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Suciedad, falta de intimidad, medicación caducada y problemas de higiene: la sanción a la residencia Vitalia Leganés poco antes de la pandemia

Entrada al centro de Mayores Vitalia ubicado en Leganés, intervenido por la Comunidad de Madrid.

Laura Galaup

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La gestión de la residencia Vitalia de Leganés no ha sido solo seguida de cerca por la Comunidad de Madrid durante los meses más duros de la pandemia, en los que llegó a intervenirla. En los últimos años, los inspectores de la Consejería de Políticas Sociales han acudido en varias ocasiones a sus instalaciones. A finales del pasado mes de septiembre, estas actuaciones se saldaron con un expediente sancionador en el que imputaron a la empresa gestora cinco infracciones graves tras detectar falta de aseo entre los residentes, suciedad en las instalaciones, escasa intimidad de los usuarios cuando se encontraban medio desnudos en el baño y medicación caducada. 

El Comité de Familias de este centro de mayores lleva años constituido para reivindicar que se mejoren las condiciones de los usuarios. Durante la pandemia, el elevado número de fallecidos (12 casos confirmados con COVID-19 y 48 con síntomas compatibles) y las quejas del citado colectivo alertando de “falta de transparencia” provocaron que el centro acaparase una gran atención mediática. Algunos familiares, agrupados en la Marea de Residencias, también les han denunciado por la gestión desarrollada durante la pandemia

Más allá de estas acusaciones, la Consejería de Políticas Sociales lleva años inspeccionando el centro —que cuenta con plazas concertadas— y seis meses antes de que llegase el virus determinó que Vitalia Leganés, gestionada por Residencias y Servicios Asistidos SL, incurrió en cinco infracciones graves contenidas en la ley autonómica 11/2002 de ordenación de la actividad de los centros y servicios de acción social. El secretario general técnico del departamento de Alberto Reyero realizó el 30 de septiembre de 2019 una descripción en detalle de los hechos detectados en las inspecciones realizadas el 27 de marzo de 2018, 25 de mayo de 2017 y 11 de septiembre de 2017.

Reincidencia en los hechos sancionados

Entre los hechos denunciados en la resolución final, a la que ha accedido elDiario.es a través de una petición de información al portal de transparencia de la Comunidad, el funcionario de la Consejería alertó de que algunos usuarios no gozaban de privacidad cuando estaban en el aseo o mientras se les cambiaba el pañal. “Puede verse desde el exterior cómo los residentes están de pie, apoyados en el lavabo, con los pantalones y ropa interior bajados”, recoge el acta emitida el 11 de septiembre de 2017. La inspectora anotó que se encontró con esa imagen “hasta en tres ocasiones” porque los trabajadores dejaban abiertas las puertas del baño. Meses antes, en mayo, otro compañero describía el mismo hecho. 

Las actas levantadas también recogen episodios de suciedad. Por ejemplo, el 25 de mayo de 2017 detectaron que un usuario tenía “la boca muy sucia a las 11h, cuando según el registro de higiene de auxiliares, el aseo debía de hacerse después de cada comida”. La situación se repitió en septiembre del mismo año, en este caso con una anciana “encamada en la zona UGA [Unidades Geriátricas de Agudos]”, a pesar de que “en sus registros se indicaba que ya se había realizado el lavado de todos los turnos”. No quedan ahí los casos descritos por falta de higiene, relatan que se encontraron a un tercer usuario “sentado en el comedor antes de la merienda” con “la camiseta llena de pelos y pieles muertas o caspa de la cabeza, del corte de pelo que se le había realizado en el día”. 

La tercera infracción grave fue impuesta al detectar suciedad en las instalaciones, llegando a observar “restos de heces en el portarrollos” de uno de los baños de las habitaciones “y falta de limpieza en el interior de los armarios del lavabo”. Además, detectaron “falta de higiene” en otro de los aseos, que se estaba utilizando “para los cambios de pañal” de algunos residentes, con el “el suelo carente de limpieza y la pared sin azulejos en casi todo el frente, quedando a la vista los restos de cemento”, describe el documento al que ha accedido elDiario.es. 

Sillas de ruedas con “suciedad varia” y manchas en la lencería

En la resolución sancionadora, no solo pusieron el foco en las instalaciones, también en el material diario que utilizan los usuarios. En las inspecciones realizadas en 2017 detectaron sillas de ruedas con “restos de comida y suciedad varia”, “un cinturón de cama con varias manchas de gran tamaño color oscuro que parecían corresponder a sangre o heces” y “manchas oscuras en el babero y en la sábana” de una residente que se encontraba encamada.

