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El Supremo confirma año y medio de cárcel por una oferta falsa de alquiler en internet a una familia sin casa

Vista de un cartel de alquiler en un piso de Madrid. EFE/ Jennifer Gómez

Alberto Pozas

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Eugenio, nombre ficticio, se encontró con un grave problema habitacional en los primeros meses de 2020. El contrato del piso de alquiler en el que vivía con sus padres en Madrid se terminaba y necesitaba una nueva casa. Miró en MilAnuncios y encontró una vivienda que le podía servir: alquiler barato y en la ciudad. Al otro lado del teléfono había una mujer que le pidió 750 euros de fianza para entrar a vivir inmediatamente. Ni Eugenio ni sus padres pudieron entrar al piso porque todo era un engaño, la vivienda no estaba en alquiler y las víctimas tuvieron que arrendar unas habitaciones para tener un lugar en el que dormir a las puertas de la pandemia de coronavirus. El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de año y medio de cárcel por estafa a la dueña de la cuenta bancaria en la que ingresó el dinero.

Los tribunales españoles resuelven decenas de casos similares al año. Personas que anuncian pisos para alquilar en portales como MilAnuncios, Fotocasa o Idealista, por debajo del precio de mercado y en zonas con alta demanda habitacional. Las páginas web tienen sistemas para detectar cuándo uno de estos anuncios es una estafa, pero a veces el interesado contacta con los criminales antes de que salten las alarmas y consiguen perpetrar la estafa. Aprovechando, dice el Tribunal Supremo, la urgencia y la necesidad que suelen acompañar a la gente que busca piso en un mercado que cada vez requiere más inmediatez en la toma de este tipo de decisiones.

En este caso la Justicia no pudo identificar a la mujer con la que la víctima habló por teléfono, la que le ofreció el piso y que incluso, para vestir el engaño, llegó a mandarle una copia de su DNI. La realidad es que ese no era su verdadero documento de identidad, sino el de otra persona a la que habían estafado en el pasado en un engaño similar. Pero el Banco Santander sí identificó a la dueña de la cuenta a la que habían llegado los 750 euros de la fianza por el falso piso.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de año y medio de prisión por estafa agravada que los jueces madrileños impusieron a la mujer como cooperadora necesaria, además de una multa de 2.700 euros y la obligación de devolver los 750 euros al afectado. Una sentencia que explica que el Código Penal da “una mayor protección de bienes de primera necesidad como las viviendas”.

Explica también que los estafadores que participan en este tipo de engaños “en un contexto de elevados precios en el mercado del alquiler” convierte estos hechos en una estafa agravada. “Es particularmente rechazable que se utilicen estas fórmulas de engaño para conseguir un beneficio económico de quien puede que esté necesitado también de dinero y que carece de inmueble en el que residir, y que por esa necesidad se vea más expuesto a caer en la trampa”.

Este tipo de estafadores y sus cooperadores, añade el Supremo, “se aprovechan de la delicada situación de muchas personas, que ven complicado encontrar una casa en la que vivir, para engañarles, lo que en muchos casos supone agravar la ya de por sí vulnerable posición de las víctimas, haciéndoles más vulnerables aún”.

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