La Junta cambia métodos y periodos para capturar conejos de monte y frenar así la sobrepoblación
La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha publicado una Resolución que modifica la declaración como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte, la definida por varios términos municipales en las cinco provincias de la región.
En concreto se modifican, como ya anunciase el consejero Francisco Martínez Arroyo este jueves en las Cortes regionales, los métodos y periodos de control autorizados. En cuanto a los métodos autorizados en terrenos cinegéticos se permitirá la captura mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 31 de marzo de 2019, también la captura mediante hurón y escopeta, exclusivamente desde la fecha de publicación de la resolución al 30 de abril de 2018, sin perro, en las zonas de concentración de madrigueras, del 1 de junio al 15 de agosto de 2018, con perro a partir del 1 de agosto, durante el periodo hábil de caza del conejo, con perro y desde el 8 de febrero de 2019 al 31 de marzo de 2019, sin perro. El número de cazadores por grupo será como máximo de cuatro.
En los terrenos no cinegéticos, es decir, las zonas de seguridad viarias o de dominio público hidráulico se permitirá la captura mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 31 de marzo de 2019 y también el número de cazadores por grupo será como máximo de cuatro.
El departamento de Política Forestal y Espacios Naturales justifica esta decisión porque “a la vista de las condiciones climatológicas del último mes, se han reducido el número de días en los que se podía hacer control de la población de conejo de monte en la zona declarada de emergencia cinegética, coincidiendo con un periodo crítico para los cultivos agrícolas ya que los cereales se encuentra en una fase crucial de su desarrollo vegetativo y los cultivos leñosos, en especial la vid, en prebrotación, pudiéndose llegar a abortar la cosecha”.