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La Audiencia de Cantabria condena al exalcalde de Castro Urdiales Fernando Muguruza por prevaricación y ordena el derribo de las once viviendas de La Loma

Imagen de archivo del juicio de La Loma

Rubén Alonso

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El caso La Loma de Castro Urdiales ya tiene desenlace. La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado al exalcalde Fernando Muguruza por “un delito continuado de prevaricación administrativa y urbanística a las penas de ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y un año de prisión”, y ha ordenado el derribo de las once viviendas construidas sobre suelo de protección y servidumbre de carreteras, cuyo coste deberá ser sufragado por los tres condenados con responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de Castro Urdiales.

Además, la Justicia también ha condenado por esta macrocausa de corrupción al exsecretario municipal César Saiz y al arquitecto Valentín Galdós, y ha absuelto al también exregidor Rufino Díaz Helguera, y a todos los demás acusados, tal y como recoge la sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es.

Siete meses después de que este juicio quedara visto para sentencia, la Sección Tercera de la Audiencia emite su fallo en el que declara la nulidad del Plan Parcial del sector de Suelo Urbanizable No Programado Nº 12 de Castro Urdiales, así como de los instrumentos de planeamiento que lo desarrollaron, lo que conlleva la demolición de las viviendas de La Loma. Así todo, esta sentencia no es firme y puede recurrirse en un plazo de cinco días ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

En este sentido, la Audiencia deja sin efecto las medidas cautelares adoptadas durante la instrucción relativas a los SUNP 3, 4 y 7, es decir, “paralización de obras, publicidad, anotaciones preventivas y prohibiciones de disponer”, y mantiene las del SUNP 12 hasta que las sentencia sea firme.

La Sala justifica la nulidad del Plan apuntando que “se han incumplido una serie de formalidades obligatorias, derivadas de sendos informes preceptivos y vinculantes, como son los de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria y la Dirección General de Carreteras del Gobierno de Cantabria”. Así pues, afirma que “no se ha respetado la distribución de espacios para la construcción de viales públicos de naturaleza estatal y autonómica, impidiéndose la construcción de una rotonda de distribución”, y que “se han construido en la zona de protección de Carreteras once chalets, en contra de la legislación vigente y obligatoria”.

Respecto a los acusados, además de la inhabilitación y del año de prisión para Muguruza, la Audiencia ha condenado a César Saiz por cooperación necesaria de un delito de prevaricación administrativa a la pena de seis años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y por un delito de falsedad en documento público y oficial a las penas de dos años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de cinco meses, con cuota diaria de 50 euros, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos años menos un día.

Por su parte, la Sección Tercera ha condenado a Valentín Galdós por un delito de falsedad en documento público y oficial a las penas de dos años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de cinco meses, con cuota diaria de 50 euros, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de un año. Sin embargo, tanto Galdós como Saiz han sido absueltos del delito de cohecho por el que habían sido acusados.

Esta macrocausa, la mayor sobre corrupción urbanística del municipio y de Cantabria, quedó desinflada al principio del proceso judicial tras la retirada por parte de la Fiscalía de la acusación a 39 de los 45 imputados, un giro polémico que provocó que se omitieran nueve delitos y se obviara un perjuicio de 10 millones para Castro Urdiales. No obstante, la Junta Vecinal de Santullán, que denunció la usurpación de un vial autonómico en la construcción de las viviendas que esta sentencia obliga a derribar, mantuvo su acusación, de manera que han sido 13 las personas juzgadas en este proceso.

Díaz Helguera, absuelto

Se trata de los exalcaldes Fernando Muguruza y Rufino Díaz Helguera, los exconcejales Salvador Hierro, José Miguel Rodríguez, Concepción Carranza, Santiago Vélez, Jaime Díez Muro y Juan Tomás Molinero; los arquitectos Pedro Restegui y Valentín Galdós, el exsecretario César Saiz, la ingeniera Carmen Villanueva y la técnico Yolanda Sánchez, todos absueltos salvo Muguruza, Saiz y Galdós.

La Audiencia, según recoge el texto de la sentencia, señala que las acusaciones por parte del Ministerio Fiscal al exregidor Díaz Helguera “no pueden prosperar” por la “indefinición fáctica de las imputaciones”. Y es que la Fiscalía acusó al exalcalde de un delito de cohecho por haber recibido, por un lado, dos pagos de 5.000 euros “en fechas próximas a la aprobación del Proyecto de Compensación del polígono 1 del Sector 1 del SUNP-3 y el Proyecto de Urbanización”, como contraprestación a silenciar las irregularidades administrativas en la tramitación de esos instrumentos urbanísticos, y por otro lado, en la recepción de una cantidad “aproximada a 149.982 euros de particulares y empresas no identificadas por el solo hecho de ejercer, debidamente o no, sus funciones municipales en asuntos relacionados con sus respectivos intereses”.

“No se nos dice quién le ha entregado esas sumas, ni si son particulares o empresas; incluso se duda si se entregaron esas sumas por el solo hecho de ejercer, ”debidamente o no“, sus funciones municipales; ni se nos apunta en qué asuntos ni a qué intereses respondían esos presuntos ingresos”, apunta el escrito, que justifica con ello su absolución, añadiendo que “no hay otra prueba de cargo”, puesto que “no han comparecido testigos que hayan manifestado haber entregado dinero o comisiones al acusado”.

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