La presa del GRAPO María José Baños, a la espera del tercer grado y una liberación inminente: “Está muy enferma”
“María José está muy débil, estamos muy alarmados”. Lo dice al otro lado del teléfono Alejandra Matamoros, abogada de la presa del GRAPO María José Baños, encarcelada en el penal Murcia II, en Campos del Río. Baños, de 61 años y “con un estado de salud muy débil”, está pendiente de la decisión del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, que tiene que decidir sobre su libertad condicional.
Baños está diagnosticada de VIH “en estado avanzado” junto con una trombocitopenia crónica (recuento bajo de plaquetas), desnutrición calórica severa, claudicación intermitente grave (enfermedad arterial), hepatitis C y otras patologías, según la plataforma que ha puesto en marcha una campaña por su liberación en las últimas semanas y que ha lanzado un manifiesto de apoyo firmado por más de medio centenar de artistas para denunciar lo que entienden como “una negación sistemática de sus derechos básicos”. Entre los firmantes se encuentran nombres como los de Javier Bardem, Luis Tosar, Nacho Vegas, Willy Toledo o Pablo Hasel.
“El 10 de marzo aceptaron la progresión a tercer grado apoyándose en el artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario que permite clasificar en tercer grado (régimen abierto) a penados con enfermedades muy graves y padecimientos incurables por razones humanitarias y de dignidad personal”, relata Alajandra Matamoros. Un procedimiento que tiene que pasar por Vigilancia Penitenciaria para que se dicte el auto de libertad condicional, “pero se está alargando en exceso”. Según Matamoros, el expediente se ha remitido al Instituto de Medicina Legal “con todos los informes del centro penitenciario, pero está estancado desde el viernes y no sabemos nada a pesar de que todo el procedimiento se ha tramitado con carácter de urgencia”.
Desde su entorno aseguran que están “muy alarmados”, aunque confían en que se le conceda el grado “y su salida de la cárcel sea inminente”.
Baños, de una familia murciana emigrada a Francia, fue condenada por su participación en actividades terroristas vinculadas al GRAPO (Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre) en 2002. Aunque pasó por distintos penales españoles desde 1992 al año 2000. Como ella relata en una carta fue entre rejas donde entró en contacto con presos políticos. “A primeros de mayo de 2001 me incorporé en un comando de los GRAPO, plenamente consciente, orgullosa y convencida”, escribe. En 2002 fue detenida en Vitoria por integración en banda terrorista.
Suspensión de la privación de libertad por enfermedad
Según la instrucción 06-2018 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, hay dos supuestos para tramitar la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por enfermedad muy grave. El primero de ellos hace referencia a la existencia de un riesgo inminente y muy claro para la vida del interno. En ese caso, el procedimiento es directo. El médico que evalúa la situación clínica del paciente, si considera que la enfermedad es muy grave e incurable con peligro patente para la vida del interno, traslada la información al director del centro penitenciario, y de ahí pasa al juzgado de vigilancia penitenciaria para resolver el expediente.
En el segundo supuesto, en el que no hay un riesgo tan inminente pero sí un padecimiento incurable, el médico responsable comunica la situación al director del centro penitenciario y en la junta de tratamiento se estudia si concurren los requisitos que han de darse para obtener el tercer grado, indispensable para iniciar el expediente de libertad condicional.
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