El Poder Judicial ampara a la jueza que se inhibió del caso de Juana Rivas ante los “ataques” de las ministras de Igualdad e Infancia
La presidenta del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló, y los diez vocales conservadores del órgano han sumado sus votos para otorgar amparo a la jueza Aurora Angulo, titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Granada que decidió inhibirse en la causa por la que Juana Rivas pedía que su hijo se quedara en España con ella.
La magistrada denunció una “campaña de desprestigio” y señalamiento puesta en marcha por el abogado de la mujer que, a su juicio, fue amplificada por la “cobertura mediática” y el “ataque intolerable” de determinadas “personas que ostentan o han ostentado cargos públicos”. Entre ellas, las ministras de Igualdad (Ana Redondo) e Infancia (Sira Rego) o la eurodiputada y exministra Irene Montero.
En su petición de amparo, la magistrada denunció que la actuación coordinada del abogado Carlos Aránguez junto con distintas personalidades de la política y las instituciones buscaba crear un ambiente intimidatorio que pretendía vulnerar su independencia judicial e influir en su libre capacidad de resolución.
El 10 de enero de 2025, después de que la jueza rechazara pronunciarse sobre si el hijo menor de Juana Rivas debía volver a Italia con su padre o permanecer con su madre en España, el letrado que asume la defensa de la mujer difundió un comunicado en el que la acusaba de haber archivado denuncias pasadas, de dictar autos equivocados y afirmaba que era “un hecho gravísimo que una magistrada especializada en violencia de género no comprenda lo que es la violencia vicaria”. “Quédense con este nombre: Aurora Angulo”, podía leerse también.
La magistrada vincula ese comunicado con otro publicado por el Ministerio de Igualdad que recordaba la necesidad de que prevaleciera el interés superior del menor. Ese comunicado del departamento que dirige Ana Redondo apuntaba también que “en relación a la indeterminación o discrepancias sobre cuál es el órgano judicial en España para decidir sobre la situación del hijo pequeño de Juana Rivas y el riesgo de que tenga que regresar a Italia con su padre”, existen varias normas internacionales por las que se debería escuchar al menor y tener en cuenta su opinión a fin de “garantizar su seguridad e impedir que conviva con un maltratador”.
Además, tres días antes de la decisión de la magistrada, la titular de Juventud e Infancia, Sira Riego, publicó el siguiente post: “He escuchado a Daniel, hijo de Juana Rivas, decir que muchas veces piensa que se va morir. Estamos preocupadas por su seguridad. Su testimonio es desgarrador. Yo le creo”. Su mensaje tuvo 90.400 visualizaciones.
En sus alegaciones, la ministra de Igualdad defendió que su comunicado no era susceptible de interferir en la independencia de la magistrada y que tampoco contenía una valoración respecto de sus decisiones, por lo que no ponía en riesgo su capacidad de decidir sin presiones. La ministra de infancia, por su parte, señaló que sus declaraciones fueron una manifestación de preocupación por el menor y que no hubo voluntad de interferir en el procedimiento judicial.
En su petición de amparo, la jueza también alude a la eurodiputada de Podemos y exministra de Igualdad Irene Montero, quien la acusó de estar “fuera de la ley”, calificó su decisión como “violencia institucional insoportable” y afirmó que “hay jueces que están haciendo política contra las leyes feministas y la infancia”. Por su parte, el exvicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias publicó en la red social X una fotografía de la jueza refiriéndose a ella como “la jueza conservadora que no quiere escuchar al hijo de Juana Rivas”.
Además, la magistrada y exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género, María Victoria Rosell, comparó el caso con situaciones donde otros menores fueron asesinados por sus progenitores y afirmó que el menor estaba en riesgo.
Precisamente en relación con estos hechos, el Ilustre Colegio de Abogados de Granada impuso una sanción de suspensión del ejercicio de la abogacía durante el plazo de dieciséis días al abogado Carlos Aránguez. Los hechos objeto de reproche disciplinario iban referidos a las alusiones personales que el letrado dirigió a la magistrada en el citado comunicado.
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