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Los tribunales extremeños mantienen una pena por la ley de solo sí es sí, pero rebajan otras tres

La Audiencia Provincial de Cáceres ha rebajado la pena de 13 a 11 años a un condenado y la de Badajoz, dos penas, de 7 a 5 años y de 6 a 4

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Los tribunales extremeños han revisado otras cuatro sentencias por delitos de agresión sexual tras la entrada en vigor de la conocida como ley del “solo sí es sí” y han rebajado la pena de cárcel a los condenados en tres de ellas, mientras que en otra han mantenido los doce años de prisión impuestos.

En concreto, la Audiencia Provincial de Badajoz ha emitido dos autos en los que recorta las penas a sendos condenados por agresión sexual (violación) de siete años a cinco de prisión y de seis a cuatro.

En ambos casos la solicitud de revisión en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, se hizo a petición de la defensa y con la oposición de la Fiscalía.

La Audiencia de Cáceres, por su parte, ha rebajado la pena a otro condenado por violación de trece a once años de prisión, después de la solicitud de revisión presentada por la defensa y con el visto bueno del Ministerio Público.

Este tribunal ha revisado, además, la sentencia a otro condenado por violación, a la que se oponía la Fiscalía y para el que la defensa pedía una disminución de la pena a siete años, pero ha decidido mantenerla en los doce años de cárcel.

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