Los argumentos del juez dejan en evidencia la postura del Gobierno sobre el tercer grado de Matas
Un juez ha anulado la decisión de Instituciones Penitenciarias de conceder el tercer grado al exministro Jaume Matas. El Gobierno aprobó que el ex presidente balear disfrutara de lo que le queda de pena en un régimen de semilibertad, pese a que no contaba con el informe favorable de los técnicos de la cárcel de Segovia. El secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, compareció en el Congreso para justificar que esa concesión no fue arbitraria, sino legal.
El magistrado de Vigilancia Penitenciaria ha revocado el tercer grado tras la petición de la Fiscalía al entender que no se cumplen los requisitos pertinentes para que Matas disfrute de la semilibertad. El exdirigente del PP puede ahora recurrir ante el juez o ante la Audiencia Provincial de Palma, que fue la que dictó su inmediato ingreso en la cárcel.
El auto que ha revocado el tercer grado concedido a Matas echa por tierra los argumentos que el secretario general de Instituciones Penitenciarias dio en su comparecencia.
Ya no es un peligro para la sociedad
El responsable de Prisiones aseguró que el exministro ya no es un peligro para la sociedad. “No dispone de influencias necesarias que podrían favorecer su reincidencia”, expresó Yuste en referencia a que Matas no puede volver a cometer delitos de tráfico de influencias al no ostentar ninguna responsabilidad pública.
Sin embargo, el juez considera que el problema es que la mejora de las condiciones penitenciarias del condenado puede dar a la sociedad la sensación de “vaciamiento e incluso cierta impunidad”. Así, el magistrado entiende que el riesgo que se corre con esa medida es que se rompa la “confianza de los ciudadanos en el sistema democrático”. “Atender a la prevención general como parámetro a considerar en un caso de corrupción política es perfectamente legítimo”, dice el auto.
“Está plenamente insertado”
El juez no duda de que Matas esté “plenamente insertado” en la sociedad, tal y como dijo el responsable de Prisiones. De hecho, sostiene que ya lo estaba en el momento en que cometió el delito por el que ha sido condenado a nueves meses y un día de prisión. “Cuenta con un medio sociofamiliar normalizado, lo cual es habitual en la delincuencia de guante blanco”, añade el magistrado.
El problema para el juez es que la reinserción en la comunidad no es el único objetivo de una pena, sino que el preso debe ser reeducado durante su tiempo entre rejas. No es el caso de Matas, según el auto. Además, el magistrado sostiene que la pena también persigue ser una “amenaza de sanción” para aquellos que piensen en quebrantar la ley, así como funcionar como una “reafirmación de la norma” en el sentido de que una infracción va a conllevar un castigo.
Entrar voluntariamente no es asumir el delito
Ingresar en prisión de manera voluntaria implica asumir el delito y las penas. Esa fue una de las ideas de Yuste en la Comisión de Interior. El juez niega tajantemente ese extremo: “La presentación voluntaria no es un signo evidente de la asunción de su responsabilidad penal, antes bien lo único que evidencia es la asunción del inexorable destino, una voluntad de no huir”.
Considera que Matas no ha mostrado ninguna prueba de arrepentimiento o asunción de los daños causados ni del “descrédito” que su actividad ha provocado en las instituciones públicas. Es más, el juez recuerda que “el interno ha hecho hasta el último momento, legítimamente, todo lo que ha podido para no cumplir la pena, siendo el último instrumento el indulto que fue rechazado por el Consejo de Ministros”.
“Buen preso”
Yuste también justificó la concesión del tercer grado en la “conducta ejemplar” del exministro en la cárcel. “Es un buen preso, pero un mal ciudadano”, llegó a decir. Para el magistrado, que Matas haya ido al polideportivo en estos tres meses y haya echado unas partidas al frontenis no es suficiente.
“Las actividades tratamentales desarrolladas –salidas al polideportivo e inscripción en un campeonato de frontenis– difícilmente suponen paso alguno hacia la concienciación delictiva, o al menos no se explica cómo se alcanza con aquéllas tal efecto”, reza el auto.
Condenado por primera y única vez
El Gobierno también se basó en que Matas sólo tiene una condena en firme: nueve meses y un día de cárcel por tráfico de influencias mientras era presidente de Baleares. No obstante, tiene otras seis causas abiertas por corrupción.
El magistrado recuerda que la “existencia de procedimientos penales abiertos” es uno de los argumentos habitualmente utilizados por la Administración como ejemplo para la denegación de los permisos penitenciarios. No obstante, destaca que en el caso de Matas “no cabe invocarlo”, ya que previsiblemente no tenga nuevas condenas en el tiempo que le queda por cumplir esta (entre cinco y seis meses).