'Patrulla Animal' es un espacio coordinado por Elisa Reche en el eldiario.es Murcia, para defender los derechos de los animales como seres sintientes.
Cinco consejos para recurrir las multas a los alimentadores de colonias felinas
Recientemente me ha contactado una alimentadora de colonias felinas que ha sido multada por la policía local.
Si tienes interés por este tema, sigue leyendo porque te voy a contar este caso y te voy a dar cinco consejos que te serán de gran ayuda.
Antes de todo, voy a resolver siete preguntas frecuentes que me hacen en materia de multas porque están muy relacionadas con este tema.
¿Qué es una multa?
¿Por qué se pone?
¿Por qué se quejan los vecinos de los gatos?
¿Cómo se puede evitar?
¿Qué opciones legales tiene una persona multada?
¿Qué plazo hay para recurrir?
¿Qué probabilidad de éxito tiene el recurso de una multa a un alimentador (gestor) de colonias felinas?
1.¿Qué es una multa?
Una multa por alimentar gatos ferales es una denuncia por la presunta comisión de una infracción administrativa regulada en una de estas normas:
- Ley autonómica de protección animal del lugar donde se puso la multa.
- Ordenanza municipal de protección del municipio del lugar donde se puso la multa.
- Ordenanza municipal reguladora de otros contenidos diferentes a la protección animal del municipio del lugar donde se puso la multa.
2.¿Por qué se pone una multa?
Habitualmente una multa a un alimentador de colonias felinas se pone a través de una denuncia por un agente de policía local a raíz de una queja vecinal.
3. ¿Por qué se quejan los vecinos de los gatos ?
Muchos vecinos se quejan en sus Ayuntamientos por algunos de estos motivos:
Porque desconocen qué es el método C.E.R (Captura, Esterilización y Retorno del Gato feral al punto de origen de captura del felino).
Porque sufren algún tipo de molestias porque no se aplica el método C.E.R.
Porque no le gustan los gatos.
4. ¿Cómo se puede evitar una multa?
Para evitar ser multado a la hora de alimentar gatos ferales es conveniente que concurran dos circunstancias.
a) Que se apliquen buenas prácticas a la hora de alimentar a los gatos ferales.
b) Que se tenga algún tipo de acreditación, como por ejemplo, un carné municipal.
5.¿Qué opciones legales tiene una persona que haya sido multada por cuidar gatos ferales?
La persona que haya sido multada por alimentar gatos ferales tanto si tiene carné como sino, tiene derecho a elegir entre recurrir la multa o pagarla.
6. ¿Qué plazo hay para recurrir la multa?
Generalmente el plazo es de 15 días hábiles para recurrir la multa o para pagar la multa, si fuera ésta la opción elegida por la persona multada.
El plazo de los 15 días empieza a contar a partir del día siguiente en el que se notificó la multa de forma fehaciente. Los días festivos y los fines de semana no se contabilizan en este plazo.
7. ¿Qué probabilidad de éxito tiene el recurso de una multa?
La mayoría de multas de alimentadores de colonias felinas que he tenido la ocasión de analizar eran nulas o anulables, incluso aún no teniendo el alimentador ninguna acreditación oficial del Ayuntamiento.
Muchas multas tienen un marco de dudosa legalidad ya que la norma alegada en la denuncia está desfasada o no es de aplicación.
A continuación te voy a dar cinco consejos muy prácticos para ayudar a toda aquella persona que tenga miedo de ser multada o lo haya sido.
1.Lee detenidamente la multa.
Lee varias veces la carta “multa” de forma detenida en un lugar tranquilo, verás que contiene mucha información que te será de gran ayuda.
2.Anota la fecha de notificación.
Anota la fecha en la que te la notificaron la carta porque es muy, muy importante. Sigue leyendo...
3.Solicita copia de tu expediente.
Solicita inmediatamente por escrito copia del expediente administrativo sancionador relacionado con la multa al organismo administrativo que la emite. Es muy importante acceder al expediente, preferiblemente antes de hacer tu recurso, para ver qué dijo el agente que te multó y que consta en tu expediente.
4. Normativa aplicable.
Analiza de forma exhaustiva la carta donde conste la multa, para ver en base a qué norma legal y qué artículo te han denunciado.
Navega por internet buscando el contenido de la norma que dicen que has incumplido y compara dicho contenido con lo que dice la ley autonómica de protección animal de tu zona.
5. Plazo para recurrir o pagar la multa.
Generalmente el plazo para recurrir la multa es de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la notificación. Recuerda que los días festivos y los fines de semana no se contabiliza en este plazo.
Consecuencias de tu decisión, sobre si pagas la multa o si la recurres.
a) Si abonas la multa estarás reconociendo que lo estás haciendo mal y cada vez que alimentes gatos te pueden volver a multar.
b) Si recurres es conveniente que tengas unos conocimientos básicos en legislación aplicable a las colonias felinas o que el recurso te lo haga un abogado.
Breve análisis de un caso real
Una alimentadora de colonias felinas me ha contactado recientemente porque la han denunciado con una multa de 100 euros por alimentar gatos ferales en un Ayuntamiento de la Región de Murcia que no aplica el método C.E.R. a pesar de tener obligación de hacerlo, según el artículo 25 de la Ley 6/2017 de protección animal de la citada Comunidad Autónoma.
La multa contiene como fundamento jurídico una ordenanza municipal arcaica basada en la Ley 10/1990 de protección animal de la Región de Murcia que fue derogada. Por lo tanto, esta multa es nula a pesar de que la alimentadora no tiene carné. Si bien la multa no es nula automáticamente y la la alimentadora deberá recurrirla.
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Mucho ánimo si eres alimentador@ y/o gestor@ de colonias felinas, espero que estos consejos te sean de gran ayuda. Y gracias por cuidarles.
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