Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La izquierda busca reconstruirse ante el nuevo ciclo político
El PP de Ayuso bloquea la investigación de los negocios de su pareja
Opinión - 'Un español cuenta algo muy sorprendente', por Isaac Rosa

Cinco puntos para entender la situación procesal de Ramón Luis Valcárcel

El presidente del PP murciano Valcárcel junto al alcalde de la capital, imputado en el 'caso Umbra' / PSS

María José Alarcón

Murcia —

Las cinco ideas básicas que se pueden extraer del auto del juez Manuel Abadía, exclusívamente en lo que respecta a la situación procesal del expresidente de la Región de Murcia, presidente del PP murciano y vicepresidente del Europarlamento, son las siguientes:

1.- El Ministerio Fiscal pone de manifiesto que Ramón Luis Valcárcel es aforado.

2.- Ante dicha condición, el Magistrado puede y/o debe realizar dos cosas:

    a) Permitirle personarse y ser parte, y de forma voluntaria, prestar declaración -primer paso-.

    b) Elevar exposición razonada al Tribunal Supremo.

3.- Por lo tanto, Ramón Luis Valcárcel no puede ser considerado “imputado” en sentido estricto porque esto supondría obligarle a comparecer; pero puede personarse y declarar de forma voluntaria, si bien una vez acreditado documentalmente su condición de eurodiputado, y no prestarse voluntariamente a comparecer y declarar en el plazo fijado de 30 días, el Juez debe emitir exposición razonada al Tribunal Supremo.

4.-Se le considera pre imputado.

5.-Este auto lo que realmente hace es interrumpir la prescripción de los supuestos delitos investigados: prevaricación y cohecho.

Etiquetas
stats