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España evitará una salida colectiva de etarras si Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot'

Aitor Guenaga

Bilbao —

Oficialmente, a las 11.30 de este lunes el caso de la etarra Inés del Río y la 'doctrina Parot' dejarán de ser un tema europeo y pasarán a tener que ser gestionados por las autoridades judiciales españolas. En el caso de que, como se prevé, la Gran Sala tumbe la controvertida doctrina, la decisión final sobre cada preso se tomara “uno a uno” en los tribunales correspondientes. “Caso por caso”, según apuntan todas las fuentes consultadas. No habrá una salida colectiva, porque la propia dinámica judicial en la Audiencia Nacional -donde están los tribunales sentenciadores a los que se tienen que dirigir los presos afectados- irá definiendo en tiempo y forma la nueva liquidación de la condena que corresponda a cada caso.

Lo que está en juego en este caso es si se ha producido una vulneración del derecho a no ser condenado a “una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción fue cometida”, tal y como establece el Convenio Europeo de Derechos Humanos, firmado por España. Y eso es lo que han dilucidado los 17 magistrados de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo. El fallo se hace público a las 11.30, según ha anunciado el propio tribunal. Tanto el presidente de Gobierno, Mariano Rajoy, como el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, han defendido hasta el último segundo las bondades de la doctrina Parot. Esa doctrina le parece a Rajoy “justa, correcta y necesaria” y Gallardón ha reiterado uno de los argumentos empleados por la Abogacía del Estado ante la Gran Sala de Estrasburgo: “23 asesinatos” no pueden tener el “mismo reproche penal que uno”. Pero nadie ha vuelto a emplear en público el término “ingeniería jurídica” usado por el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz cuando defendió las bondades de esa doctrina el pasado mes de marzo. Todos hablan en el Gobierno de “una lógica alarma social y un lógico reproche social”, ante la eventual salida “peligrosos” reclusos. Fuentes cercanas al ministro del Interior señalaron a EDN que “acataremos la sentencia, pero estaremos vigilantes ante posibles incumplimientos de la ley por parte de los presos que puedan salir de prisión ante posibles homenajes”. Ambos ministros tienen previsto ofrecer una rueda de prensa el lunes tras difundirse el fallo.

“Presiones del Gobierno”

La estadística juega contra el reino de España. Son “contadísimos” los casos en los que la Gran Sala revoca una decisión adoptada por unanimidad por la instancia inferior del tribunal europeo, indican fuentes conocedoras de las resoluciones del citado tribunal. Pero Amaia Izko, la abogada de Inés del Río, prefiere esperar a la decisión final. “Ya sé que mucha gente está dando por hecho el tema, pero yo mantengo la prudencia hasta el último momento. Las presiones del Gobierno español han sido alucinantes”, denuncia. Lo que sí tiene claro Izko es que si la Gran Sala tumba la doctrina Parot solicitará “de inmediato a la Sección Primera de la Audiencia Nacional la libertad de Inés, porque tengo la sospecha de que el tribunal no va a actuar de oficio, ni la Fiscalía lo va a pedir”, ironizaba.

La jurista Manuela Carmena, durante años magistrada en los juzgados de Vigilancia Penintenciaria, explica que la jurisdicción española no prevé de manera específica cómo cumplir las resoluciones del Tribunal de Estrasburgo. Pero cree que de oficio Instituciones Penitenciarias debería tomar la iniciativa para resolver sobre las nuevas liquidaciones de condena y remitirlas al tribunal correspondiente de la Audiencia Nacional. En todo caso, el propio tribunal también podría liquidar la condena tras dar audiencia a las partes (fiscalía y letrados personados). “¿Se puede ir en contra de lo que decida Estrasburgo?”, se pregunta Carmena, “en principio no es sostenible que no se pueda cumplir, porque España es firmante del Convenio Europeo de Derechos Humanos y podríamos incluso hablar de detención ilegal”, avanza.

La sentencia resolverá de modo definitivo el caso planteado por Inés del Río, detenida en 1987 y condenada a más de 3.000 años de cárcel. A Del Río se le practicaron redenciones de penas sobre el máximo legal de 30 años de cumplimiento, al aplicársele el Código Penal de 1973, vigente cuando la terrorista cometió los delitos. Antes de la doctrina Parot -que toma el nombre por el recurso planteado por el etarra Henri Parot ante el Tribunal Supremo- el computo de liquidación de condena fijó que Del Río tenía que haber salido de prisión en 2008. Pero la aplicación a Inés del Río de la doctrina Parot retrasaría su excarcelación hasta 2017, ya que los beneficios penitenciarios se aplicarían no sobre los 30 años de cumplimiento máximo, sino sucesivamente sobre cada una de sus condenas. Es lo que en el mundo abertzale -y muchos juristas contrarios a esa interpretacióin de la ley-, denominan una “cadena perpetua real”, dado que cumpliría inexorablemente 30 años de cárcel.

Entre los expertos en tratamiento penitenciario se fija entre 15 y 20 años el límite en el que a una persona encarcelada se le puede realmente sacar un rendimiento dentro de una prisión con el fin de cumplir el precepto constitucional de cumplimiento de las penas con el fin de la reinserción del reo.

Un condenado de los GAL

En una primera fase (dos o trese meses), según Instituciones Penitenciarias, se podrían beneficiar del fin de la 'doctrina Parot' un total de 61 presos de ETA, 6 miembros de los GRAPO, uno del Exército Guerrilleiro do Pobo Galego Ceibe. Interior fija para una segunda fase la resolución de más de 70 casos más, según una primera estimación que “seguro que va a ir variando”, añaden fuentes cercanas al ministro.

En la primera fase podría acogerse también a la nueva situación Ismael Miquel, condenado por la guerra sucia de los GAL. Miquel fue condenado por la Audiencia Nacional a 45 años de cárcel por el asesinato del ciudadano francés Robert Caplanne, al que su grupo confundió con un miembro de ETA.

El hecho, ocurrido el 24 de diciembre de 1985, es conocido como el error Caplanne y en esa causa fueron condenados en 1987 Javier Rovira -el autor material del crimen-, José Luis Fariñas, Jorge Porta y Carlos Pedamonte. Miquel era el jefe del grupo, radicado en Barcelona.

Miquel, que en aquella época era confidente de la policía, permaneció fuera de España desde entonces, hasta que fue detenido y condenado en Tailandia por tráfico de drogas. En enero de 1997 fue entregado por la justicia tailandesa para que cumpliera la pena en España. Fue condenado en mayo de 1999 por la Audiencia Nacional. Desde entonces, está encarcelado en una prisión catalana.

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