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Se considera improcedente el despido a empleada embarazada

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El Juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real declaró nulo el martes el despido de una trabajadora, embarazada, de limpieza y servicios domésticos de la Consejería de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-y La Mancha, condenando a la Administración a su inmediata readmisión y el abono delos salarios que no han sido pagados desde la fecha del despido hasta su readmisión. Según la información de la sentencia, el despido se considera improcedente al tratarse de que la plaza que no había sido cubierta, ni amortizada, rechazándose así los argumentos de desaparición de la misma, por las razones de urgencia o necesidad expuestas por la Administración.

El sindicato CSI-F ha querido recordar también lo numeroso de las sentencias por despido improcedente que se han ganado contra la Junta, como es el caso de otra trabajadora de Ciudad Real cuyo despido fue llevado a tribunales en julio de 2013 y considerado finalmente como improcedente en septiembre de 2013 con una indemnización de casi 12.000 euros. En el caso de esta trabajadora, indica, se debería haber tenido en cuenta que al firmar un contrato para la cobertura temporal, se debe esperar hasta que la plaza sea efectivamente cubierta o amortizada.

La reforma del artículo 55, del Estatuto de los Trabajadores introducida por la Ley 39/1999 para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, y la doctrina del Tribunal Constitucional se encargaron de configurar un mecanismo de garantía que protege a las trabajadoras de embarazo, indica el sindicato, por lo que ya no es necesario comunicar el estado de embarazo, por lo que la nulidad del despido está directamente relacionada con este estado y con la baja médica de enfermedad común que presentaba la trabajadora debido a su estado de gestación.

Ante la cercanía del día de la mujer trabajadora, 8 de marzo, el sindicato ha hecho especial énfasis en rechazar las medidas de recorte empleadas por la Administración regional, con las que se pretende omitir una protección efectiva con la que las trabajadoras embarazadas puedan hacer frente al despido. Ha recordado también que los despidos improcedentes a trabajadoras embarazadas deben ser calificados como nulos. Respecto a la celebración del día de la mujer, el sindicato ha denunciado también la brecha salarial existente entre mujeres y hombres en España se sitúa en el 14% en las Administraciones públicas, en contraste con países como Alemania, 7,7%, o los países nórdicos, 8%. La organización ha avisado también la próxima realización de un estudio que analice a fondo el alcance de las diferencias laborales entre hombres y mujeres en los empleos públicos.

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