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Una sentencia anula el acuerdo del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna de apoyo al boicot al 'apartheid' israelí

Fachada del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna.

Lucas Marco

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El acuerdo municipal del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna por el que el consistorio se sumaba a la campaña de Boicot, Sanciones y Desinversión (BDS) contra la ocupación israelí de los territorios ocupados palestinos “es contrario a derecho”. Así lo determina la sección cuarta la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) en un fallo que no es firme. La sentencia concluye que el ayuntamiento “carece de competencias para dictar un acuerdo” de estas características.

Si bien el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Valencia inadmitió la demanda del Comité Legal de Lucha Contra la Discriminación, interpuesta por el letrado Isaac Abel de Bedoya, el TSJ-CV, tras un recurso de apelación, ha revocado el fallo inicial.

Los concejales de Compromís, PSPV-PSOE y Esquerra Unida votaron el 3 de abril del 2017 un acuerdo del pleno para que el consistorio se sumara a la campaña BDS contra el 'apartheid' israelí. También declararon la localidad valenciana de la comarca de La Safor como “espacio libre de crímenes de guerra”. 

La representación jurídica del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna se escudaba en que simplemente se trataba de una “declaración institucional de intenciones que carece de efectividad”. Por su parte, el Comité Legal de Lucha contra la Discriminación alegaba que el acuerdo vulnera el derechoa. la igualdad y suponía una “infracción de competencias”. Además, también recordaba la “falta de competencias” del consistorio “en la dirección de la política exterior”.

La sentencia sigue el criterio fijado por los TSJ de Navarra o Canarias en contenciosos idénticos. El primero, en una sentencia del 30 de diciembre del 2019, estableció que se trata de un “acuerdo con efectos jurídicos” aunque “no especifique medidas concretas”. También recordaba los ayuntamientos carecen de competencia en la materia por referirse a la política exterior del Estado. Por su parte, el TSJ de Canarias, en un fallo del 26 de septiembre del 2018, consideraba el acuerdo “discriminatorio”.

Así, el TSJ-CV ha seguido la misma línea y ha anulado y dejado sin efecto el acuerdo “al ser contrario a derecho”. Se trata de un caso similar al del Ayuntamiento de Sagunt, que también vio anulada una moción a favor del BDS tras un recurso de la asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM).  

En casi una decena de consistorios valencianos se han anulado los acuerdos a favor del BDS, según el recuento de sentencias judiciales de ACOM.

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