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Alaya tacha a Rivas de “portillo de entrada” del “dispendio” en las subvenciones de la Junta

La juez Alaya tacha a Rivas de "portillo de entrada" del "dispendio" en las subvenciones de la Junta

EUROPA PRESS

SEVILLA —

En un auto dictado el pasado 7 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla rechaza el recurso interpuesto por la defensa del exdelegado provincial de Empleo en Sevilla, Antonio Rivas, contra el auto de enero de 2012 en el que la juez “extendía” su imputación a los expedientes de Calderinox, Surcolor y Aglomerados Morell, pues “en términos indiciarios el análisis de las actuaciones ofrece un resultado contrario al expuesto por la defensa, que obliga a mantener la condición de imputado” del exalto cargo.

Según la juez, Rivas “asumió ante los empresarios compromisos de ayudas públicas sabiendo, porque él asistía a los consejos de Dirección ampliados de la Consejería de Empleo, que éstas se otorgaban con absoluto desprecio al derecho, al margen del procedimiento de subvenciones y del control de la Intervención de la Junta a través de las llamadas transferencias de financiación, y que se autorizaban con carácter general y sin la menor transparencia, siempre que los solicitantes vinieran de la mano de algún interlocutor de la Administración, como era él mismo”.

“Es cierto que no tenía capacidad para conceder subvenciones, pero actuaba de esta forma asumiendo tales compromisos de ayuda porque sabía que la Consejería de Empleo los refrendaría definitivamente a través de los criterios de laxa actuación expuestos” por el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero en su declaración judicial, donde “expuso que las subvenciones se concedieron en virtud de criterios discrecionales, a personas o empresas que por un motivo u otro estuvieran próximas a la Administración”, asevera Alaya.

“GRAN CAPACIDAD DE INFLUENCIA EN SUS SUPERIORES”

Al hilo de ello, la magistrada asegura que Rivas “sabía indiciariamente durante la mayor parte del ejercicio de su cargo que él tenía gran capacidad de influencia en sus superiores, y que en definitiva lo que prometía lo conseguía, pues además se caracterizaba por hacer un intenso seguimiento a tales compromisos”, según el auto consultado por Europa Press.

En relación a Calderinox, la juez instructora recuerda que en la póliza de prejubilaciones fueron incluidas dos personas que nunca trabajaron para la empresa, como son Antonio Fernández Garzón y el exdelegado provincial de Trabajo en Sevilla Juan Rodríguez Cordobés, quien en su declaración judicial “manifestó que fue Rivas el que le ofreció la indemnización de 36.000 euros” por su cese como director de la Escuela de Artesanos de Gelves.

Además, el exdirector general de Trabajo Juan Márquez “reconoció” en su declaración que fue el imputado “el que le sugirió la concesión de una ayuda sociolaboral” a Rodríguez Cordobés, lo que fue ratificado por María José Rofa, “mano derecha” de Márquez en la Dirección General, quien dijo que Rivas “llevaba más de un año insistiendo” en la inclusión de estos dos 'intrusos'.

“AUSENCIA DE PROCEDIMIENTO”

Por lo que respecta a 'Surcolor', dice que la imputación de Rivas “resulta del contenido del atestado policial y, más específicamente”, de las declaraciones del presidente del consejo de administración, Antonio Manuel Bustamante, y del consejero delegado, Manuel Rafael Castillo, declaraciones “de las que se deduce presuntamente el total y absoluto conocimiento” que Rivas “tenía de la ausencia de procedimiento, incluso de la forma ajena a la legalidad en que se produce el despido” de los trabajadores de la empresa.

“Siendo él la autoridad competente para autorizar los ERE que cumplan los requisitos de legalidad en empresas que pretendan despedir a más de diez trabajadores de una plantilla inferior a 100, pudo saber por las diversas reuniones mantenidas con el empresario y por los archivos de la Delegación que los despidos se realizaron contraviniendo la Ley y los derechos de los trabajadores”, agrega la juez, quien recuerda que, un año antes, Rivas “acordó el archivo del ERE solicitado al no aportarse la documentación requerida”.

A juicio de la instructora, “indiciariamente debió conocer que se trataba de despidos colectivos encubiertos y que la solicitud de financiación de las prejubilaciones partía de un flagrante incumplimiento del artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores”, a lo que se suma que los empresarios “se pusieron en contacto” con el imputado “al darse cuenta que eran 26 y no 24, los beneficiarios de la póliza, dos más que los trabajadores despedidos”, pero Rivas “les contestó que no se preocuparan, que se había incluido a esas dos personas por no contratar otra póliza aparte”.

UN 'INTRUSO', “FAMILIAR” DE RIVAS

Por todo ello, “es lógico suponer que la inclusión de los dos intrusos fuera conocida por Rivas”, dice la juez, que recuerda que uno de los intrusos, José Antonio Márquez, “es familiar de Rivas, y Juan Manuel López Espada era el marido de una concejal del PSOE” en Camas, “localidad de cuna” del imputado y “donde fue edil durante más de diez años, justo antes de ser nombrado delegado provincial de Empleo”.

Por último, y en relación a Aglomerados Morell, la juez dice que “se le concedieron tres líneas de ayudas, indiciariamente con total ausencia de procedimiento y ayunas de la menor justificación de la finalidad pública e interés social”.

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