Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Piélagos aprueba becas y ayudas al estudio para sufragar gastos del inicio del curso

Imagen exterior del Ayuntamiento de Piélagos.

elDiario.es Cantabria

0

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este miércoles, 18 de agosto, una resolución del Ayuntamiento de Piélagos en la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones destinadas a becas y ayudas al estudio de 2021.

Según recoge el documento, consultado por Europa Press, el objetivo de estas ayudas es sufragar los gastos que el inicio del curso académico ocasiona a las familias en condiciones socioeconómicas más bajas, con motivo de la adquisición de libros de texto, manuales de apoyo, gastos de transporte y material didáctico.

La presente subvención cuenta con un importe de 73.430 euros, que se concederá con cargo a la partida presupuestaria.

Entre los requisitos para solicitar estas ayudas, se recoge que todos los miembros de la unidad familiar se encuentren empadronados en el Ayuntamiento de Piélagos, con una antigüedad de al menos el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la convocatoria y de forma continuada.

También se exige estar matriculado en centros de enseñanza pública, concertada o privada, en cursos de Educación Preescolar, Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria, programas de cualificación profesional inicial y de garantía social, Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio y/o Superior, universidad pública o privada y enseñanzas universitarias de master.

Asimismo, los beneficiarios deben contar con una unidad familiar a la que pertenece el alumno con unos ingresos económicos, referidos al ejercicio anterior al del curso para el que se solicita la beca o ayuda, inferiores a los previstos en el artículo 8 del presente reglamento, y que ningún miembro de la unidad familiar tenga deudas tributarias pendientes con el Consistorio.

En concreto, para el cómputo de la renta familiar, se tendrá en cuenta la declaración del Impuesto sobre la Renta de cada uno de sus miembros, en los que solamente se computará el 50% de las rentas obtenidas distintos de los padres, madres o tutores.

No tendrán derecho a la concesión de ayudas o becas cuando los rendimientos netos del capital mobiliario más el saldo neto de las ganancias patrimoniales pertenecientes a la unidad familiar supere los 3.000 euros.

Estas ayudas están destinadas sufragar los gastos ocasionados por la compra de libros, manuales, material didáctico y/o transporte, cuando éste no se preste con carácter gratuito, de los alumnos de Educación Preescolar, Educación Infantil, Educación Primaria y Secundaria Obligatoria.

No obstante, la concesión de ayudas a Educación Primaria y Secundaria Obligatoria será incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda económica, obtenida con destino a sufragar los gastos ocasionados por todos o alguno de los conceptos que conforman la presente ayuda, que sean concedidos por otra Administración o entidad educativa privada y con el Plan Municipal de Gratuidad de Libros de Texto.

Las ayudas al estudio serán concedidas, dentro de los créditos presupuestarios, con independencia del rendimiento académico del alumno.

Tendrán la consideración de becas, las aportaciones económicas con destino a sufragar los gastos ocasionados por la compra de libros, manuales, material didáctico y/o transporte, cuando éste no se preste con carácter gratuito, de los alumnos de educación no obligatoria, esto es, programas de cualificación profesional inicial y programas de garantía social, Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio y/o Superior, universidad pública o privada y enseñanzas universitarias de master.

Para la concesión de las becas se estará al rendimiento académico de los beneficiarios, de tal forma que los alumnos que cursen o vayan a cursar estudios de Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio o Superior deberán acreditar no haber suspendido más de dos asignaturas del curso académico anterior, mientras que los alumnos que cursen estudios universitarios habrán de justificar que en el curso para el que se solicita la beca se han matriculado en las asignaturas, en los supuestos de primera matrícula, o que han superado un número de asignaturas que den lugar al mínimo de créditos exigidos cuando se trate de segunda o sucesivas matriculas.

Las solicitudes de concesión deberán ser presentadas en el plazo máximo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el extracto de la convocatoria en el BOC.

Etiquetas
stats