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Las deducciones en el acuerdo del tipo mínimo global de Sociedades reducirían a la mitad la ganancia para España

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

Diego Larrouy

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El nuevo mínimo del impuesto sobre Sociedades global está plagado de incógnitas sobre su futuro. Tanto dentro como fuera de España. Dentro, el Gobierno aventura cambios por la reforma fiscal que se prepara para el año que viene. Fuera, el acuerdo de 136 países todavía tiene que aplicarse, con la intención de que entre en vigor en 2023, a la espera de su redacción final. Lo que sí se conoce es que este compromiso sellado en el seno de la OCDE conlleva una letra pequeña de exenciones que tendrá un efecto significativo respecto a la potencial recaudación de España, que podría reducirse a la mitad.

El acuerdo internacional sellado en las últimas semanas tiene dos pilares. El primero consiste en reconocer la capacidad de los países para gravar a las grandes multinacionales que operan en su territorio aunque tengan la base fuera. Es decir, que se grave allí donde se produce la actividad. El segundo pilar consiste en fijar el tipo mínimo conocido del 15% en el impuesto de Sociedades. Si un país decide que su impuesto sobre el beneficio de las empresas es menor que ese 15%, las empresas deberán abonar la diferencia hasta el tipo mínimo en su país de origen. De este modo, se reduciría la competencia entre países por bajar este gravamen.

Eso sí, con unos beneficios reconocidos para las empresas. El texto contiene la posibilidad de que las compañías puedan reducir su base imponible (el importe sobre el que se aplicaría ese 15% mínimo) deduciéndose determinadas cantidades. En concreto, podrán restar del beneficio que obtengan el 5% de sus activos y del coste de salarios. Aunque eso será dentro de una década. Antes habrá 10 años de transición que comenzarían el primer ejercicio de funcionamiento con la reducción del 8% de los activos y del 10% del gasto en salarios. Año tras año estas deducciones se irán encaminando hacia ese 5% que fija el texto del acuerdo de 136 países. La OCDE defiende estas deducciones explicando que de este modo, los países podrán seguir ofreciendo incentivos fiscales a empresas con una actividad real en su territorio, como la construcción de un hotel o de una fábrica.

Esta letra pequeña es muy importante porque cambia por completo la recaudación potencial que tendrán los países y en especial España, que es uno de los territorios que se ve más afectado. Así se desprende de un informe publicado esta semana por el observatorio europeo EUTax, un centro independiente de estudios sobre fiscalidad, que actualiza los datos que se aportaron en un documento anterior publicado antes del verano. Este colectivo de economistas estima que España recibiría, aplicando sin deducciones ese 15% mínimo, 5.200 millones de euros más en la recaudación de este impuesto.

Los datos son muy significativos, puesto que suponen un 18%, según apunta el informe, de los ingresos que recibe España actualmente por el impuesto sobre Sociedades. El porcentaje del tipo mínimo del 15% llegó tras una larga negociación entre los distintos países que componen el G7, posteriormente en el G20 y finalmente en la OCDE. Sin embargo, sobre la mesa estuvieron anteriormente otras cantidades. De haberse aplicado el 21% que reclamaban algunos gobiernos inicialmente, España habría aumentado su recaudación en 10.500 millones de euros.

Sin embargo, estas estimaciones hechas por el EUTax son sin aplicar las deducciones. Con ellas, la ganancia que correspondería a España pasaría de 5.200 millones de euros a 2.500 millones en el primer año, según los cálculos de este observatorio. Este importe iría creciendo paulatinamente año tras año hasta situarse, en el horizonte de 10 años cuando acabe el periodo de transición, en 3.600 millones de euros. Así, la pérdida en el primer año respecto a la potencial ganancia es del 52% en el primer año hasta el 31% a partir del décimo año.

