ley autonómica, defiende que no existe un perjuicio irreparable y no entra en el fondo de la cuestión: la competencia autonómica sobre suelo estatal.

Rechazo vecinal

Los vecinos han mostrado reiteradamente su preocupación por la situación que podría provocar la instalación de unos depósitos de estas características tan próximos a zonas pobladas, que pueden “comprometer” la seguridad y el futuro de la ciudad y su frente literal por el riesgo de accidentes, explosiones o vertidos de combustible en una zona como la bahía de Alicante, catalogada como lugar de interés comunitario marino.

Además, recuerdan que en 1995 (cuando se retiraron los depósitos de Campsa) el Consistorio alicantino rubricó un acuerdo institucional junto al Gobierno, la Generalitat y la Autoridad Portuaria de Alicante en el que se descartaba ubicar instalaciones de productos petrolíferos en el puerto alicantino. Sin embargo, la Autoridad Portuaria de Alicante se justificó apuntando que se establecieron ordenanzas y usos aplicables en las terminales que permitían el desarrollo de actividades comerciales en las explanadas más alejadas de la ciudad (a 800 metros de los barrios habitados más próximos).

Colectivos cívicos (como Ecologistas en Acción) y vecinales presentaron alegaciones a la modificación de la concesión a Terminales Marítimas del Sureste que permite este tipo de actividades por los condicionantes ambientales y en materia de seguridad, así como un recurso judicial por la vía de lo contencioso-administrativo. También han protagonizado movilizaciones y manifestaciones para mostrar su rechazo a esta iniciativa.

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig, también se pronunció sobre este conflicto y aseguró que, si la ciudad de Alicante está en contra de estos macrodepósitos, el Gobierno valenciano también se opondría. Por el momento, y a la espera de conocer el dictamen final del Constitucional sobre el fondo del recurso de la Abogacía del Estado a la norma autonómica, el Puerto de Alicante no podrá acoger este tipo de infraestructuras.

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