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La justicia vuelve a fallar en la protección a menores

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Ayer un padre maltratador, condenado por violencia machista y con una orden de alejamiento en vigor, asesinó presuntamente -a falta de sentencia- a su hijo de 11 años en Sueca (València). La falta de recursos para la coordinación entre juzgados habría propiciado que aunque el juzgado de violencia de género había suspendido el régimen de visitas al maltratador, posteriormente un juzgado de familia concediera una custodia compartida, ajeno al procedimiento penal de violencia contra la mujer y ajeno a la orden de alejamiento vigente. ¿Quién debería haber avisado? No olvidemos que la madre es también víctima de esta violencia que propicia un clima de terror en el que cualquier decisión puede estar altamente condicionada, sobre todo si el sistema no ofrece, como viene sucediendo, las suficientes garantías de protección. No nos olvidemos tampoco de los casos de madres que han denunciado a sus parejas por violencia machista, han reclamado la custodia y han terminado perdiendo hasta el régimen de visitas de sus hijos e hijas e incluso yendo a prisión. Responsabilizar a la víctima es también un ejercicio de violencia.

En el caso de Sueca, una simple alerta en el sistema informático de Justícia al introducir los datos de las personas incursas en procedimientos por violencia machista que informara de la vigencia de medidas cautelares habría sido suficiente para evitar la custodia compartida y las visitas del maltratador al menor. No podemos decir que habrían evitado el asesinato porque sabemos que los asesinos machistas pueden encontrar otras vías de aproximación a sus hijos o hijas. Al fin y al cabo las órdenes de alejamiento dependen exclusivamente de la voluntad en este caso de quien es un agresor machista. Pero también sabemos por experiencia que la mayor parte de los asesinatos de menores por violencia machista vicaria se producen durante las visitas de los niños o niñas a sus padres y que la protección de menores es una responsabilidad pública. No hay muros que impidan el incumplimiento de las órdenes de alejamiento pero además esta medida cautelar se aplica en casos de violencia machista de la misma forma que se aplica en otro tipo de casos, sin tener en cuenta que las convicciones patriarcales implican un plus de peligrosidad ya que los agresores sostienen la creencia en un supuesto derecho a ejercer la posesión sobre la mujer por encima incluso, si es necesario, de la vida de los hijos. Y a su exclusiva voluntad se fía la distancia de seguridad.

La Ley orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, de 2021, crea un marco de protección que hace aguas si los procedimientos se alargan y los recursos económicos, personales, técnicos y de formación, no son suficientes para actuar de forma coordinada y rápida. Entre una amenaza de matar a sus hijos y que se den la condiciones que establece esta ley para retirar el régimen de visitas pueden pasar días, semanas, meses, en los que la protección efectiva está en el aire y las madres que han optado por proteger a sus hijos e hijas aún a costa de desobedecer a este sistema judicial que no les garantiza protección están siendo criminalizadas, están en prisión o a punto de entrar en ella. Y, lo que es más grave, los y las menores viviendo con los maltratadores. Espero que los menores ahora desprotegidos que sobrevivan a este horror puedan ejercer, de adultos, su derecho a exigir al Estado responsabilidades por haberles hurtado el vínculo materno o haberles condenado a vivir bajo la custodia de un maltratador.

También se queda corto el sistema que, pese a la aprobación de esta ley de protección integral a la infancia en 2021 y a la prohibición expresa de visitas que establece el artículo 94 del Código Civil, sigue manteniendo a cerca de 900 menores que aún realizan visitas en la cárcel a sus progenitores condenados por violencia machista, según datos del dictamen emitido por la fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, recientemente.

Además de la legislación, profesionalmente está desautorizada la mediación entre víctima y agresor en casos de violencia machista, de modo que cualquier intento de conciliación o restablecimiento de vínculo entre maltratador y víctima ha de quedar descartado, y desde la entrada en vigor de la ley de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, de 2015, los hijos de mujeres víctimas de este tipo de violencia son legalmente también víctimas. La fiscal Peramato ha emitido un dictamen recordando quienes tienen competencia para proceder a suspender este tipo de visitas y recordarles que es un imperativo legal que no depende ni de la voluntad de las partes ni de la opinión de las personas menores de edad afectadas. Es decir, que hay que cumplirlo, pero no se ha hecho.

¿No es posible emitir una orden de suspensión o una directriz para la suspensión automática de todas estas visitas a la cárcel, en atención a la legislación vigente que ya lo ampara? ¿Hay que esperar a que cada juzgado, cada juez o jueza quiera o pueda hacerlo? ¿Tienen recursos suficientes para ello? Tener que visitar en prisión a quien ha ejercido violencia contra la madre y puede seguir ejerciéndola a través de los hijos y las hijas, es violencia institucional contra la mujer y contra los y las menores. Ya hace años que sabemos que los hijos e hijas son para los violentos machistas un recurso para seguir ejerciendo la violencia contra la mujer que consideran de su dominio. Si además están en prisión, los menores son el único vínculo o recurso del que pueden disponer para ejercerla.

El sistema de protección de menores hace aguas de una manera indignante. Tiene grietas que cuestan vidas y que, lo peor de todo, son en muchas ocasiones, como ésta, subsanables con una revisión detallada de procedimientos y recursos, que viene siendo demandada por organizaciones feministas y también por profesionales de la carrera judicial y fiscal desde hace años, sin éxito.

Naciones Unidas ha alertado varias veces de la situación de desprotección de menores en España a causa de las grietas en el sistema judicial en los casos de violencia machista y ha exigido, también en reiteradas ocasiones, que el gobierno español disponga de las medidas necesarias para resolverlo. En un comunicado reciente señala que “el sistema judicial español tiene un ”sesgo discriminatorio contra las mujeres“ y a menudo favorece a los varones en casos de custodia incluso aunque haya antecedentes de violencia doméstica. Los expertos piden al Gobierno que tome medidas.” Lamentablemente seguimos registrando menores asesinados y detectando grietas que podrían haber sido reparadas ya.

Con la sombra del negacionismo acechando, resulta imprescindible y urgente que las diferentes administraciones, en especial los ministerios de Igualdad y de Justicia, realicen un trabajo minucioso y de extremo rigor para cerrar las grietas del sistema que dejan a menores y mujeres desprotegidas ante esta violencia, porque, como hemos visto desgraciadamente una vez más, hay vidas en juego que estamos a tiempo de salvar y queremos salvarlas.

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