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“Los bancos han encarecido millones de préstamos de gente que ha pagado religiosamente todos los meses”

Javier Zambudio, abogado murciano que defendió el pago de la retroactividad en las cláusula suelo en el TJUE/E.R.

Elisa Reche

Murcia —

Tras tres años de trabajo y de enfrentarse a un “ejército de abogados de los bancos”, el pasado 21 de diciembre el TJUE les dio la razón. El letrado explica con rapidez y precisión lo ocurrido. Zambudio parece tener prisa con que se cumpla la ley desde el despacho de abogados Unive.

¿Se esperaba el fallo del TJUE?

Estrictamente sabíamos que lo correcto es lo que decidió el Tribunal de Justicia Europeo, lo que es nulo es nulo; la consecuencia de la nulidad es que la cláusula tiene que ser eliminada. En 2013 el Tribunal Supremo limita esa retroactividad a ese año por el riesgo sistémico y económico de la banca ya que se quería proteger a la banca de los efectos perjudiciales.

Parece como si el TS hubiera actuado como el ministerio de Economía.

Era una medida bastante excepcional. Por ejemplo, en el caso de los intereses moratorios de las hipotecas el Tribunal Supremo los declaró nulos y dijo que no pueden rebajarse y que se aplique el interés normal. Si el TS hubiera fallado como en otros casos no hubiera fallado esa medida. Fue una medida excepcional debido al saneamiento de la banca ya que se había inyectado dinero desde el Banco Central y las instituciones europeas.

¿Cómo han sido estos tres años?

Han sido tres años de mucho trabajo, de recurrir, de enfrentarnos a muchos magistrados y jueces, y a los abogados de los bancos que dificultaban todo el procedimiento. Todo esto nace porque a una clienta de Alicante no se le reconoce el derecho a que le devuelvan las cantidades anteriores a eliminar las cláusula suelo . El juzgado de lo mercantil número 1 de Alicante nos dice que ya ha sido decidido por el TS, que ya hay doctrina y no puede pronunciarse en contra. Nosotros creemos que tenemos la razón, que la nulidad no se puede limitar desde el principio, así que presentamos un recurso de apelación a la Audiencia Provincial de Alicante. En este recurso pedimos que se elevara una cuestión prejudicial, pregúntele al TJUE si la doctrina del TS va en contra de las directivas comunitarias y la jurisprudencia comunitaria. Junto con Francisco Javier Cerrillo por Torrevieja y Daniel Pineda de Granada, quienes también piden que se traslade al TJUE la decisión del TS de sólo devolver intereses de 2013 en adelante para ver si contravenía la normativa europea. Nuestra sorpresa es cuando nos citan para el 26 de abril de 2016 en Luxemburgo para la vista oral.

 ¿Cómo fue aquella vista oral?

Lo forman 15 jueces y el abogado general y se lleva a cabo una exposición en la que cada uno de los recurrentes expusimos por qué la interpretación del TS contraviene la normativa comunitaria junto con la Comisión Europea (CE). En estos tres años la Comisión ha sido la única institución que nos ha apoyado; desde el primer momento publicaron un informe en el que decían que teníamos razón y que el TS se había excedido en sus funciones. Tuvimos un turno cada uno de 15 minutos para expresar nuestras motivaciones jurídicas, la Comisión habló en último lugar por parte de los recurrentes y luego teníamos todo un ejército de abogados de las entidades financieras, abogado del Estado que representaba el Reino de España –siempre se mantuvo conforme a la interpretación que hacía el TS- y representantes del Reino Unido, el Estado polaco y checo.

Fue una vista larga, con servicio de traducción, con todas las cabinas y acabó con un duelo o un careo entre el abogado general –de acuerdo con la interpretación del TS- y los miembros de la Comisión. En septiembre nos notificaron que el 21 de diciembre se iba a leer la sentencia.

¿Fue una sorpresa?

Ha sido una sorpresa porque ha habido intereses muy potentes en todas estas cuestiones. Las indemnizaciones han sido cuantificadas entre los 4.500.000 y 6.000.000 de euros y hay bancos que han comercializado indiscriminadamente con préstamos hipotecarios con cláusulas suelo y muy altas, que han superado el 5 o 5,5%, con lo cual imagina cómo se encarecían los préstamos de esos consumidores, que ven cómo está bajando el euríbor porque recibe inyecciones del Banco Central y de compra de deuda, que cada vez los tipos van bajando más en Estados Unidos y Europa y que a ellos, misteriosamente, no les baja.

El banco tiene que ganar dinero al prestar dentro de unos márgenes lógicos, y sobre todo, tiene que informar y explicar qué esfuerzo anual va a hacer por su préstamo hipotecario. Los clientes tenían pactado el euríbor más un 1 ó 1,5%, pero no baja porque tenían contratado un límite mínimo y siempre iban a pagar un 3, 3,5 o 4% y sobre eso no habían sido suficientemente informados, según las exigencias de la ley. De este modo, los bancos han encarecido sobremanera millones de préstamos de gente que ha pagado religiosamente todos los meses.

E incluso a muchos bancos no les ha importado ejecutar préstamos hipotecarios de gente que no podía hacer frente a las cuotas mensuales sabiendo que tenían una cláusula suelo y que tenían derecho a una devolución bastante importante de intereses y que, probablemente, sin la existencia de esa cláusula suelo las cuotas hubieran sido mucho más bajas y quizás hubieran podido seguir pagando. No les ha importado desahuciar a clientes y consumidores pese a que tenían cláusulas abusivas.

¿Qué recomendaría ahora y, sobre todo, a las personas que no tienen dinero para entrar en un litigio?

Recomendamos a la gente que sea prudente. El Gobierno quiere establecer un Código de Buenas Prácticas. Todavía no se sabe cómo se van a afrontar estas indemnizaciones, parece que se va a posponer hasta mitad de enero porque hay quien quiere crear un arbitraje como ya pasó con las preferentes, hay quien quiere una devolución inmediata en dinero contante y sonante y hay quien quiere que ese dinero vaya a amortizar al capital a pagar. Al fin y al cabo es una decisión que le pertenece al cliente, lo que está claro es que este Código de Buenas Prácticas va a ser voluntario y sí se ha dejado claro que si los bancos se adhieren voluntariamente son de obligado cumplimiento las estipulaciones que integren ese código.

Lo que significa: ¿usted me está ofreciendo una especie de solución extrajudicial y me ha hecho aguantar hasta el último momento que ha venido un Tribunal de Justicia europeo para arrojar luz sobre lo que nosotros ya queríamos? Aconsejaría a la gente que no firme nada antes de asesorarse porque muchos bancos pueden elaborar un documento por el cual se devuelvan unos intereses calculados por ellos y que te impiden acudir a los tribunales de justicia. Lo que está claro es que la cláusula es abusiva y la única autoridad para eliminarla del préstamo sea por autoridad judicial, es decir, con una orden de nulidad del juez y con una orden de devolver todos esos interesas más las costas.

Dentro de la práctica del Derecho Civil, en el despacho han tenido mucha fuerza todos los productos tóxicos bancarios y los contratos que se hacían cuando aquí en España el dinero se regalaba, cuando en España había una manga ancha absoluta para conceder todo tipo de operaciones arriesgadas y han producido un perjuicio económico a muchos clientes; no sólo las cláusulas suelo, sino también las preferentes, las obligaciones subordinadas o los derivados financieros. En fin, que se han vendido muchos productos tóxicos estos años que han producido mucho daño económico al consumidor medio.

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