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Sagunt aumentará un 50% el IBI a los propietarios que tengan más de 10 viviendas permanentemente vacías

Casco urbano del puerto de Sagunt.

Toni Cuquerella

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La Comisión de Hacienda de Sagunt ha dictaminado favorablemente la propuesta de la concejalía de Economía y Hacienda para la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes inmuebles. Dos grandes cambios afectan esta ordenanza, los cuales han resultado dictaminados con los votos favorables del Equipo de Gobierno, en contra del Partido Popular y las abstenciones de Iniciativa Porteña, Ciudadanos y Vox.

La primera modificación y más destacada consiste en la aplicación de un recargo del 50% de la cuota líquida de las viviendas que se encuentran vacías con carácter permanente cuando sus propietarios tengan más de diez viviendas permanentemente desempleados. “Con esta medida dibujamos cuál será la línea política del Equipo de Gobierno en materia de vivienda”, ha destacado Parra, puesto que se grabará «a los grandes tenedores de viviendas que obstaculizan el mercado inmobiliario, el acceso a viviendas a la gente joven, el derecho a la vivienda, incluso favorecen problemas de ocupación, todo esto implicando un elevado coste para la ciudadanía». Con esta medida se pretende, además, movilizar el mercado inmobiliario.

Según el texto de la ordenanza, se entienden por viviendas desocupadas con carácter permanente los así declarados por la Generalitat Valenciana según el que establece la Ley 2/2017, de 3 de febrero, y que constan inscritos como tales en su registro de viviendas desocupadas.

La declaración municipal como vivienda desocupada con carácter permanente se inicia de oficio, atendiendo, a este efecto, los medios de prueba e indicios de desocupación a fecha 31 de diciembre referidos en el artículo 15 de la Ley 2/2017, de 3 de febrero, y se resuelve previa audiencia del sujeto pasivo.

Finalmente, la regidora ha afirmado que los principios que rigen el sistema tributario español “son los que tienen que regir los nuestros, el principio de igualdad, de capacidad y de progresividad. No queremos que estas medidas vayan en contra del ciudadano con pequeño patrimonio o que el ciudadano note que cada año paga más por el recibo del IBI, sino que quien más tenga, más aporto, puesto que los grandes bienes hacen que se mantenga el nivel de recaudación”.

La segunda modificación es del artículo 3 de la ordenanza, con la cual se reducen los tipos de gravamen aplicables al Impuesto a los Bienes Inmuebles de naturaleza urbana para establecerlos en 0,42% el tipo de gravamen general y 0,55% el incrementado. El tipo de gravamen general es el que afecta las viviendas del municipio, así como a los de uso comercial e industrial con un valor catastral menor a 1.000.000 de euros, “este recibo bajará 1,85 euros de media, dependiendo del valor catastral”, ha asegurado la regidora de Hacienda, Gloria Parra. En cuanto al 0,55% del tipo incrementado, para bienes de valor catastral de más de 1.000.000 de euros, “se mantiene como el año pasado”. Para los bienes inmuebles de naturaleza rústica, se aplicará un tipo de gravamen del 0,72% y para los bienes inmuebles de características especiales, se aplicará un tipo de gravamen del 1,3%.

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