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Aktion S-7

Un enfermo en el Hospital público Enfermera Isabel Zendal en Madrid.

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Hay dos historias malthusianas que no tienen nada que ver entre sí y que están separadas por 80 años. Dos historias inconexas, sin relación ni analogía aparente, sin comparación posible, que hablan de vidas indignas de ser vividas. Dos historias en las que un poder superior decidió fijar unos criterios de exclusión vitales a través de la ciencia médica. Dos historias que ayudan a mirar con perspectiva histórica lo que la bruma de la actualidad empaña. 

El exterminio de las personas discapacitadas y enfermos mentales en Alemania en los años 30 comenzó de manera pasiva, con una recomendación a los médicos y el personal sanitario de los hospitales para que descuidaran a los pacientes y estos acabaran muriendo por falta de atención de sus propias enfermedades. Más tarde avanzó introduciendo a los pacientes un medicamento llamado 'luminal' que con el tiempo acababa deteriorando sus vidas hasta acabar con ellas. Las cámaras de gas y las inyecciones letales para acabar con “vidas indignas de ser vividas” llegaron mucho después. Así llamaron a estas vidas, indignas de ser vividas. 

En ese periodo entre la inacción y la acción letal ejecutiva hubo un lapso en el que unos asesores médicos enviados por Viktor Brack decidían quién iba a morir y quién no. El historiador Richard J.Evans explicaba la motivación: “El criterio clave no era de orden médico, sino económico: ¿era o no capaz el paciente de desarrollar un trabajo productivo? Esta pregunta desempeñaría un rol crucial en otras futuras operaciones de matanza, y fue también fundamental en las valoraciones que hacían los médicos de la T-4 cuando visitaban los establecimientos que no les habían remitido los formularios de ingreso”.

El proceso de erradicación de estas vidas tomó el nombre de la dirección donde estaba la Cancillería del Reich de la que emanó el protocolo, Tiergartenstrasse, 4. El programa se llamaba Aktion T-4. El obispo Clemens August Graf von Galen de Muenster denunció este proceder criminal en un sermón público el 3 de agosto de 1941: “Existe una sospecha general que roza la certeza de que esas numerosas muertes de personas con enfermedades mentales no se producen por sí solas, sino que se provocan deliberadamente, que se está siguiendo la doctrina de acuerdo con la cual ha de destruirse la llamada 'vida indigna', es decir, matar a personas inocentes si uno considera que sus vidas no son ya útiles para la nación y para el Estado”.

El obispo logró con su sermón un movimiento de oposición hasta el momento inconcebible; consiguió parar el funcionamiento de la máquina de matar del régimen. Se produjeron debates en la opinión pública alemana sobre si era aceptable o no matar a los discapacitados y enfermos mentales, había quien solo lo consideraba adecuado cuando era una decisión voluntaria, otros que sí veían deseable acabar con aquellos que no eran productivos y suponían una carga para el Estado. Se debatía sobre la vida o la muerte de los vulnerables, sobre esas vidas indignas sobre las que clamó el obispo. 

Otra historia, que no tiene nada que ver, comienza también con un protocolo sobre quienes no cumplen los criterios para vivir de forma digna. También con su correspondiente denuncia a través de un libro, Morirán de forma indigna —macabra casualidad—, que cuenta un episodio sobre esa decisión protocolaria emanada de Sol, 7, que consideraba que había vidas que no merecían cuidados ni tratamiento médico. Alberto Reyero lanzó su homilía laica siendo consejero de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid con Isabel Díaz Ayuso. Manuel Rico, como periodista, tampoco calló ante lo que otros consideraron la selección política de las vidas indignas de ser vividas. 

Carlos Mur firmó el 20 de marzo de 2020 un protocolo de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso que decía: “Se procederá a derivar al hospital a los pacientes que no tengan las siguientes características, serían criterios de exclusión: 

- Pacientes en situación de final de vida subsidiarios de cuidados paliativos

- Pacientes con criterios de terminalidad oncológica, de enfermedades de órgano avanzada 

- Pacientes con criterios de terminalidad neurodegenerativa (GDS de 7) 

- Deterioro funcional severo (definidos por Barthel Deterioro funcional grave (Barthel 25-40) más deterioro cognitivo moderado (GDS 5): lo ideal sería visita / atención en la propia residencia.“ .

Esta semana, Mur declaró ante el juzgado que él solo firmó lo que la Consejería de Sanidad de Isabel Díaz Ayuso dictó. Esos criterios de exclusión coincidían con los marcados por los sistemas de productividad capitalista. Quedaban excluidas aquellas personas que solo se consideraban unas cargas para la sociedad y que producían gasto, las que no podían levantar la voz, las que no tenían voz con la que clamar ante la opinión pública. No solo no merecían tratamiento hospitalario y la posibilidad de sobrevivir, sino tampoco la ocasión de tener cuidados paliativos que les aseguraran un trayecto sin dolor ni sufrimiento a la muerte. Las camas de los hospitales privados estaban vacías aquellos días, reservadas por si quienes podían pagar las necesitaban mientras las personas con discapacidad, grandes dependientes y personas pobres, que eran consideradas preceptoras de ser excluidas sufrían en sus residencias sin recibir ningún tipo de tratamiento o consuelo. 80 años separan estas dos historias que, aparentemente, no tienen nada que ver entre sí. 

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