Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El PP y Vox recuperan por ley la posibilidad de introducir una asignatura sobre toros en la educación valenciana

Imagen de archivo de un 'bou embolat'.

Carlos Navarro Castelló

València —

1

El Gobierno valenciano del PP ha aprobado el nuevo reglamento de ‘bous al carrer’, que regula las condiciones de celebración y desarrollo de los festejos taurinos tradicionales que tienen lugar en la Comunitat Valenciana. El decreto, que entrará en vigor el 1 de enero de 2027, se publicó este martes en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y actualiza la normativa existente en esta materia, según el Consell, “para adaptarla a los cambios experimentados en la última década en estos festejos taurinos y reforzar aspectos como los referidos a las medidas de seguridad”.

Sin embargo, además de estas cuestiones, incluye un artículo que sienta las bases para incluir en el sistema educativo algún tipo de asignatura o materia relacionado con los 'bous al carrer', algo que ya hizo el PP de Alberto Fabra poco antes de perder la Generalitat a manos del 'Consell del Botànic'. Fue en 2014 cuando la entonces consellera de Educación y ahora alcaldesa de València, María José Catalá, creó la asignatura 'Cultura del Poble Valencià', una materia en la que se debían ensalzar aspectos del 'ADN valenciano', como estos eventos taurinos. En 2017, el ejecutivo de izquierdas formado por el PSPV y Compromís, presidido por Ximo Puig, la eliminó.

Así, el artículo 92 del decreto establece que “la Generalitat, a través de la conselleria competente en materia de educación, podrá establecer elementos curriculares transversales o asignaturas específicas sobre señas de identidad y valores tradicionales valencianos en que se haga referencia a los festejos de bous al carrer, para su concreción por los centros docentes en el marco de su proyecto educativo”.

Por otra parte, la nueva normativa blinda también el 'bou embolat' pese a los informes que advierten del “sufrimiento del animal, tal y como reconoce indirectamente el texto de la normativa que introduce algunas medidas adicionales precisamente para prevenir situación de maltrato. Así, obliga a que haya en todo momento presencia de personal veterinario ”antes de la embolada a efectos de verificar las condiciones de la misma así como durante el momento del encendido de las bolas“.

Tras la finalización del evento “evacuará informe sobre el estado de las reses al inicio y al final del mismo con especial hincapié en las incidencias que hubieren podido producir”. Este informe será entregado a la dirección del festejo, es decir, al alcalde del municipio o persona en la que este haya delegado, y remitido al órgano competente para autorizar el mismo: “En el supuesto de que se detecte alguna actuación o comportamiento que pudiere ser constitutivo de maltrato, el director del festejo adoptará las medidas correctoras que procedan. Todo ello sin perjuicio del procedimiento sancionador que, en su caso, pudiere corresponder”.

Más allá de esta cuestión, dos informes concluyeron el sufrimiento al que se somete al animal en este tipo de actos. Ambos se elaboraron cuando en el año 2012 el PP intentó, sin éxito, proteger los 'bous al carrer' como Bien de Interés Cultural (BIC). Precisamente estos informes impidieron que se aprobara.

Así, un dictamen del Consell Valencià de Cultura (CVC) aprobado en 2009 afirma textualmente que “en el caso de la modalidad del 'bou embolat”, resulta manifiesto el hecho que el animal es sometido a un dolor innecesario. Una reforma de la práctica tradicional implicaría la supresión del 'bou embolat' y su sustitución por un tipo de actividad sin bolas de fuego o con la sustitución del animal por representaciones de animales, a pesar de que el CVC es consciente de la gran presencia que está teniendo en los últimos años (alrededor del 80% de las fiestas)“.

Por su parte, el informe de la Universitat de València (completo en el enlace) afirma que en cuanto a la protección de la integridad del animal, esta es “absolutamente imposible” en las corridas de toros, atendida la existencia del tercio de varas, las banderillas y el sacrificio: “Pero, también en la mayoría de modalidades del toro de calle se dan pautas de actuación que producen sufrimiento al animal, más claramente presentes en el 'bou embolat'. La violencia sacrificial, y por tanto el maltrato y la tortura, es un elemento indisoluble de la fiesta que, desde una perspectiva contemporánea, no puede ser incluida en una declaración de bien patrimonial inmaterial, por muy grande que sea el arraigo histórico y la implantación social”.

Críticas del Colegio de Veterinarios

Sobre el nuevo decreto, el Consell Valencià de Col·legis Veterinaris (CVCV) considera que “está lejos de cumplir con el objetivo, recogido en el propio preámbulo de la norma, de garantizar el bienestar animal”. Tras analizar solo el articulado referido a los veterinarios la entidad considera que se ha perdido “una oportunidad histórica” para avanzar en este terreno y homologar la regulación autonómica valenciana a las del resto del país.

En todas ellas -salvo en el caso de Navarra- sí se pone en valor y está regulado el papel de estos profesionales. “La reforma de este decreto, según la propia Generalitat, se promovió para reforzar la seguridad de las personas y el bienestar animal, por eso resulta tan complicado de entender que la contratación del veterinario, que es el único profesional específicamente formado para valorar el bienestar del protagonista de la fiesta -el toro de lidia-, siga siendo potestativa de los promotores de festejos, en casi todas sus modalidades”, señala a este respecto Herminia González-Albo, representante del CVCV en la Comisión de Festejos Taurinos Tradicionales.

Con todo, han reconocido que hay “algunas novedades introducidas en esta materia que el propio CVCV valora como positivas”. Es el caso del reconocimiento de las funciones como asesor del servicio veterinario que, por primera vez, recoge el texto. Pero el CVCV considera que este avance queda diluido al no incluir la obligatoriedad en su contratación y no ser reconocidas tales funciones en todas las modalidades.

Prohibido el uso del teléfono móvil

El Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales establece además el incremento de la altura de los barrotes de las barreras verticales, que se fija en dos metros en vez de los 1,90 metros actuales, con un periodo transitorio de adecuación de seis años.

En el apartado de las prohibiciones, incluye supuestos como el de no permitir a las personas participantes el uso de teléfonos móviles o aparatos de grabación audiovisual cuando impliquen un riesgo o peligro para ellas mismas o para terceros o la utilización de calzado inadecuado que dificulte el desplazamiento.

El objetivo de las nuevas medidas contempladas en este nuevo marco reglamentario es reforzar el control y la seguridad tanto de plataformas destinadas al público participante como de las gradas desde las que se presencian estos espectáculos taurinos.

Asimismo, también actualiza los medios sanitarios o las condiciones de los chiqueros y corrales. Con respecto a este último asunto, se determinan las condiciones necesarias para asegurar el reposo y bienestar de los animales, como contar con las dimensiones adecuadas, disponer de toma de agua o estar en zonas cubiertas y a la sombra o con elementos de protección frente a la insolación.

Se recoge igualmente la presencia del servicio veterinario de guardia y la contratación por los municipios de manera voluntaria de este tipo de profesionales. Por otro lado, el decreto regula expresamente la suspensión de festejos ante fenómenos meteorológicos adversos como lluvias o episodios de calor extremo.

Etiquetas
stats