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La antigua cúpula de UGT Andalucía pide anular el juicio del presunto fraude millonario por las “filtraciones ilegales”

El ex secretario general de UGT-A Francisco Fernández Sevilla, a su llegada al juicio

Inmaculada Calahorro

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Los abogados de las defensas de la antigua cúpula de UGT Andalucía acusada de fraude en las subvenciones públicas han pedido en la primera sesión del juicio la anulación del mismo por la “ilegitimidad” de muchas de las pruebas aportadas por las acusaciones al provenir de “filtraciones ilegales”. De esta forma, las defensas han denunciado la “ilegalidad” de las pruebas por tratarse de “infracciones” constitucionales que vulnerarían la presunción de inocencia de los encausados. Asimismo, han argumentado este lunes que la jueza instructora del caso, Mercedes Alaya actuó de forma “inquisitorial”, intentando “acaparar” las grandes causas relacionadas con la sociopolítica de Andalucía.

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha iniciado este lunes un juicio por un presunto delito continuado de fraude de subvenciones en concurso con un delito continuado de falsedad en documento mercantil, derivado de la práctica de supuestas facturas falsas y que habría defraudados 40,7 millones de euros en subvenciones públicas. Entre los encausados se encuentran Francisco Fernández Sevilla, ex secretario general de UGT-A; Federico Fresneda, ex secretario general de Administración; María Charpín, ex secretaria de Gestión Económica; Dolores Sánchez, responsable del departamento de Compras; y Enrique Goicoechea, consejero delegado de Soralpe: así como diez personas que actuaron como proveedores del sindicato a través de las empresas que representaban.

La vista ha comenzado con las habituales cuestiones previas. El abogado Luis López de Castro, representante legal de Fresneda, ha manifestado que como la causa nace de “una documentación sustraída” e “ilícitamente obtenida” por el que fuera trabajador de UGT-A Roberto Alejandro Macías Chaves, condenado por un delito de descubrimiento y revelación de secretos por filtrar a medios de comunicación “información reservada y sensible”, lo cual derivaría, según ha expuesto, en “la nulidad” de todas las actuaciones del proceso judicial. Cabe recordar que este mismo año la propia Audiencia impidió a dicho trabajador acudir al Tribunal Supremo para recurrir su sentencia.

Unas manos “no tan limpias”

A tal efecto, el citado abogado ha recordado la condena al autor de las filtraciones “en connivencia con el sindicato Manos Limpias, que han resultado no ser tan limpias, y de los medios de comunicación”. Además ha esgrimido jurisprudencia según la cual “las pruebas de origen ilícito han de ser descartadas”, lo que en este caso, por efecto “dominó”, deriva en la plena “nulidad” de lo actuado.

Roberto Macías, según ha destacado el letrado, se hizo “ilícitamente” con documentación de UGT-A y “en vez de denunciar los hechos de los que el mismo formaba parte” la trasladó a los medios de comunicación, “no a la Fiscalía o al juzgado”, “ premeditadamente y de mala fe, con máximo ánimo de venganza y odio”.

El abogado ha señalado también que Alaya fue la primera instructora del caso de los ERE y que intentó “acaparar” las grandes causas, tachando de “inquisitorial, desproporcionada, exagerada, viciada y bajo un secreto de sumario injustificado” su instrucción en el caso de UGT-A, con un “juicio paralelo” en los medios de comunicación dejando a los acusados en una situación de plena “indefensión”.

Una investigación “prácticamente limitada”

Se trató, según este letrado, de una investigación general y “prácticamente ilimitada” sobre el sindicato, con un secreto de sumario vigente “durante demasiado tiempo, desbordando todos los límites”. De este modo, López de Castro sostiene que la investigación se debe adecuar a la finalidad con la que fue prevista legalmente porque “no se trata de llevar a cabo una inquisición global sobre la actividad de una persona para imputar a la misma unos hechos concretos”.

Así pues, esta defensa señala que en el marco de actuaciones autorizadas por Alaya y después por el juez de Instrucción 9, hubo “detenciones innecesarias” además de la “vulneración de derechos elementales como la inviolabilidad del domicilio, el derecho al honor intimidad y propiedad privada, el derecho a la presunción de inocencia, el derecho a la libertad y el derecho a juez natural”. Todo ello, sin existir “las justificaciones necesarias”, a todo lo cual se han adherido las defensas de la ex secretaria de Gestión Económica, María Chapín; y la ex responsable del departamento de Compras de UGT-A, Dolores Sánchez.

También ha lamentado que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil se sirviese de tales actuaciones para incluir en sus diligencias aspectos como “conversaciones” telefónicas entre él como abogado defensor y Fresneda como cliente, así como conversaciones telefónicas entre Francisco Fernández Sevilla y la también dirigente de UGT Andalucía Carmen Castilla.

La Fiscalía sostiene que UGT institucionalizó el fraude y lo pactó con los proveedores

La Fiscalía ha asegurado que el sindicato “institucionalizó un fraude y lo pactó con los proveedores”; mientras el sindicato, que figura como responsable civil subsidiario, ha lamentado la “criminalización de una cuestión estrictamente administrativa” y ha asegurado que ha satisfecho el dinero reclamado.

De este modo, el letrado de UGT Andalucía, José María Calero, se ha adherido a las “graves vulneraciones de derechos y de las garantías procesales” alegadas por las defensas de los acusados individuales, tras lo cual ha asegurado que en este asunto, “una causa completamente administrativa se ha transformado en penal”. “Se ha criminalizado una cuestión estrictamente administrativa”, ha expuesto el abogado defensor del sindicato. Asimismo, argumenta la necesidad de distinguir entre cuestiones de forma y de fondo: “El fondo de un procedimiento penal es la búsqueda de la verdad material y quienes buscamos cuestiones de forma no queremos que no se muestre esa realidad, sino que no se tergiverse”.

De esta forma, Calero se opone a que el sindicato deba hacer frente como responsable civil subsidiario argumentando que UGT está pagando lo que existe una satisfacción extraprocesal de esa responsabilidad civil. “UGT Andalucía no puede sobrevivir haciendo frente a una deuda de 40 millones”.

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