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¿Cuáles son los primeros grupos de “influencia” registrados en el Portal de Transparencia?

europa press

Alicia Avilés Pozo

La regulación de los denominados ‘grupos de interés’ o ‘lobbies’ fue una de las novedades más importantes de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno que las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaron por unanimidad a comienzos de la legislatura. En aplicación de la norma y sus posteriores decretos, deben registrarse aquellas organizaciones y personas que, desarrollando su actividad en la región  influyen de manera directa o indirecta en los procesos de elaboración de las políticas normativas, en la aplicación de las mismas o en la toma de decisiones de la Administración autonómica y sus entidades públicas.

Este registro ya se ha puesto en marcha en el Portal de Transparencia de Castilla-La Mancha y el objetivo es asegurar que los grupos que traten de influir en los procesos de toma de decisión sean “suficientemente conocidos”, ejerzan su actividad de influencia en procesos que se desarrollen “con la suficiente visibilidad” y que, además, en la promoción de los intereses que representan, “se comprometan a asumir y respetar unas pautas éticas de conducta que aseguren la legitimidad de su intervención”.

Se configura, por tanto, como un instrumento público y gratuito. La iniciativa parte de los propios colectivos y sus datos son de libre consulta. Con ello se quiere facilitar la identificación y el control de las “actividades de influencia” que dichos grupos ejercen ante la Administración. De hecho, su  inscripción se vincula a la posibilidad de que puedan acceder a los titulares de los órganos directivos, de apoyo o asistencia que integran tanto la Administración regional como el resto de entes de su sector público y, a tal efecto, soliciten ser incluidos en sus respectivas agendas de trabajo.

Desde el pasado mes de septiembre ya han comenzado a inscribirse los primeros grupos y hay una veintena de ellos en el registro, que se va actualizando diariamente. Por el momento, han tomado esta iniciativa, en su gran mayoría, entidades y fundaciones de carácter social, así como consultarías y también asociaciones con carácter nacional pero que desarrollan una amplia actividad en Castilla-La Mancha.

Entidades sociales

Por ejemplo, forman parte ya de este listado colectivos sociales sin ánimo de lucro como la Asociación para la Atención a Personas con Discapacidad Intelectual ASPRONA, la Fundación para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad Psíquica Fuente Agria, la Plataforma de Organizaciones de Infancia, Down Toledo, la Federación de Personas Sordas de Castilla-La Mancha (FESORMANCHA), CECAP Castilla-La Mancha, la Red de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social de Castilla-La Mancha, y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad de Castilla-la Mancha (CERMI).

También se han registrado colegios oficiales como el de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Castilla-La Mancha, y el de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Castilla-La Mancha, junto con otras entidades de carácter nacional como la Fundación Civio o Veterinarios sin Fronteras (Vetermon).

En otras áreas, hay inscripciones de todo tipo: la Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados, la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución, la Red Castellano-Manchega de Desarrollo Rural (RECAMDER), la empresa de transportes y grúas Anagrual, la Asociación Empresarial de Investigación del Mármol y Piedra o la consultora Cariotipo MH5 S.L.

La novedad de la ley no es tan solo la implantación de este registro sino también la imposición de un código de conducta como “mínimo estándar” para estos colectivos, como cumplir las obligaciones de publicidad activa, respetar las instituciones y personas con quienes se desarrollan, informar a los responsables públicos y facilitar la información relativa a la identidad de la persona y organización a quien representan.  

También están obligados a no difundir la información de carácter confidencial que conozcan en el ejercicio de su actividad, a actuar con integridad ética, honestidad y buena fe, a no generar conflictos de intereses, a no incitar al incumplimiento de la ley, a no representar intereses contradictorios o adversos sin el consentimiento de las personas afectadas, y a no hacer uso abusivo de la inscripción registral, utilizándola por ejemplo para fines publicitarios ilícitos.

Por último, según la Ley de Transparencia, la inscripción en el registro obliga a remitir, en el primer mes de cada año, un informe sobre las actuaciones realizadas en el año precedente, con especial referencia a las reuniones y audiencias celebradas con los responsables públicos, la finalidad de las mismas y la relación de documentos, comunicaciones o informes realizados en relación con los temas tratados.

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