Los inspectores también detectaron en varias ocasiones problemas con la medicación, un hecho que acarreó la cuarta falta grave impuesta a Vitalia Leganés. En septiembre de 2017 encontraron tres “lápices de insulina caducados en la bandeja ya preparada para su administración”, la fecha de vigencia de dos de ellos terminaba en julio y la del tercero en agosto. Este error se vuelve a detectar en el siguiente examen, realizado en marzo de 2018, al encontrar “en una de las neveras de enfermería” tres cajas de insulina guardadas con “fecha de caducidad 01/2018”. A esos hechos, se añade la última falta grave, impuesta porque hicieron unas obras que alteraban el uso autorizado de los espacios, sin que se hubiese “realizado la oportuna comunicación de modificación” a la Consejería del ramo. 

Vitalia “asumió la responsabilidad” de los hechos

A pesar de que la imposición de cinco infracciones graves acarreaba una multa de 30.005 euros, finalmente la empresa abonó 18.003 euros, como publicó Infolibre. Consiguió un descuento del 40% al “asumir la responsabilidad” de los hechos descritos, renunciar a presentar un recurso por “en vía administrativa” y pagar el 60% de la penalización de forma voluntaria el 2 de agosto de 2019 antes de que el dictamen fuese definitivo. elDiario.es ha tratado de consultar al centro de mayores si han llevado este asunto a los tribunales o si aceptan la resolución, sin haber recibido respuesta por el momento. 

Aún así, antes de aceptar las infracciones, presentaron unas alegaciones en mayo de 2019 pidiendo el sobreseimiento del expediente sancionador. Como la Comunidad no lo aprobó y terminaron aceptando su responsabilidad para evitar el pago de la sanción completa. En el escrito de réplica presentado por la empresa Residencias y Servicios Asistidos tratan de desmontar una a una las acusaciones de la Consejería de Políticas Sociales. Por ejemplo, sobre la falta de privacidad, destacaron que “algunos de los residentes más dependientes gritan si se les cierra la puerta” y alegaron que en otra inspección realizada en 2018 se destacó que esta situación era un “hecho subsanado”. Sin embargo, la Comunidad insistió en que en las actas de inspección previas “se desprende que dejar la puerta del baño abierta era la práctica habitual en el aseo íntimo de los usuarios más dependientes”, según figura en la propuesta de resolución fechada en julio de 2019. La instructora recordó que estos hechos se enmarcan en el artículo 28b de la ley 11/2002, que recoge como “infracción grave el ‘descuidar el deber de asistencia (...) de los usuarios”.

El artículo 28d de la misma normativa también sanciona el incumplimiento de la atención “farmacéutica, así como de las medidas de vigilancia o cuidado especial que precise el usuario”. La redactora de la propuesta sancionadora consideró que los errores de medicación se enmarcan en este artículo, a pesar de que la empresa aseguró que las insulinas caducadas son una “circunstancia excepcional”, “del que se dio parte inmediatamente a la responsable de enfermería, no encontrándose nunca más esta situación en insulinas en uso”.

El resto de sanciones imputadas se corresponden a los epígrafes 28c, 28k y 28j. Este último determina que es una infracción “no tener el establecimiento y el equipamiento en las debidas condiciones de mantenimiento, higiene, confort o salubridad”, en él se enmarca la suciedad detectadas en las instalaciones. Ante estos hechos, Vitalia aseguró que en otras inspecciones quedó acreditado que “han sido ocasionales o debido a circunstancias concretas excepcionales y han sido completamente subsanados”.

La normativa autonómica también sanciona que haya residentes que no se encuentren correctamente aseados, la infracción se recoge en el epígrafe 28c. Sobre las acusaciones planteadas, la empresa se limitó a asegurar que “se detectaron 3 incidencias en 2017 en relación a 3 usuarios concretos”. Una argumentación criticada por la instructora, que alegó que la compañía privada no tuvo en cuenta “la relevancia” que estos hechos “tienen para cada una de las personas que se encontraban en la situación descrita”.

Finalmente la Consejería aplica el artículo 28k para castigar que se realizasen obras sin comunicarlo a la administración. “nos habíamos planteado hacer una única comunicación oficial al servicio de inspección de la CAM con el único objeto de no generar tantas visitas de inspección”, replicó la empresa. Ante la negativa del Gobierno regional de rebajar la sanción, la empresa terminó asumiendo su responsabilidad para abonar una multa reducida.

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