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Siete respuestas para trabajadores y empresarios sobre el nuevo Salario Mínimo Interprofesional

Es el Gobierno el que decide la subida del salario mínimo.

Ana Requena Aguilar

Cerca de cinco millones y medio de trabajadores cobran en España el salario mínimo interprofesional (SMI) o menos (su parte proporcional en función de las horas de su jornada). Después de varios años de congelaciones y subidas de cerca del 1 y 1,5%, el Gobierno aumentará su cuantía desde los 655 euros actuales hasta los 707 en 2017, tras pactar con el PSOE una subida del 8%. Pero, ¿qué implica esta decisión?

¿Cómo me afecta la subida, cuándo empieza a tener efecto?

Si cobras el salario mínimo interprofesional tu empresa está obligada a subir tu sueldo hasta la cantidad que apruebe el Gobierno. Desde el 1 de enero de 2017, el nuevo SMI empezaría a funcionar. Así, la primera nómina en la que deberías ver reflejada esa subida es la que cobrarás a final de enero. 

Si cobro el SMI, ¿está mi empresa obligada a subirme el salario?

Sí, la empresa tendrá que ajustar los salarios para que nadie cobre menos del nuevo SMI. Si la empresa no aplica el nuevo salario mínimo está cometiendo una irregularidad que puede denunciarse ante los juzgados y/o ante la Inspección de Trabajo.

Soy empresario; si tengo trabajadores que actualmente cobran 700 euros, ¿les tengo que subir el sueldo?

Sí. La subida del SMI a 707 euros afecta a todos los salarios que estén por debajo. Las personas que actualmente cobren los 655 euros de SMI tendrán que tener salarios de, al menos, 707 euros. Pero si un trabajador cobra ahora 700 euros por una jornada de 8 horas, a partir del 1 de enero tendrá que percibir como mínimo 707 euros.

¿Quién decide cuánto sube el salario mínimo?

El Gobierno, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores. Eso sí, la norma obliga al Ejecutivo a consultarlo con sindicatos y patronal.

¿Qué es exactamente el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)?

Es el sueldo mínimo que una persona puede cobrar en España. Actualmente es de 655 euros euros mensuales en 14 pagas para una jornada de ocho horas. Si se cobra en 12 pagas, el SMI es de 764 euros al mes. Anualmente, el salario mínimo supone 9.172 euros para las jornadas completas. El salario en especie nunca puede reemplazar parte de esta cuantía.

En el caso de que el empleo sea a tiempo parcial, el sueldo mínimo a cobrar se calcula proporcionalmente a las horas que se trabajan. Es decir, si la jornada es de cuatro horas, el SMI rondará los 327 euros.

Entonces, ¿qué supone la subida que aprobó el Congreso hace poco y que era mayor?

De momento, nada práctico. El Congreso aprobó una proposición de ley presentada por Unidos Podemos que contemplaba una subida del salario mínimo de hasta 800 euros en 2018 y de 950 en 2020. Su aprobación implica que se va a tramitar: los grupos debatirán ahora, presentarán sus enmiendas y el texto tendrá que volver a pasar por el pleno y el Senado. En cualquier caso es aún un proyecto que tiene que ser negociado y aprobado. De momento es la decisión del Gobierno la que establece lo que sucede con el SMI.

¿Y en función de qué se sube o no el SMI?

El Estatuto de los Trabajadores enumera cuatro factores a tener en cuenta a la hora de subir el SMI: el IPC, la productividad, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general. Al final, lo que sucede con el salario mínimo no deja de ser una potestad del Gobierno. En ningún caso la norma obliga a que haya subidas. Es más, en los últimos años el SMI se ha congelado en varias ocasiones. Sí establece que su cuantía es inembargable. Es decir, ante un embargo una persona siempre conservará la parte de su salario que corresponda al SMI o su sueldo completo si este coincide con el SMI.

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