España es, junto a Polonia y Hungría, uno de los dos países más afectados por estas deducciones en la Unión Europea. En conjunto, el informe prevé para la UE una ganancia potencial de 83.300 millones de euros, que se vería reducida en el primer año hasta los algo menos de 64.000 millones de euros, aumentando cada año hasta los 71.500 millones de euros. En lo que respecta al conjunto de países de la OCDE, el informe concluye que la ganancia potencial rondaría los 227.000 millones de euros, que decrecerían un 27% con las deducciones que se aplicarán en el primer año.

Este informe es el segundo que emite EUTax sobre el impacto que tendría la implantación del tipo mínimo del 15%. En el primero, y ante la falta de bases de datos fiables, el observatorio se basó en una estimación publicada en un estudio con datos de 2016. En este segundo, el organismo cuenta con la actualización de los informes conocidos como 'país por país', como en el caso de España. EuTax reconoce que las estimaciones del primero eran conservadoras y, por ello, hay un importante cambio en cuanto a casos como el español. En un primer momento, se estimó que la ganancia para España era de 700 millones de euros, que caería hasta los 600 millones con las deducciones. Ahora esa cifra aumenta considerablemente.

EUTax señala en su informe que el acuerdo en el seno de la OCDE, sellado por 136 países, puede ser un primer paso para que los países acuerden tipos más ambiciosos. Se centra en el caso europeo y asegura que la UE podría doblar el impacto de este acuerdo internacional si decidiera de manera conjunta elevar el tipo mínimo del 15% al 21%, alcanzando la ganancia de 170.000 millones de euros.

Dos años de plazo

El acuerdo global para el tipo mínimo tiene todavía dos años de plazo para entrar en vigor. Recientemente, distintos países europeos, entre ellos España, han llegado al compromiso con EEUU para levantar los actuales impuestos a las tecnológicas, como la tasa Google española, cuando entre en vigor el acuerdo internacional a cambio de levantar los aranceles anunciados por el Gobierno estadounidense. La fecha límite que se han fijado es el 31 de diciembre de 2023.

Entre medias, hay en camino dos reformas que afectarán al impuesto sobre Sociedades que ingresará España. La primera es la directiva que prepara la Comisión Europea. Esta semana, el comisario de Economía, Paolo Gentilioni, señalaba en España que confía en que esté lista a finales de año para introducir en la normativa europea el acuerdo global del tipo mínimo del 15%. “No estamos armonizando el impuesto de sociedades, estamos armonizando el mínimo para evitar esta carrera hacia abajo en los impuestos, que creo inaceptable especialmente tras la crisis”, aseguró el político italiano. Cabe recordar que, dentro de la UE, existen territorios como Luxemburgo o Malta que son utilizados por las empresas españolas para reducir el pago de impuestos hasta un tipo efectivo del 3% por su actividad en el extranjero, tal y como reveló un reciente informe de la Agencia Tributaria.

El otro cambio regulatorio será el que se realice en España. El Gobierno ha implantado en los Presupuestos Generales del Estado el tipo mínimo sobre Sociedades. Sin embargo, al aplicarse sobre la base imponible y no sobre el beneficio, tendrá un impacto limitado y este no será realmente relevante en las cuentas hasta 2023. Para entonces, Hacienda ha estimado que rondarán los 400 millones de euros. Los cambios en profundidad llegarían, según apuntó María Jesús Montero, cuando se conozca el informe del comité de expertos de la reforma fiscal, que se espera para el mes de febrero.

La ministra ya avanzó recientemente que el principal problema para que este impuesto no tenga el rendimiento que debería, muy por debajo del IRPF o el IVA, se debía abordar con una revisión de las distintas deducciones que permiten a las empresas, especialmente a las de mayor tamaño, pagar una tasa efectiva muy inferior al tipo general del 25%. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Gobierno envió en primavera a Bruselas para recibir los fondos europeos incluyó el compromiso de revisar esas deducciones y las que afectan a otros impuestos como el IVA o el IRPF.

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